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Lo bueno, lo malo y lo feo de la ley de vacunación recién aprobada

De igual forma están tratando de confundir al público afirmando que la vacunación será obligatoria, cuando las reformas al Artículo 2 y el Artículo 17; dejan muy en claro que la vacunación debe ser voluntaria y los menores de edad sólo podrán ser vacunados si tienen la autorización expresa de sus padres o tutores y nadie podrá obligarlos a lo contrario.

Jose Goubaud |
08 de febrero, 2022

Las vacunas tradicionales han salvado la vida de miles de niños alrededor del mundo, sin embargo, las vacunas experimentales, están poniendo en riesgo la confianza de las personas en todo tipo de vacunación.

Los esfuerzos en la vacunación para el control de enfermedades como la Poliomielitis, Sarampión, Rubéola y demás enfermedades inmunodepresoras, han permitido controlar y erradicar el avance de estos males en nuestro país y el mundo, de igual forma, los progresos científicos han ido actualizando el esquema de vacunación global por lo que hemos pasado de prevenir un par de enfermedades, a frenar más de una docena de padecimientos potencialmente mortales o invalidantes en la niñez, sin que estas nuevas opciones hayan tenido hasta ahora la resistencia social que han provocado las inmunizaciones experimentales contra el COV-SARS-2.

LO BUENO

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Guatemala era uno de los pocos países de Latinoamérica que no tenía una Ley de vacunación, ahora con la aprobación de esta norma, se garantiza la disponibilidad de vacunas de calidad para toda la población y de forma gratuita. La normativa también establece que el rector de la vacunación sea el Ministerio de Salud ya que hasta ahora no se tenía claro quién era el responsable de realizar la estrategia y suministro de las vacunas, asimismo dictamina que el financiamiento de las vacunas esté contemplado en el presupuesto nacional de cada año y que esta asignación, sea suficiente,  impide que se puedan hacer transferencias o cambiar el destino de los fondos; (como ya pasó en el 2014). De igual forma, establece un carné único de vacunación ya que actualmente hay un sin número diferente de carnés, cada médico o institución que vacuna, maneja su propio carnet y la idea de unificar el mismo  es que se puedan tener el dato preciso de cuantas personas y qué  vacunas fueron aplicadas  en una base de datos consolidada, es imperante destacar que en la Ley se establece  que la vacunación es voluntaria y jamás obligatoria.

LO MALO.

Aunque la nueva normativa se empezó a trabajar durante el 2017, año en el que todavía no se conocía el COVID, la Ley recién aprobada, deja espacios en los que autoridades públicas podrían aprovechar ciertas lagunas en el documento para incluir inmunizaciones que no pertenezcan al actual esquema nacional de vacunació. Entre ellas las vacunas contra el COVID, además analistas sugieren que la entidad encargada de actualizar e incluir nuevas inmunizaciones en el esquema nacional, conocida como el CONAPI, está influenciada y dirigida por instituciones como la Organización Mundial de la Salud, La Organización Panamericana de la Salud y las Naciones Unidas.

Todas estas entidades son subsidiadas por grandes farmacéuticas; así mismo aducen que un artículo de la Ley es un cheque en blanco para el Estado, al delegarle total libertad para que emita el reglamento de la Ley sin la supervisión de nadie, otro artículo que está levantando inquietudes es el número 18, en el que se ordena a los establecimientos educativos a requerir el carné de vacunación de los alumnos que se inscriban a un centro de estudio, considero necesario recordar, que este carné se viene pidiendo desde décadas atrás. Sin embargo, un grupo de ciudadanos afirma que esto podría ser utilizado por los encargados de estas instituciones educativas para prohibir la inscripción de niños que no cumplan con la visión del Director de turno sobre que vacunas deben de tener los alumnos previo a ser aceptados aunque la Ley no lo ordene.

LO FEO

El espíritu de la normativa trata de que dentro de los presupuestos anuales del Estado, se incluya el monto suficiente para la adquisición de vacunas necesarias para evitar la propagación de enfermedades graves dentro de la niñez Guatemalteca y que además deben ser gratuitas. Así mismo, busca crear un sistema unificado de datos, para conocer contra qué enfermedades está inmunizada la población infantil, en qué áreas y cuáles son las posibilidades del surgimiento de infecciones derivadas de la falta de protección de las vacunas. Sin embargo, grupos de guatemaltecos están tratando de dar otro significado al Decreto 6-2022, alegan que esta Ley será aprovechada para obligar a las personas a vacunarse contra el COVID. 

Afirman que grupos que responden a las agendas globales están celebrando la aprobación de esta iniciativa porque esta pertenece al plan que ellos venían elaborando, afirmación difícil de creer si se conoce que la primera iniciativa de la Ley de Vacunación se trabajó en el año 2007 y que la aprobada recientemente contiene un 80% de los artículos propuestos en la primera, incluyendo la creación del CONAPI, la solicitud del carné de vacunación a los menores de edad, entre otras cosas. De igual forma están tratando de confundir al público afirmando que la vacunación será obligatoria, cuando las reformas al Artículo 2 y el Artículo 17; dejan muy en claro que la vacunación debe ser voluntaria y los menores de edad sólo podrán ser vacunados si tienen la autorización expresa de sus padres o tutores y nadie podrá obligarlos a lo contrario.

Lo bueno, lo malo y lo feo de la ley de vacunación recién aprobada

De igual forma están tratando de confundir al público afirmando que la vacunación será obligatoria, cuando las reformas al Artículo 2 y el Artículo 17; dejan muy en claro que la vacunación debe ser voluntaria y los menores de edad sólo podrán ser vacunados si tienen la autorización expresa de sus padres o tutores y nadie podrá obligarlos a lo contrario.

Jose Goubaud |
08 de febrero, 2022

Las vacunas tradicionales han salvado la vida de miles de niños alrededor del mundo, sin embargo, las vacunas experimentales, están poniendo en riesgo la confianza de las personas en todo tipo de vacunación.

Los esfuerzos en la vacunación para el control de enfermedades como la Poliomielitis, Sarampión, Rubéola y demás enfermedades inmunodepresoras, han permitido controlar y erradicar el avance de estos males en nuestro país y el mundo, de igual forma, los progresos científicos han ido actualizando el esquema de vacunación global por lo que hemos pasado de prevenir un par de enfermedades, a frenar más de una docena de padecimientos potencialmente mortales o invalidantes en la niñez, sin que estas nuevas opciones hayan tenido hasta ahora la resistencia social que han provocado las inmunizaciones experimentales contra el COV-SARS-2.

LO BUENO

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Guatemala era uno de los pocos países de Latinoamérica que no tenía una Ley de vacunación, ahora con la aprobación de esta norma, se garantiza la disponibilidad de vacunas de calidad para toda la población y de forma gratuita. La normativa también establece que el rector de la vacunación sea el Ministerio de Salud ya que hasta ahora no se tenía claro quién era el responsable de realizar la estrategia y suministro de las vacunas, asimismo dictamina que el financiamiento de las vacunas esté contemplado en el presupuesto nacional de cada año y que esta asignación, sea suficiente,  impide que se puedan hacer transferencias o cambiar el destino de los fondos; (como ya pasó en el 2014). De igual forma, establece un carné único de vacunación ya que actualmente hay un sin número diferente de carnés, cada médico o institución que vacuna, maneja su propio carnet y la idea de unificar el mismo  es que se puedan tener el dato preciso de cuantas personas y qué  vacunas fueron aplicadas  en una base de datos consolidada, es imperante destacar que en la Ley se establece  que la vacunación es voluntaria y jamás obligatoria.

LO MALO.

Aunque la nueva normativa se empezó a trabajar durante el 2017, año en el que todavía no se conocía el COVID, la Ley recién aprobada, deja espacios en los que autoridades públicas podrían aprovechar ciertas lagunas en el documento para incluir inmunizaciones que no pertenezcan al actual esquema nacional de vacunació. Entre ellas las vacunas contra el COVID, además analistas sugieren que la entidad encargada de actualizar e incluir nuevas inmunizaciones en el esquema nacional, conocida como el CONAPI, está influenciada y dirigida por instituciones como la Organización Mundial de la Salud, La Organización Panamericana de la Salud y las Naciones Unidas.

Todas estas entidades son subsidiadas por grandes farmacéuticas; así mismo aducen que un artículo de la Ley es un cheque en blanco para el Estado, al delegarle total libertad para que emita el reglamento de la Ley sin la supervisión de nadie, otro artículo que está levantando inquietudes es el número 18, en el que se ordena a los establecimientos educativos a requerir el carné de vacunación de los alumnos que se inscriban a un centro de estudio, considero necesario recordar, que este carné se viene pidiendo desde décadas atrás. Sin embargo, un grupo de ciudadanos afirma que esto podría ser utilizado por los encargados de estas instituciones educativas para prohibir la inscripción de niños que no cumplan con la visión del Director de turno sobre que vacunas deben de tener los alumnos previo a ser aceptados aunque la Ley no lo ordene.

LO FEO

El espíritu de la normativa trata de que dentro de los presupuestos anuales del Estado, se incluya el monto suficiente para la adquisición de vacunas necesarias para evitar la propagación de enfermedades graves dentro de la niñez Guatemalteca y que además deben ser gratuitas. Así mismo, busca crear un sistema unificado de datos, para conocer contra qué enfermedades está inmunizada la población infantil, en qué áreas y cuáles son las posibilidades del surgimiento de infecciones derivadas de la falta de protección de las vacunas. Sin embargo, grupos de guatemaltecos están tratando de dar otro significado al Decreto 6-2022, alegan que esta Ley será aprovechada para obligar a las personas a vacunarse contra el COVID. 

Afirman que grupos que responden a las agendas globales están celebrando la aprobación de esta iniciativa porque esta pertenece al plan que ellos venían elaborando, afirmación difícil de creer si se conoce que la primera iniciativa de la Ley de Vacunación se trabajó en el año 2007 y que la aprobada recientemente contiene un 80% de los artículos propuestos en la primera, incluyendo la creación del CONAPI, la solicitud del carné de vacunación a los menores de edad, entre otras cosas. De igual forma están tratando de confundir al público afirmando que la vacunación será obligatoria, cuando las reformas al Artículo 2 y el Artículo 17; dejan muy en claro que la vacunación debe ser voluntaria y los menores de edad sólo podrán ser vacunados si tienen la autorización expresa de sus padres o tutores y nadie podrá obligarlos a lo contrario.