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COG pide quitar inmunidad a magistrada Dina Ochoa por 3 delitos

La Corte de Constitucionalidad se pronuncia por la acción legal del COG y califica las afirmaciones de falta de veracidad. También "reitera que la gestión de la magistrada garantiza la defensa del orden constitucional". 

A la magistrada presidenta de la CC, Dina Ochoa, se le acusa de usurpación de funciones, abuso de autoridad y resoluciones violatorias a la Constitución. (Foto: AGN)
Viviana Mutz
04 de noviembre, 2022

El Comité Olímpico Guatemalteco (COG) presentó este viernes 4 de noviembre una denuncia penal y solicitud de antejuicio contra la presidenta de la Corte de Constitucionalidad (CC), Dina Ochoa.

En un comunicado, el COG denunció que Ochoa tomó atribuciones que no le corresponden, por lo que posiblemente incurrió en los delitos de usurpación de funciones, abuso de autoridad y resoluciones violatorias a la Constitución.

También que la magistrada no puede resolver aclaraciones o enmiendas que competen única y exclusivamente al Tribunal en Pleno de Magistrados.

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"La magistrada no tiene la potestad de resolver de forma unilateral en nombre del Pleno, como lo hizo al señalar '...esta Corte determina',  de conformidad con sus facultades como presidenta magistrada", se lee en la nota de prensa.

Lo anterior, deriva del recurso de apelación que ante la CC presentó Jorge Alexander Rodar (y no Rodas), en contra de la resolución del 26 de mayo de 2022 que emitió la Sala Primera del Tribunal de lo Contencioso Administrativo. 

Para entonces, "Ochoa, al verificar que el nombre de la persona que interpuso la apelación no correspondía a la persona que interpuso la acción de amparo, de manera oficiosa e ilegal, sin someterlo al pleno decidió corregirlo", afirmó la entidad deportiva. Por consiguiente, emitió resolución diciendo:  "esta Corte determina el nombre correcto por lo que así se continuará el trámite del asunto". 

Este es el comunicado del COG.

La respuesta de la CC

De conformidad con lo regulado en los artículos 30 y 31 del Acuerdo 1-2013 de la CC, "Disposiciones Reglamentarias y Complementarias a la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad" relacionados a los decretos y sus formalidades, la firma de los mismos le corresponden al "...Presidente del tribunal colegiado...".

En consecuencia, lo aseverado por el referido Comité no es veraz, toda vez que no se resolvió de forma unilateral el fondo del asunto, ya que la resolución en mención fue de mero trámite; ello en observancia al principio de "pro actione" que faculta a la Corte a través de la presidencia determinar lo correcto en las actuaciones.

Por consiguiente, se reitera que la gestión de la magistrada de la CC garantiza la defensa del orden constitucional, razón por la cual, se invita a la población a no dejarse sorprender por información tendenciosa que busca desacreditar la labor de este Tribunal Constitucional. 

¿Cuándo podría asumir Rodas?

Aunque la Corte de Constitucionalidad (CC) dio un plazo de tres días para acatar el amparo que manda juramentar y dar posesión a Jorge Alexander Rodas Hurtarte como presidente del Comité Olímpico Guatemalteco (COG), la acción podría llevar más tiempo.

Lo anterior porque las actuales autoridades del COG consideran que la resolución de los magistrados Dina Ochoa, Leyla Lemus, Nester Vásquez y Héctor Hugo Pérez, es ilegal y por tanto no están obligados a cumplirla. 

Según los abogados del actual Comité Ejecutivo del COG, el amparo concedido a Rodas y a María José Iglesias Ramos, Selvyn Estuardo  Ponciando Chitay, Walter René Vásquez Monterrosa y Edwin Giovanni Gutiérrez Godínez, no tiene validez porque la acción fue contra un "Comité Ejecutivo Interino" que no existe.

Por lo anterior, los abogados consideran que el fallo no procede y no se puede notificar, debido a que las actuales autoridades no son interinas, ya que fueron juramentadas y tomaron posesión a partir del 24 de marzo de 2022.

 

 

 

COG pide quitar inmunidad a magistrada Dina Ochoa por 3 delitos

La Corte de Constitucionalidad se pronuncia por la acción legal del COG y califica las afirmaciones de falta de veracidad. También "reitera que la gestión de la magistrada garantiza la defensa del orden constitucional". 

A la magistrada presidenta de la CC, Dina Ochoa, se le acusa de usurpación de funciones, abuso de autoridad y resoluciones violatorias a la Constitución. (Foto: AGN)
Viviana Mutz
04 de noviembre, 2022

El Comité Olímpico Guatemalteco (COG) presentó este viernes 4 de noviembre una denuncia penal y solicitud de antejuicio contra la presidenta de la Corte de Constitucionalidad (CC), Dina Ochoa.

En un comunicado, el COG denunció que Ochoa tomó atribuciones que no le corresponden, por lo que posiblemente incurrió en los delitos de usurpación de funciones, abuso de autoridad y resoluciones violatorias a la Constitución.

También que la magistrada no puede resolver aclaraciones o enmiendas que competen única y exclusivamente al Tribunal en Pleno de Magistrados.

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"La magistrada no tiene la potestad de resolver de forma unilateral en nombre del Pleno, como lo hizo al señalar '...esta Corte determina',  de conformidad con sus facultades como presidenta magistrada", se lee en la nota de prensa.

Lo anterior, deriva del recurso de apelación que ante la CC presentó Jorge Alexander Rodar (y no Rodas), en contra de la resolución del 26 de mayo de 2022 que emitió la Sala Primera del Tribunal de lo Contencioso Administrativo. 

Para entonces, "Ochoa, al verificar que el nombre de la persona que interpuso la apelación no correspondía a la persona que interpuso la acción de amparo, de manera oficiosa e ilegal, sin someterlo al pleno decidió corregirlo", afirmó la entidad deportiva. Por consiguiente, emitió resolución diciendo:  "esta Corte determina el nombre correcto por lo que así se continuará el trámite del asunto". 

Este es el comunicado del COG.

La respuesta de la CC

De conformidad con lo regulado en los artículos 30 y 31 del Acuerdo 1-2013 de la CC, "Disposiciones Reglamentarias y Complementarias a la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad" relacionados a los decretos y sus formalidades, la firma de los mismos le corresponden al "...Presidente del tribunal colegiado...".

En consecuencia, lo aseverado por el referido Comité no es veraz, toda vez que no se resolvió de forma unilateral el fondo del asunto, ya que la resolución en mención fue de mero trámite; ello en observancia al principio de "pro actione" que faculta a la Corte a través de la presidencia determinar lo correcto en las actuaciones.

Por consiguiente, se reitera que la gestión de la magistrada de la CC garantiza la defensa del orden constitucional, razón por la cual, se invita a la población a no dejarse sorprender por información tendenciosa que busca desacreditar la labor de este Tribunal Constitucional. 

¿Cuándo podría asumir Rodas?

Aunque la Corte de Constitucionalidad (CC) dio un plazo de tres días para acatar el amparo que manda juramentar y dar posesión a Jorge Alexander Rodas Hurtarte como presidente del Comité Olímpico Guatemalteco (COG), la acción podría llevar más tiempo.

Lo anterior porque las actuales autoridades del COG consideran que la resolución de los magistrados Dina Ochoa, Leyla Lemus, Nester Vásquez y Héctor Hugo Pérez, es ilegal y por tanto no están obligados a cumplirla. 

Según los abogados del actual Comité Ejecutivo del COG, el amparo concedido a Rodas y a María José Iglesias Ramos, Selvyn Estuardo  Ponciando Chitay, Walter René Vásquez Monterrosa y Edwin Giovanni Gutiérrez Godínez, no tiene validez porque la acción fue contra un "Comité Ejecutivo Interino" que no existe.

Por lo anterior, los abogados consideran que el fallo no procede y no se puede notificar, debido a que las actuales autoridades no son interinas, ya que fueron juramentadas y tomaron posesión a partir del 24 de marzo de 2022.