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Denuncian negligencia en desalojo de finca Cubilgüitz en Alta Verapaz

Los usurpadores de la finca Cubilgüitz son culpables de los delitos de usurpación, usurpación agravada, robo de maquinaria y vehículos, robo de ganado y animales de granja, madera preciosa y hurto.

Los invasores cuentan con armas de "alto calibre", denuncian los afectados.
Luis Gonzalez
31 de mayo, 2022

Negligencia, falta de voluntad y poca coordinación de las autoridades, en especial de la Policía Nacional Civil (PNC), denuncian personas afectadas por las invasiones en Alta Verapaz.

El miércoles 25 de mayo está previsto desalojar a invasores de la finca Cubilgüitz, pero de nuevo fue evidente la falta de acción de las autoridades, denuncia la Asociación para la Defensa de la Propiedad Privada (Acdepro),

"La Acdepro  condena el actuar, la poca coordinación y la falta de voluntad por parte de las instituciones del Estado y sus funcionarios. Ello por no cumplir los procesos legales dejando en el desamparo a los verdaderos propietarios y en plena impunidad a los usurpadores, quienes flagrantemente y violentamente invaden tierras que no les pertenece en el país, sin ser procesados", denuncia la entidad.

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"La toma de decisiones precipitadas para la cancelación de los desalojos, como lo hizo el comisario de la Policía Nacional Civil Juan Álvarez, afectan a los verdaderos propietarios, así como a los trabajadores de las fincas", se indica en un comunicado de la organización.

No se ejecutan desalojos ni órdenes de captura

El lunes 13 de abril de 2020 un grupo de delincuentes invadió la finca Cubilgüitz, ubicada a 40 kilómetros de Cobán, Alta Verapaz. En la propiedad ya estaba un grupo de familias que había usurpado el inmueble y que fue atacado por los criminales que quemaron las viviendas.

Dos propiedades fueron usurpadas en 2019 y aunque existen 42 órdenes de captura y resoluciones de desalojo, no se han ejecutado. Los criminales ingresaron en la finca Cubilgüitz, quemaron las casas y robaron lo que encontraron. Las fincas invadidas en el área con Concepción, Cubilgüitz y Sequibal.

Otra finca saqueada es Agropalmito. Víctor Suarez, representante de esta propiedad, comentó que "las tierras fueron tomadas con violencia en marzo del 2019 y las autoridades responsables del caso no han ejecutado las órdenes de desalojo por motivos diferentes, y poco justificables".

El grupo de delincuentes era dirigido por Julio César Macías, alias comandante César Montes, quien fue condenado a 175 años de prisión por la muerte de tres militares, suceso ocurrido en aldea Semuy 2, El Estor, Izabal, hecho registrado en 2019.

"Los usurpadores de la finca Cubilgüitz son culpables de los delitos de usurpación, usurpación agravada, robo de maquinaria y vehículos, robo de ganado y animales de granja, madera preciosa, hurto del menaje de la casa e incendio de viviendas ubicadas dentro de la propiedad privada, entre otros, y pese a ello ninguno ha sido capturado", añadió Acdepro.

Los invasores cuentan con armas de "alto calibre" y ello fue una de las excusas para no ejecutar el desalojo. 

"Los motivos para la cancelación de las órdenes de desalojo van desde la nula coordinación entre instituciones involucradas en el protocolo, actuar que hacen a propósito para que se venza el plazo de los operativos", aseguran los afectados.

"Sumado a ello, fiscales del Ministerio Público usan argucias como que tenían otra audiencia y que era imposible coordinar transporte para los agentes de la PNC o incluso excusas como que lloverá el día del desalojo", añadió Acdepro.

Carlos Torrebiarte, presidente de la Acdepro, exigió a las autoridades garantizar el derecho a la propiedad privada.

“Las autoridades no cumplen con sus funciones por temor a la comunidad internacional, pero deben comprender que los usurpadores comenten delitos flagrantes. Hay grupos como el Comité Campesino del Altiplano (CCDA) y el Comité de Unidad Campesina (CUC), que tergiversan los hechos para sus fines políticos y obtención de financiamiento internacional y nacional, el actuar de estas organizaciones que motivan las usurpaciones debe ser reconocido por lo que es “crimen organizado" sus líderes y ejecutores deben ser procesados", concluye Torrebiarte.

Acdepro señala que debe cumplirse la ley que estable una rápida actuación de las autoridades cuando sucede un delito flagrante como el caso de las invasiones.

Articulo 257 del Código Procesal Penal.

“La policía deberá aprehender a quien sorprenda en delito flagrante. Se entiende que hay flagrancia cuando la persona es sorprendida en el momento mismo de cometer el delito. Procederá igualmente la aprehensión cuando la persona es descubierta instantes después de ejecutado el delito, con huellas, instrumentos o efectos del delito que hagan pensar fundadamente que acaba de participar en la comisión del mismo.
La policía iniciará la persecución inmediata del delincuente que haya sido sorprendido en flagrancia cuando no haya sido posible su aprehensión en el mismo lugar del hecho. Para que proceda la aprehensión en este caso, es necesario que exista continuidad entre la comisión del hecho y la persecución.
En el mismo caso, cualquier persona está autorizada a practicar la aprehensión y a impedir que el hecho punible produzca consecuencias ulteriores. Deberá entregar inmediatamente al aprehendido, juntamente con las cosas recogidas, al Ministerio Público, a la policía o a la autoridad judicial más próxima".

Denuncian negligencia en desalojo de finca Cubilgüitz en Alta Verapaz

Los usurpadores de la finca Cubilgüitz son culpables de los delitos de usurpación, usurpación agravada, robo de maquinaria y vehículos, robo de ganado y animales de granja, madera preciosa y hurto.

Los invasores cuentan con armas de "alto calibre", denuncian los afectados.
Luis Gonzalez
31 de mayo, 2022

Negligencia, falta de voluntad y poca coordinación de las autoridades, en especial de la Policía Nacional Civil (PNC), denuncian personas afectadas por las invasiones en Alta Verapaz.

El miércoles 25 de mayo está previsto desalojar a invasores de la finca Cubilgüitz, pero de nuevo fue evidente la falta de acción de las autoridades, denuncia la Asociación para la Defensa de la Propiedad Privada (Acdepro),

"La Acdepro  condena el actuar, la poca coordinación y la falta de voluntad por parte de las instituciones del Estado y sus funcionarios. Ello por no cumplir los procesos legales dejando en el desamparo a los verdaderos propietarios y en plena impunidad a los usurpadores, quienes flagrantemente y violentamente invaden tierras que no les pertenece en el país, sin ser procesados", denuncia la entidad.

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"La toma de decisiones precipitadas para la cancelación de los desalojos, como lo hizo el comisario de la Policía Nacional Civil Juan Álvarez, afectan a los verdaderos propietarios, así como a los trabajadores de las fincas", se indica en un comunicado de la organización.

No se ejecutan desalojos ni órdenes de captura

El lunes 13 de abril de 2020 un grupo de delincuentes invadió la finca Cubilgüitz, ubicada a 40 kilómetros de Cobán, Alta Verapaz. En la propiedad ya estaba un grupo de familias que había usurpado el inmueble y que fue atacado por los criminales que quemaron las viviendas.

Dos propiedades fueron usurpadas en 2019 y aunque existen 42 órdenes de captura y resoluciones de desalojo, no se han ejecutado. Los criminales ingresaron en la finca Cubilgüitz, quemaron las casas y robaron lo que encontraron. Las fincas invadidas en el área con Concepción, Cubilgüitz y Sequibal.

Otra finca saqueada es Agropalmito. Víctor Suarez, representante de esta propiedad, comentó que "las tierras fueron tomadas con violencia en marzo del 2019 y las autoridades responsables del caso no han ejecutado las órdenes de desalojo por motivos diferentes, y poco justificables".

El grupo de delincuentes era dirigido por Julio César Macías, alias comandante César Montes, quien fue condenado a 175 años de prisión por la muerte de tres militares, suceso ocurrido en aldea Semuy 2, El Estor, Izabal, hecho registrado en 2019.

"Los usurpadores de la finca Cubilgüitz son culpables de los delitos de usurpación, usurpación agravada, robo de maquinaria y vehículos, robo de ganado y animales de granja, madera preciosa, hurto del menaje de la casa e incendio de viviendas ubicadas dentro de la propiedad privada, entre otros, y pese a ello ninguno ha sido capturado", añadió Acdepro.

Los invasores cuentan con armas de "alto calibre" y ello fue una de las excusas para no ejecutar el desalojo. 

"Los motivos para la cancelación de las órdenes de desalojo van desde la nula coordinación entre instituciones involucradas en el protocolo, actuar que hacen a propósito para que se venza el plazo de los operativos", aseguran los afectados.

"Sumado a ello, fiscales del Ministerio Público usan argucias como que tenían otra audiencia y que era imposible coordinar transporte para los agentes de la PNC o incluso excusas como que lloverá el día del desalojo", añadió Acdepro.

Carlos Torrebiarte, presidente de la Acdepro, exigió a las autoridades garantizar el derecho a la propiedad privada.

“Las autoridades no cumplen con sus funciones por temor a la comunidad internacional, pero deben comprender que los usurpadores comenten delitos flagrantes. Hay grupos como el Comité Campesino del Altiplano (CCDA) y el Comité de Unidad Campesina (CUC), que tergiversan los hechos para sus fines políticos y obtención de financiamiento internacional y nacional, el actuar de estas organizaciones que motivan las usurpaciones debe ser reconocido por lo que es “crimen organizado" sus líderes y ejecutores deben ser procesados", concluye Torrebiarte.

Acdepro señala que debe cumplirse la ley que estable una rápida actuación de las autoridades cuando sucede un delito flagrante como el caso de las invasiones.

Articulo 257 del Código Procesal Penal.

“La policía deberá aprehender a quien sorprenda en delito flagrante. Se entiende que hay flagrancia cuando la persona es sorprendida en el momento mismo de cometer el delito. Procederá igualmente la aprehensión cuando la persona es descubierta instantes después de ejecutado el delito, con huellas, instrumentos o efectos del delito que hagan pensar fundadamente que acaba de participar en la comisión del mismo.
La policía iniciará la persecución inmediata del delincuente que haya sido sorprendido en flagrancia cuando no haya sido posible su aprehensión en el mismo lugar del hecho. Para que proceda la aprehensión en este caso, es necesario que exista continuidad entre la comisión del hecho y la persecución.
En el mismo caso, cualquier persona está autorizada a practicar la aprehensión y a impedir que el hecho punible produzca consecuencias ulteriores. Deberá entregar inmediatamente al aprehendido, juntamente con las cosas recogidas, al Ministerio Público, a la policía o a la autoridad judicial más próxima".