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Minera San Rafael: Ocho datos que hacen controversial la resolución de la CC

Braulio Palacios
05 de septiembre, 2018

La resolución de la Corte de Constitucionalidad (CC), en el caso de la minera San Rafael generó controversia. El fallo, de más de 550 páginas, ha sido criticado por abogados, empresarios, economistas y cámaras empresariales tras hacerse público. Te presentamos ocho cuestionamientos contra la decisión de la Corte.

1. Es contradictoria

La Corte de Constitucionalidad (CC) emitió una resolución que se contradice con el fallo emitido en el caso de la hidroeléctrica Oxec, la cual, se supone, determinaría la forma de fallar en casos relacionados con el Convenio 169 de la Organización Internacional de Trabajo (OIT). Es decir, la CC para minas interpreta de una manera el Convenio y para hidroeléctricas, en sentido diferente.

2. No fija plazo para realizar la consulta índigena

Si bien la Corte manda al Ministerio de Energía y Minas (MEM) realizar una consulta indígena, de acuerdo con el Convenio 169, no fija un plazo para que se cumpla la disposición, como sí ocurrió en el caso de Oxec. Incluso, el MEM, no puede hacer la consulta en San Rafael Las Flores, Santa Rosa, hasta que la resolución quede firme. El ministro Luis Chang no se atrevió a dar un plazo.

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3. Resolver llevó más de 300 días

La Minera San Rafael, un tercero afectado en el caso, tuvo que esperar más de 313 días para conocer el fallo final de la Corte de Constitucionalidad. El plazo para resolver el amparo en forma definitva superó, por mucho, el plazo legal establecido en ley. Además, en el tiempo que se tardó en resolver, se pudo realizar la consulta indígena.

4. No permitió operar a la minera


A diferencia de la resolución de Oxec, en donde se permitió a la hidroeléctrica retomar operaciones, y al mismo tiempo realizar la consulta indígena, a la Minera San Rafael no se le permite reiniciar operaciones. El Convenio 169 no establece suspensión de actividades por falta de la consulta, aún así, la Corte confirmó la suspensión temporal que estableció la Corte Suprema de Justicia, a mediados de 2017.

Los magistrados de la Corte de Constitucionalidad argumentaron que el retardo de la resolución se debió a que se analizaron más de 8 mil folios.

5. Más riesgos de despidos

El retardo de la CC, sumado a que no puede operar desde hace más de 425 días, llevó a que la Minera San Rafael realizará tres despidos masivos en lo que va de 2018, que significó la pérdida de más de 700 empleos formales. La compañía ha señalado que, mientras no puedan operar, existe el riesgo de que haya más despidos. Sólo 321 colaboradores se mantienen en la planilla de la minera.

6. Estimación de crecimiento


El Banco de Guatemala (Banguat) advirtió que por cada trimestre que minera San Rafael siga sin operar, le resta 0.3 por ciento a la proyección de crecimiento económico. A finales de julio, el Banguat ajustó a la baja la previsión de crecimiento económico para 2018, y entre las razones, señaló el efecto que tiene el cierre del proyecto minero desde julio de 2017. La nueva proyección de crecimiento se fijó entre el rango de 2.8 y 3.2 por ciento, pero podría cambiar luego de la resolución de la CC.

7. Falta de certeza jurídica

La resolución, contenida en más de 500 páginas, según empresarios y cámaras empresariales, no genera certeza jurídica, ya que si se presenta una acción contra una inversión, no saben cuál será la postura que tomará la Corte, si llega a conocer el caso.

8. Pérdidas para el Estado y la economía

La suspensión de Minera San Rafael también significó un golpe para el Estado y la economía del país. Las pérdidas diarias se estiman en Q5.1 millones. La compañía ha mencionado que el Estado ha dejado de recaudar Q440 millones en concepto de impuestos y regalías (hasta inicios de agosto de 2018) y, son más de Q2millardos los que se han dejado de percibir en la economía, en pago de proveedores y salarios, entre otros.

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Minera San Rafael: Ocho datos que hacen controversial la resolución de la CC

Braulio Palacios
05 de septiembre, 2018

La resolución de la Corte de Constitucionalidad (CC), en el caso de la minera San Rafael generó controversia. El fallo, de más de 550 páginas, ha sido criticado por abogados, empresarios, economistas y cámaras empresariales tras hacerse público. Te presentamos ocho cuestionamientos contra la decisión de la Corte.

1. Es contradictoria

La Corte de Constitucionalidad (CC) emitió una resolución que se contradice con el fallo emitido en el caso de la hidroeléctrica Oxec, la cual, se supone, determinaría la forma de fallar en casos relacionados con el Convenio 169 de la Organización Internacional de Trabajo (OIT). Es decir, la CC para minas interpreta de una manera el Convenio y para hidroeléctricas, en sentido diferente.

2. No fija plazo para realizar la consulta índigena

Si bien la Corte manda al Ministerio de Energía y Minas (MEM) realizar una consulta indígena, de acuerdo con el Convenio 169, no fija un plazo para que se cumpla la disposición, como sí ocurrió en el caso de Oxec. Incluso, el MEM, no puede hacer la consulta en San Rafael Las Flores, Santa Rosa, hasta que la resolución quede firme. El ministro Luis Chang no se atrevió a dar un plazo.

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3. Resolver llevó más de 300 días

La Minera San Rafael, un tercero afectado en el caso, tuvo que esperar más de 313 días para conocer el fallo final de la Corte de Constitucionalidad. El plazo para resolver el amparo en forma definitva superó, por mucho, el plazo legal establecido en ley. Además, en el tiempo que se tardó en resolver, se pudo realizar la consulta indígena.

4. No permitió operar a la minera


A diferencia de la resolución de Oxec, en donde se permitió a la hidroeléctrica retomar operaciones, y al mismo tiempo realizar la consulta indígena, a la Minera San Rafael no se le permite reiniciar operaciones. El Convenio 169 no establece suspensión de actividades por falta de la consulta, aún así, la Corte confirmó la suspensión temporal que estableció la Corte Suprema de Justicia, a mediados de 2017.

Los magistrados de la Corte de Constitucionalidad argumentaron que el retardo de la resolución se debió a que se analizaron más de 8 mil folios.

5. Más riesgos de despidos

El retardo de la CC, sumado a que no puede operar desde hace más de 425 días, llevó a que la Minera San Rafael realizará tres despidos masivos en lo que va de 2018, que significó la pérdida de más de 700 empleos formales. La compañía ha señalado que, mientras no puedan operar, existe el riesgo de que haya más despidos. Sólo 321 colaboradores se mantienen en la planilla de la minera.

6. Estimación de crecimiento


El Banco de Guatemala (Banguat) advirtió que por cada trimestre que minera San Rafael siga sin operar, le resta 0.3 por ciento a la proyección de crecimiento económico. A finales de julio, el Banguat ajustó a la baja la previsión de crecimiento económico para 2018, y entre las razones, señaló el efecto que tiene el cierre del proyecto minero desde julio de 2017. La nueva proyección de crecimiento se fijó entre el rango de 2.8 y 3.2 por ciento, pero podría cambiar luego de la resolución de la CC.

7. Falta de certeza jurídica

La resolución, contenida en más de 500 páginas, según empresarios y cámaras empresariales, no genera certeza jurídica, ya que si se presenta una acción contra una inversión, no saben cuál será la postura que tomará la Corte, si llega a conocer el caso.

8. Pérdidas para el Estado y la economía

La suspensión de Minera San Rafael también significó un golpe para el Estado y la economía del país. Las pérdidas diarias se estiman en Q5.1 millones. La compañía ha mencionado que el Estado ha dejado de recaudar Q440 millones en concepto de impuestos y regalías (hasta inicios de agosto de 2018) y, son más de Q2millardos los que se han dejado de percibir en la economía, en pago de proveedores y salarios, entre otros.