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Los 6 vicios en los acuerdos de colaboración en el caso Odebrecht

La FECI asegura que los procesos que se vinculan con dicho caso "no están en riesgo", ratifica que se sustentan con otras pruebas.

Foto República: Archivo
Glenda Sanchez
25 de junio, 2022

La Sala Segunda  de Apelaciones de Mayor Riesgo anuló los tres convenios de colaborador eficaz suscritos entre el Ministerio Público de la exfiscal Thelma Aldana por medio del exfiscal de la Fiscalía Especial Contra la Impunidad (FECI), Juan Francisco Sandoval, con la entidad brasileña Odebrecht. 

De acuerdo con Rafael Curruchiche, jefe de la Fiscalía Especial contra la Impunidad (FECI), la Sala de Apelaciones argumentó su resolución con seis vicios legales. 

Además enfatizó que se investigará a “todas las personas señaladas” o "que intervinieron" en el proceso de los convenios con el representante y personeros de la constructora brasileña. “No tenga ninguna duda que se accionará legalmente para deducir responsabilidades que resulten implicadas”, declaró Curruchiche.

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Curruchiche aseguró que todos los procesos relacionados al caso Odebrecht no corren riesgo, porque las investigaciones fueron sustentadas con otros medios de prueba.

Los 6 vicios en los acuerdos, según Feci

  1. Vicios del mandato: en el mandato que se otorga a la entidad Constructora Odebrecht Sociedad Anónima S.A.se establece que por ningún motivo podrá tener vigencia en la república de Guatemala; sin embargo eso no se respetó y se aprobó el acuerdo de colaboración eficaz.
  2. Actuación del fiscal en Brasil: el exfiscal de la FECI, Juan Francisco Sandoval Alfaro, no tenía competencia para ejercer funciones de persecución penal en Brasil, pero obvió la cláusula y suscribió los acuerdos, incluso los acuerdos se firman en la empresa donde estaban los sindicados.
  3. Actuación de la jueza: la jueza violentó el artículo 3 del Código Procesal Penal, relativo al debido proceso, y también el artículo 11 bis del mismo código, toda vez que un  juez debe de motivar las resoluciones; sin embargo queda en evidencia, de acuerdo a la resolución de la Sala de Apelaciones, que la jueza inobservó dichos artículos al avalar actos ilegales y que posteriormente serán investigados por la FECI.
  4. Actuación del abogado en Brasil: quedó demostrado que el abogado Francisco Gallardo Samayoa, no tenía potestad para ejercer funciones en Brasil; y sin embargo en 2017 se le da plena intervención al profesional. 
  5. Actuación de  brasileños: los personeros y el representante legal de Odebrecht no podía ser defendidos por un abogado guatemalteco porque el abogado no podía ejercer funciones para una defensa técnica en otro país.
  6. Falsedad ideológica en la elaboración de los acuerdos: mientras que el exfiscal  Juan Francisco Sandoval realizó los acuerdos con copias y no con los documentos originales, los oficios estaban en manos de la jueza, no se podía valorar porque eran fotocopias.  

 

Los 6 vicios en los acuerdos de colaboración en el caso Odebrecht

La FECI asegura que los procesos que se vinculan con dicho caso "no están en riesgo", ratifica que se sustentan con otras pruebas.

Foto República: Archivo
Glenda Sanchez
25 de junio, 2022

La Sala Segunda  de Apelaciones de Mayor Riesgo anuló los tres convenios de colaborador eficaz suscritos entre el Ministerio Público de la exfiscal Thelma Aldana por medio del exfiscal de la Fiscalía Especial Contra la Impunidad (FECI), Juan Francisco Sandoval, con la entidad brasileña Odebrecht. 

De acuerdo con Rafael Curruchiche, jefe de la Fiscalía Especial contra la Impunidad (FECI), la Sala de Apelaciones argumentó su resolución con seis vicios legales. 

Además enfatizó que se investigará a “todas las personas señaladas” o "que intervinieron" en el proceso de los convenios con el representante y personeros de la constructora brasileña. “No tenga ninguna duda que se accionará legalmente para deducir responsabilidades que resulten implicadas”, declaró Curruchiche.

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Curruchiche aseguró que todos los procesos relacionados al caso Odebrecht no corren riesgo, porque las investigaciones fueron sustentadas con otros medios de prueba.

Los 6 vicios en los acuerdos, según Feci

  1. Vicios del mandato: en el mandato que se otorga a la entidad Constructora Odebrecht Sociedad Anónima S.A.se establece que por ningún motivo podrá tener vigencia en la república de Guatemala; sin embargo eso no se respetó y se aprobó el acuerdo de colaboración eficaz.
  2. Actuación del fiscal en Brasil: el exfiscal de la FECI, Juan Francisco Sandoval Alfaro, no tenía competencia para ejercer funciones de persecución penal en Brasil, pero obvió la cláusula y suscribió los acuerdos, incluso los acuerdos se firman en la empresa donde estaban los sindicados.
  3. Actuación de la jueza: la jueza violentó el artículo 3 del Código Procesal Penal, relativo al debido proceso, y también el artículo 11 bis del mismo código, toda vez que un  juez debe de motivar las resoluciones; sin embargo queda en evidencia, de acuerdo a la resolución de la Sala de Apelaciones, que la jueza inobservó dichos artículos al avalar actos ilegales y que posteriormente serán investigados por la FECI.
  4. Actuación del abogado en Brasil: quedó demostrado que el abogado Francisco Gallardo Samayoa, no tenía potestad para ejercer funciones en Brasil; y sin embargo en 2017 se le da plena intervención al profesional. 
  5. Actuación de  brasileños: los personeros y el representante legal de Odebrecht no podía ser defendidos por un abogado guatemalteco porque el abogado no podía ejercer funciones para una defensa técnica en otro país.
  6. Falsedad ideológica en la elaboración de los acuerdos: mientras que el exfiscal  Juan Francisco Sandoval realizó los acuerdos con copias y no con los documentos originales, los oficios estaban en manos de la jueza, no se podía valorar porque eran fotocopias.