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Gestión de la Inteligencia bajo la Seguridad Democrática:

Redacción
22 de noviembre, 2016

Por Grisel Capó

La Escuela de Ciencia Política de la Universidad de San Carlos de Guatemala, realizará mañana 22 de noviembre en el Centro Cultural Universitario, Salón Paraninfo el Foro denominado: “Análisis del sistema nacional de Inteligencia en el marco de la seguridad democrática en Guatemala”, sin lugar a dudas, un encuentro para el análisis, la crítica y la reflexión sobre un tema poco abordado.

Hace algunos meses, hacía referencia sobre la necesidad de implementar un nuevo modelo para la inteligencia guatemalteca en el siglo XXI, señalando que fortalecer, coordinar, profesionalizar y democratizar debieran ser los lineamientos estratégicos a seguir; lineamientos que proponíamos en el año 2009 en el ensayo: “La función de la Inteligencia estratégica en la Guatemala multicultural”, como parte del libro “La democratización de la función de Inteligencia: el nexo de la cultura nacional y la inteligencia estratégica”.

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El término “democratización” no nace en Guatemala, es una propuesta teórica de los coordinadores del libro mencionado, donde participaron 28 autores de 14 países de las Américas y España, entendiéndose como el proceso evolutivo en el establecimiento de un Estado de Derecho, que ofrece amplio espacio de acción a los tres poderes del Estado y la prensa. La democratización de la inteligencia consiste, entonces, en una evolución de un sistema de inteligencia por medio de la utilizacion del andamiaje institucional para enfrentar las amenazas a la supervivencia del Estado y la defensa de los principios democráticos y el Estado de Derecho. En palabras más simples, la democratización encierra el cómo se practica la inteligencia en cada país y su conexión con la ciudadanía. El foro que realizará la Escuela de Ciencia Política de la USAC, es una forma de democratizar, porque contribuye al conocimiento público de la inteligencia gubernamental.

En Guatemala, la Ley Marco del Sistema Nacional de Seguridad, Decreto 18-2008 del Congreso de la República, conjuntamente con la Ley de la Dirección General de Inteligencia Civil, Decreto 71-2005 del Congreso de la República y sus respectivos Reglamentos, establecen un modelo bajo la concepción de la Seguridad Democrática; modelo de coordinación, profesionalización y democratización de la inteligencia, siendo a la fecha la única base jurídica que regula específicamente el accionar del Sistema Nacional de Inteligencia –SNI-, integrado por la Secretaría de Inteligencia Estratégica del Estado -SIE- quien lo coordina, la Dirección General de Inteligencia Civil del Ministerio de Gobernación -DIGICI- y la Dirección de Inteligencia del Estado Mayor de la Defensa Nacional -DIEMDN-.

La seguridad democrática es un concepto fundamental de la Ley Marco, pero olvidado hoy día, cuyo objetivo es el respeto, promoción y tutela de la seguridad, el pleno ejercicio de los derechos humanos, mediante la creación de condiciones que permita a la persona su desarrollo integral en libertad.

La Ley establece además en su articulado, la obligación por parte del SNI de elaborar y actualizar de manera constante dos documentos principales: la Agenda Nacional de Riesgos y Amenazas, conocida como ANRA y el Plan Nacional de Inteligencia. En el caso de la ANRA, el primer documento surge en el año 2011 y el Plan Nacional de Inteligencia es elaborado por primera vez en el año 2015, creándose una simbiosis para el actuar de las instituciones que conforman el sistema de inteligencia. La Agenda deber ser aprobada en enero de cada año por el Consejo Nacional de Seguridad y en el caso del Plan aunque no lo especifica la Ley, debiera ser conocido por dicho Consejo en el afán de lograr cierta congruencia con la ANRA.

La Agenda y el Plan existen, no hay discusión sobre ello y constituyen los documentos más importantes para la inteligencia del país y de los cuales deberían emanar, no solo el resto de documentación que elaboren los servicios, sino las actividades y operaciones ordenadas desde la autoridad superior.

En palabras más concretas, son la guía para la gestión del Sistema Nacional de Inteligencia; gestión que si se realiza bajo el concepto de la seguridad democrática, debe ser a todas luces conocida y fiscalizada si se pretende hablar sobre democratización.

Centrándonos en la fiscalización, existen los controles democráticos externos sobre el Sistema Nacional de Inteligencia, que recaen sobre el Organismo Legislativo por medio de la Comisión Específica de Asuntos de Seguridad Nacional y de Inteligencia, el Organismo Judicial y el control ciudadano.

Las instancias anteriores deberán entonces, fiscalizar la Agenda Nacional de Riesgos y Amenazas y el Plan Nacional de Inteligencia, porque son los documentos que el sistema está obligado a elaborar y en donde el presupuesto asignado cobra sentido, documentos que no se deben ocultar, eliminar o alterar al antojo de quien esté a cargo de la institución respectiva dentro del SNI. Ahora bien ¿son la Agenda y el Plan documentos de dominio público o caen en algunas de las categorías de clasificación? Este tema aún no se ha discutido abiertamente, lo cual queda a la arbitrariedad de las autoridades.

En ese sentido, la Ley de Acceso a la Información Pública, establece lineamientos y criterios generales para la clasificación, desclasificación y resguardo de la información y esta aplica al Sistema Nacional de Inteligencia. La información confidencial y reservada son las dos categorías que se mencionan en la Ley y dentro de la información que no puede ser otorgada a un particular ante un trámite de solicitud de acceso. Sumado a esto, todo lo relacionado con seguridad de la nación debe ser reservado, pero para ello hay que demostrar que la publicidad de la información genera o puede generar un daño al valor jurídico protegido. Si bien el espíritu de la ley es la máxima publicidad, es innegable la tensa relación que se ha generado siempre entre el acceso a la información, la transparencia y los asuntos de inteligencia, siendo la excusa en la mayoría de los casos, que cualquier apertura en ese sentido representa un riesgo para el país.

Es necesario aplicar la Ley de Acceso a la Información Pública en cuanto a los criterios para la clasificación y desclasificación de documentos y crear un Archivo Nacional de Inteligencia, lo cual facilitaría la tarea de fiscalización y la transparencia, evitando costumbres maliciosas de los propios servicios de inteligencia, como esconder o eliminar información.

La clasificación de documentos, siempre utilizando criterios técnicos y amparados en la ley, genera un respaldo, protegiendo aquella información sensible para el país y sus ciudadanos, pero siempre con la posibilidad de desclasificación en los tiempos establecidos. Desclasificar implica acceder a un conocimiento de un ámbito del Estado que hace que entendamos la historia de un país, que hicieron los servicios de inteligencia por los ciudadanos.

Como lo he planteado en otras ocasiones, es necesaria una ley de inteligencia que regule todos estos temas, ley que por cierto no debe ser contraria a la Ley Marco o al concepto de Seguridad Democrática, por el contrario que la fortalezca en todos sus ámbitos; prudente seria también, elaborar una Política Nacional de Inteligencia. Una Política aunada a la Agenda y al Plan, pueden convertirse en lo que muy pocos países tienen y a nivel latinoamericano me atrevo a afirmar que ninguno: la Estrategia Nacional de Inteligencia para el Estado de Guatemala.

En conclusión, la gestión de la inteligencia no debe mermar los derechos individuales, de lo contrario nada tendría valor. No se vale ofrecer seguridad y protección a los ciudadanos utilizando métodos que violenten sus derechos. Los ciudadanos deben confiar en los servicios de inteligencia y la confianza se construye y se gana. Es tiempo de aplicar el modelo que deriva de la Ley Marco, es tiempo de visibilizar los documentos fundamentales para la inteligencia de Guatemala: la Agenda Nacional de Riesgos y Amenazas y el Plan Nacional de Inteligencia y en base a estos fiscalizar, transparentar y democratizar, porque la gestión de la inteligencia bajo el paradigma de la Seguridad Democrática no debe ser un silencio austero.

Republicagt es ajena a la opinión expresada en este artículo

Gestión de la Inteligencia bajo la Seguridad Democrática:

Redacción
22 de noviembre, 2016

Por Grisel Capó

La Escuela de Ciencia Política de la Universidad de San Carlos de Guatemala, realizará mañana 22 de noviembre en el Centro Cultural Universitario, Salón Paraninfo el Foro denominado: “Análisis del sistema nacional de Inteligencia en el marco de la seguridad democrática en Guatemala”, sin lugar a dudas, un encuentro para el análisis, la crítica y la reflexión sobre un tema poco abordado.

Hace algunos meses, hacía referencia sobre la necesidad de implementar un nuevo modelo para la inteligencia guatemalteca en el siglo XXI, señalando que fortalecer, coordinar, profesionalizar y democratizar debieran ser los lineamientos estratégicos a seguir; lineamientos que proponíamos en el año 2009 en el ensayo: “La función de la Inteligencia estratégica en la Guatemala multicultural”, como parte del libro “La democratización de la función de Inteligencia: el nexo de la cultura nacional y la inteligencia estratégica”.

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El término “democratización” no nace en Guatemala, es una propuesta teórica de los coordinadores del libro mencionado, donde participaron 28 autores de 14 países de las Américas y España, entendiéndose como el proceso evolutivo en el establecimiento de un Estado de Derecho, que ofrece amplio espacio de acción a los tres poderes del Estado y la prensa. La democratización de la inteligencia consiste, entonces, en una evolución de un sistema de inteligencia por medio de la utilizacion del andamiaje institucional para enfrentar las amenazas a la supervivencia del Estado y la defensa de los principios democráticos y el Estado de Derecho. En palabras más simples, la democratización encierra el cómo se practica la inteligencia en cada país y su conexión con la ciudadanía. El foro que realizará la Escuela de Ciencia Política de la USAC, es una forma de democratizar, porque contribuye al conocimiento público de la inteligencia gubernamental.

En Guatemala, la Ley Marco del Sistema Nacional de Seguridad, Decreto 18-2008 del Congreso de la República, conjuntamente con la Ley de la Dirección General de Inteligencia Civil, Decreto 71-2005 del Congreso de la República y sus respectivos Reglamentos, establecen un modelo bajo la concepción de la Seguridad Democrática; modelo de coordinación, profesionalización y democratización de la inteligencia, siendo a la fecha la única base jurídica que regula específicamente el accionar del Sistema Nacional de Inteligencia –SNI-, integrado por la Secretaría de Inteligencia Estratégica del Estado -SIE- quien lo coordina, la Dirección General de Inteligencia Civil del Ministerio de Gobernación -DIGICI- y la Dirección de Inteligencia del Estado Mayor de la Defensa Nacional -DIEMDN-.

La seguridad democrática es un concepto fundamental de la Ley Marco, pero olvidado hoy día, cuyo objetivo es el respeto, promoción y tutela de la seguridad, el pleno ejercicio de los derechos humanos, mediante la creación de condiciones que permita a la persona su desarrollo integral en libertad.

La Ley establece además en su articulado, la obligación por parte del SNI de elaborar y actualizar de manera constante dos documentos principales: la Agenda Nacional de Riesgos y Amenazas, conocida como ANRA y el Plan Nacional de Inteligencia. En el caso de la ANRA, el primer documento surge en el año 2011 y el Plan Nacional de Inteligencia es elaborado por primera vez en el año 2015, creándose una simbiosis para el actuar de las instituciones que conforman el sistema de inteligencia. La Agenda deber ser aprobada en enero de cada año por el Consejo Nacional de Seguridad y en el caso del Plan aunque no lo especifica la Ley, debiera ser conocido por dicho Consejo en el afán de lograr cierta congruencia con la ANRA.

La Agenda y el Plan existen, no hay discusión sobre ello y constituyen los documentos más importantes para la inteligencia del país y de los cuales deberían emanar, no solo el resto de documentación que elaboren los servicios, sino las actividades y operaciones ordenadas desde la autoridad superior.

En palabras más concretas, son la guía para la gestión del Sistema Nacional de Inteligencia; gestión que si se realiza bajo el concepto de la seguridad democrática, debe ser a todas luces conocida y fiscalizada si se pretende hablar sobre democratización.

Centrándonos en la fiscalización, existen los controles democráticos externos sobre el Sistema Nacional de Inteligencia, que recaen sobre el Organismo Legislativo por medio de la Comisión Específica de Asuntos de Seguridad Nacional y de Inteligencia, el Organismo Judicial y el control ciudadano.

Las instancias anteriores deberán entonces, fiscalizar la Agenda Nacional de Riesgos y Amenazas y el Plan Nacional de Inteligencia, porque son los documentos que el sistema está obligado a elaborar y en donde el presupuesto asignado cobra sentido, documentos que no se deben ocultar, eliminar o alterar al antojo de quien esté a cargo de la institución respectiva dentro del SNI. Ahora bien ¿son la Agenda y el Plan documentos de dominio público o caen en algunas de las categorías de clasificación? Este tema aún no se ha discutido abiertamente, lo cual queda a la arbitrariedad de las autoridades.

En ese sentido, la Ley de Acceso a la Información Pública, establece lineamientos y criterios generales para la clasificación, desclasificación y resguardo de la información y esta aplica al Sistema Nacional de Inteligencia. La información confidencial y reservada son las dos categorías que se mencionan en la Ley y dentro de la información que no puede ser otorgada a un particular ante un trámite de solicitud de acceso. Sumado a esto, todo lo relacionado con seguridad de la nación debe ser reservado, pero para ello hay que demostrar que la publicidad de la información genera o puede generar un daño al valor jurídico protegido. Si bien el espíritu de la ley es la máxima publicidad, es innegable la tensa relación que se ha generado siempre entre el acceso a la información, la transparencia y los asuntos de inteligencia, siendo la excusa en la mayoría de los casos, que cualquier apertura en ese sentido representa un riesgo para el país.

Es necesario aplicar la Ley de Acceso a la Información Pública en cuanto a los criterios para la clasificación y desclasificación de documentos y crear un Archivo Nacional de Inteligencia, lo cual facilitaría la tarea de fiscalización y la transparencia, evitando costumbres maliciosas de los propios servicios de inteligencia, como esconder o eliminar información.

La clasificación de documentos, siempre utilizando criterios técnicos y amparados en la ley, genera un respaldo, protegiendo aquella información sensible para el país y sus ciudadanos, pero siempre con la posibilidad de desclasificación en los tiempos establecidos. Desclasificar implica acceder a un conocimiento de un ámbito del Estado que hace que entendamos la historia de un país, que hicieron los servicios de inteligencia por los ciudadanos.

Como lo he planteado en otras ocasiones, es necesaria una ley de inteligencia que regule todos estos temas, ley que por cierto no debe ser contraria a la Ley Marco o al concepto de Seguridad Democrática, por el contrario que la fortalezca en todos sus ámbitos; prudente seria también, elaborar una Política Nacional de Inteligencia. Una Política aunada a la Agenda y al Plan, pueden convertirse en lo que muy pocos países tienen y a nivel latinoamericano me atrevo a afirmar que ninguno: la Estrategia Nacional de Inteligencia para el Estado de Guatemala.

En conclusión, la gestión de la inteligencia no debe mermar los derechos individuales, de lo contrario nada tendría valor. No se vale ofrecer seguridad y protección a los ciudadanos utilizando métodos que violenten sus derechos. Los ciudadanos deben confiar en los servicios de inteligencia y la confianza se construye y se gana. Es tiempo de aplicar el modelo que deriva de la Ley Marco, es tiempo de visibilizar los documentos fundamentales para la inteligencia de Guatemala: la Agenda Nacional de Riesgos y Amenazas y el Plan Nacional de Inteligencia y en base a estos fiscalizar, transparentar y democratizar, porque la gestión de la inteligencia bajo el paradigma de la Seguridad Democrática no debe ser un silencio austero.

Republicagt es ajena a la opinión expresada en este artículo