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Fiscalía refuta a exmagistrados por supuesta criminalización de abogados

El Ministerio Público refuta lo afirmado por un grupo de 20 abogados a los que les pide no "prejuzgar" sobre casos que desconocen detalles. Además, les recuerda que no pueden dar "instrucciones" a las autoridades o agentes fiscales.

 

 

 

 

Luis Gonzalez
28 de marzo, 2022

El Ministerio Público (MP) reaccionó a un comunicado de 20 exmagistrados y expresidentes de organismos del Estado. Los exfuncionarios cuestionan decisiones de la Fiscalía sobre casos en los que consideran se criminaliza a abogados defensores. Sin embargo, la entidad que preside Consuelo Porras refutó lo afirmado por este grupo de profesionales a los que les pide no "prejuzgar" sobre casos que desconocen detalles. Además, les recuerda que no pueden dar "instrucciones" a las autoridades o agentes fiscales.

"El Ministerio Público se circunscribe en la investigación de la verdad, en la práctica de todas las diligencias pertinentes y útiles para determinar la existencia de un hecho con todas las circunstancias de importancia para la ley penal. Es mediante la investigación en la que se puede establecer quienes son los partícipes y cuando se estima que dicha investigación proporciona fundamento serio para el enjuiciamiento del imputado, se realizan las peticiones al juez que controla la investigación", indica el Ministerio Público.

"Aunado a ello, conforme lo establecido en el artículo 8 del Código Procesal Penal ninguna autoridad podrá dar instrucciones al jefe del MP o a sus subordinados respecto a la forma de llevar adelante una investigación penal , así como ninguna autoridad podrá limitar el ejercicio de la acción penal, salvo las facultades que se concede a los tribunales de justicia, norma procesal que guarda relación con lo establecido en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, en la que se regula que la Fiscalía actuará independientemente, por propio impulso y en cumplimiento de las funciones que le atribuyen la leyes, sin subordinación a ninguno de los organismos del Estado ni autoridad alguna", añade la entidad que dirige Consuelo Porras.

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"A su vez, según lo preceptuado en las directrices sobre la función de los fiscales, emitidas en el VIII Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, "... los fiscales deben ejercer sus funciones profesionales sin intimidación, trabas, hostigamientos, injerencias indebidas...".

"Por tal razón se exhorta a los connotados profesionales, conocedores del Derecho y acreedores de una amplia trayectoria en el sistema de justicia guatemalteco, a evitar prejuzgar las denuncias que los ciudadanos presentan ante el Ministerio Público al calificarlas de espurias sin conocer los casos ni ser parte de ellos. Asimismo, se les invita a actuar de manera responsable y acorde con lo que las leyes establecen, por lo que, de existir alguna inconformidad, se debe presentar a través de los mecanismos legales que el sistema establece, recordando que ninguna persona es superior a la ley y al Ministerio Público le corresponde velar por el estricto cumplimiento de la misma", concluye el MP.

La posición de exmagistrados

"Con desconcierto nos enteramos del más reciente caso, una denuncia contra el abogado Carlos Paz Archila, quien patrocina como defensor al periodista Juan Luis Font, y que ahora resulta señalado por ilícitos que pretenden equiparar el libre ejercicio de la profesión con actividades delincuenciales. Esas acusaciones crean un paralelismo de la relación entre cliente y abogado con la de una organización criminal simplemente por formular solicitudes ante los órganos judiciales competentes", indica el comunicado de los exmagistrados y expresidentes de instituciones del sistema judicial y político de Guatemala.

"Es condenable someter a proceso por delitos de criminalidad organizada a abogados por el ejercicio legítimo de su profesión. Impulsar una conducta antijurídica simplemente por desempeñar actividades que atañen a su función, carece de fundamento legal", añaden.

"Y dar paso a estas denuncias espurias en el sistema de justicia, atenta contra el derecho fundamental de defensa y a ser asistido por un abogado. Ante estos hechos demandamos a los fiscales que, como lo establece la Ley del Ministerio Público, apliquen objetividad para desestimar las causas que criminalizan la defensa profesional abusando irresponsablemente de la denuncia penal. Y a los jueces y magistrados que, con independencia e imparcialidad, diluciden que al criminalizar el ejercicio profesional se distorsiona el sentido esencial de la justicia y de nuestra vocación de derecho", concluyen los profesionales.

Fiscalía refuta a exmagistrados por supuesta criminalización de abogados

El Ministerio Público refuta lo afirmado por un grupo de 20 abogados a los que les pide no "prejuzgar" sobre casos que desconocen detalles. Además, les recuerda que no pueden dar "instrucciones" a las autoridades o agentes fiscales.

 

 

 

 

Luis Gonzalez
28 de marzo, 2022

El Ministerio Público (MP) reaccionó a un comunicado de 20 exmagistrados y expresidentes de organismos del Estado. Los exfuncionarios cuestionan decisiones de la Fiscalía sobre casos en los que consideran se criminaliza a abogados defensores. Sin embargo, la entidad que preside Consuelo Porras refutó lo afirmado por este grupo de profesionales a los que les pide no "prejuzgar" sobre casos que desconocen detalles. Además, les recuerda que no pueden dar "instrucciones" a las autoridades o agentes fiscales.

"El Ministerio Público se circunscribe en la investigación de la verdad, en la práctica de todas las diligencias pertinentes y útiles para determinar la existencia de un hecho con todas las circunstancias de importancia para la ley penal. Es mediante la investigación en la que se puede establecer quienes son los partícipes y cuando se estima que dicha investigación proporciona fundamento serio para el enjuiciamiento del imputado, se realizan las peticiones al juez que controla la investigación", indica el Ministerio Público.

"Aunado a ello, conforme lo establecido en el artículo 8 del Código Procesal Penal ninguna autoridad podrá dar instrucciones al jefe del MP o a sus subordinados respecto a la forma de llevar adelante una investigación penal , así como ninguna autoridad podrá limitar el ejercicio de la acción penal, salvo las facultades que se concede a los tribunales de justicia, norma procesal que guarda relación con lo establecido en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, en la que se regula que la Fiscalía actuará independientemente, por propio impulso y en cumplimiento de las funciones que le atribuyen la leyes, sin subordinación a ninguno de los organismos del Estado ni autoridad alguna", añade la entidad que dirige Consuelo Porras.

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"A su vez, según lo preceptuado en las directrices sobre la función de los fiscales, emitidas en el VIII Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, "... los fiscales deben ejercer sus funciones profesionales sin intimidación, trabas, hostigamientos, injerencias indebidas...".

"Por tal razón se exhorta a los connotados profesionales, conocedores del Derecho y acreedores de una amplia trayectoria en el sistema de justicia guatemalteco, a evitar prejuzgar las denuncias que los ciudadanos presentan ante el Ministerio Público al calificarlas de espurias sin conocer los casos ni ser parte de ellos. Asimismo, se les invita a actuar de manera responsable y acorde con lo que las leyes establecen, por lo que, de existir alguna inconformidad, se debe presentar a través de los mecanismos legales que el sistema establece, recordando que ninguna persona es superior a la ley y al Ministerio Público le corresponde velar por el estricto cumplimiento de la misma", concluye el MP.

La posición de exmagistrados

"Con desconcierto nos enteramos del más reciente caso, una denuncia contra el abogado Carlos Paz Archila, quien patrocina como defensor al periodista Juan Luis Font, y que ahora resulta señalado por ilícitos que pretenden equiparar el libre ejercicio de la profesión con actividades delincuenciales. Esas acusaciones crean un paralelismo de la relación entre cliente y abogado con la de una organización criminal simplemente por formular solicitudes ante los órganos judiciales competentes", indica el comunicado de los exmagistrados y expresidentes de instituciones del sistema judicial y político de Guatemala.

"Es condenable someter a proceso por delitos de criminalidad organizada a abogados por el ejercicio legítimo de su profesión. Impulsar una conducta antijurídica simplemente por desempeñar actividades que atañen a su función, carece de fundamento legal", añaden.

"Y dar paso a estas denuncias espurias en el sistema de justicia, atenta contra el derecho fundamental de defensa y a ser asistido por un abogado. Ante estos hechos demandamos a los fiscales que, como lo establece la Ley del Ministerio Público, apliquen objetividad para desestimar las causas que criminalizan la defensa profesional abusando irresponsablemente de la denuncia penal. Y a los jueces y magistrados que, con independencia e imparcialidad, diluciden que al criminalizar el ejercicio profesional se distorsiona el sentido esencial de la justicia y de nuestra vocación de derecho", concluyen los profesionales.