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Suman 9 sentenciados en caso Política y Falsedad por procedimiento abreviado

De los 15 sindicados en el caso Política y Falsedad, nueve aceptaron procedimiento abreviado, en tres hubo sobreseimiento, 1 fue absuelto y dos quedan pendientes de resolución en juicio común, entre los que figura Juan Francisco Solórzano Foppa.

Ingry Lorena Leja García y Matilde Baján Balán fueron sentenciadas mediante proceso abreviado.
Luis Gonzalez
03 de junio, 2022

Con la sentencia emitida el viernes 3 de junio contra el exanalista de la CICIG, Aníbal Antonio Argüello Mayén, suman nueve las personas que resolvieron aceptar su delito mediante procedimiento abreviado.

De los 15 sindicados en el caso Política y Falsedad, nueve resolvieron su situación legal como se mencionó, en tres hubo un sobreseimiento, 1 fue absuelto y dos quedan pendientes de resolución en juicio común, el miércoles 8 de junio, entre los que figura Juan Francisco Solórzano Foppa, exfiscal del Ministerio Público (MP) y exjefe de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT).

El proceso inició con una denuncia presentada por el Tribunal Supremo Electoral (TSE), que consideró que los señalados habrían cometido delitos de falsedad ideológica, asociación ilícita y conspiración para inscribir el Partido Ambientalista Guatemalteco (Partido AGUA).

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Procedimiento abreviado

Octavio Cáceres Girón
Lidia Magdalena GIrón Muñoz
Ingry Lorena Leja Garcia 
Matilde Bajan Balan
Byron Boanerges Barrera Ortiz
Angélica Feliciana Orozco Gómez
José Miguel Quintanilla Castillo 
Roberto Cáceres Estrada
Aníbal Antonio Argüello Mayén 

Sobreseimiento

Héctor Edgardo Faggioly Garnica
Rene Misael Méndez Dávila
Dora Nieves Monroy Domínguez 

Clausura provisional

Giovani Vinicio Fagioly Zepeda

Procedimiento común (8 de junio)

Juan Francisco Solórzano Foppa
Carlos Ramiro Moino Cardenas

La acusación del Ministerio Público

Estos son los datos que aportó la Fiscalía en 2021 cuando ejecutó las órdenes de captura contra los 15 sindicados en el caso Política y Falsedad.

"Tras la denuncia presentada por el Tribunal Supremo Electoral el 6 de noviembre de 2020, la Fiscalía contra Delitos Electorales estableció que los sindicados de forma dolosa y deliberada con conocimiento y acuerdo previo, insertaron hechos y actos falsos en el documento público denominado: Acta Notarial de Grupo Promotor para la Constitución de Partido Político de fecha 1 de marzo de 2020, elaborado, autorizado y formalizado por el notario Carlos Ramiro Moinio Cárdenas".

Y agrega: "Asimismo, el sindicado Juan Francisco Solórzano Foppa compareció el 14 de mayo de 2020 al Registro de Ciudadanos del Tribunal Supremo Electoral del municipio de Guatemala en calidad de Secretario General Provisional de la Junta Directiva Provisional del Comité del Grupo Promotor Pro Formación del Partido Político Partido Ambientalista Guatemalteco (Partido AGUA), acreditando dicha representación con el documento público con el propósito y finalidad de iniciar los trámites y cumplir con los requisitos legales para constituir un partido político en la República de Guatemala".

"La investigación efectuada por el Ministerio Público, permitió establecer que el 1 de marzo de 2020 no se realizó ninguna actividad en el salón social de residenciales Las Victorias, ubicado en el kilómetro 38 de la carretera al Pacífico del departamento de Escuintla, según los informes de fecha 28 de enero y 25 de febrero de 2020", agregó el MP.

Además, se agrega que "se falta a la verdad al indicar en el acta notarial que 553 personas requieren los servicios del notario Moino Cárdenas, para elaborar el acta notarial del grupo promotor para la constitución del partido político, reunión que jamás se llevó a cabo, tal y como lo establecen los informes rendidos por el administrador del residencial Las Victorias".

"Se hizo constar que entre los requirientes y asistentes a la actividad se encontraba una persona quien, según certificado de defunción extendido en el Registro Nacional de las Personas, falleció en octubre de 2018 en el municipio de Santa Lucía Cotzumalguapa, Escuintla", concluyó el MP.

 

 

 

Suman 9 sentenciados en caso Política y Falsedad por procedimiento abreviado

De los 15 sindicados en el caso Política y Falsedad, nueve aceptaron procedimiento abreviado, en tres hubo sobreseimiento, 1 fue absuelto y dos quedan pendientes de resolución en juicio común, entre los que figura Juan Francisco Solórzano Foppa.

Ingry Lorena Leja García y Matilde Baján Balán fueron sentenciadas mediante proceso abreviado.
Luis Gonzalez
03 de junio, 2022

Con la sentencia emitida el viernes 3 de junio contra el exanalista de la CICIG, Aníbal Antonio Argüello Mayén, suman nueve las personas que resolvieron aceptar su delito mediante procedimiento abreviado.

De los 15 sindicados en el caso Política y Falsedad, nueve resolvieron su situación legal como se mencionó, en tres hubo un sobreseimiento, 1 fue absuelto y dos quedan pendientes de resolución en juicio común, el miércoles 8 de junio, entre los que figura Juan Francisco Solórzano Foppa, exfiscal del Ministerio Público (MP) y exjefe de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT).

El proceso inició con una denuncia presentada por el Tribunal Supremo Electoral (TSE), que consideró que los señalados habrían cometido delitos de falsedad ideológica, asociación ilícita y conspiración para inscribir el Partido Ambientalista Guatemalteco (Partido AGUA).

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Procedimiento abreviado

Octavio Cáceres Girón
Lidia Magdalena GIrón Muñoz
Ingry Lorena Leja Garcia 
Matilde Bajan Balan
Byron Boanerges Barrera Ortiz
Angélica Feliciana Orozco Gómez
José Miguel Quintanilla Castillo 
Roberto Cáceres Estrada
Aníbal Antonio Argüello Mayén 

Sobreseimiento

Héctor Edgardo Faggioly Garnica
Rene Misael Méndez Dávila
Dora Nieves Monroy Domínguez 

Clausura provisional

Giovani Vinicio Fagioly Zepeda

Procedimiento común (8 de junio)

Juan Francisco Solórzano Foppa
Carlos Ramiro Moino Cardenas

La acusación del Ministerio Público

Estos son los datos que aportó la Fiscalía en 2021 cuando ejecutó las órdenes de captura contra los 15 sindicados en el caso Política y Falsedad.

"Tras la denuncia presentada por el Tribunal Supremo Electoral el 6 de noviembre de 2020, la Fiscalía contra Delitos Electorales estableció que los sindicados de forma dolosa y deliberada con conocimiento y acuerdo previo, insertaron hechos y actos falsos en el documento público denominado: Acta Notarial de Grupo Promotor para la Constitución de Partido Político de fecha 1 de marzo de 2020, elaborado, autorizado y formalizado por el notario Carlos Ramiro Moinio Cárdenas".

Y agrega: "Asimismo, el sindicado Juan Francisco Solórzano Foppa compareció el 14 de mayo de 2020 al Registro de Ciudadanos del Tribunal Supremo Electoral del municipio de Guatemala en calidad de Secretario General Provisional de la Junta Directiva Provisional del Comité del Grupo Promotor Pro Formación del Partido Político Partido Ambientalista Guatemalteco (Partido AGUA), acreditando dicha representación con el documento público con el propósito y finalidad de iniciar los trámites y cumplir con los requisitos legales para constituir un partido político en la República de Guatemala".

"La investigación efectuada por el Ministerio Público, permitió establecer que el 1 de marzo de 2020 no se realizó ninguna actividad en el salón social de residenciales Las Victorias, ubicado en el kilómetro 38 de la carretera al Pacífico del departamento de Escuintla, según los informes de fecha 28 de enero y 25 de febrero de 2020", agregó el MP.

Además, se agrega que "se falta a la verdad al indicar en el acta notarial que 553 personas requieren los servicios del notario Moino Cárdenas, para elaborar el acta notarial del grupo promotor para la constitución del partido político, reunión que jamás se llevó a cabo, tal y como lo establecen los informes rendidos por el administrador del residencial Las Victorias".

"Se hizo constar que entre los requirientes y asistentes a la actividad se encontraba una persona quien, según certificado de defunción extendido en el Registro Nacional de las Personas, falleció en octubre de 2018 en el municipio de Santa Lucía Cotzumalguapa, Escuintla", concluyó el MP.