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SAT habilita solicitud electrónica de creación de NIT

Braulio Palacios
26 de noviembre, 2018

La SAT implementó una nueva modalidad para que los contribuyentes, con y sin actividad mercantil, puedan obtener el NIT (Número de Identificación Tributaria) por medio de una solicitud electrónica de creación en www.sat.gob.gt.

Los contribuyentes podrán ingresar al portal web de la SAT en cualquier momento, desde su casa u oficina, y llenar el formulario electrónico, recibir una notificación por correo electrónico, la cual se debe imprimir.

Para completar el trámite, el contribuyente deberá presentarse por única vez, con la hoja imprea, en una Agencia Tributaria para autenticar su identidad, por medio del registro de fotografía e impresión dactilar.

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La SAT indicó que esta nueva modalidad facilita al contribuyente la gestión para obtener el NIT y reduce el tiempo de atención en ventanillas de agencias tributarias.

La solicitud electrónica de creación de NIT, se puede realizar desde cualquier dispositivo con conexión a internet, ya sea computadora, teléfono celular Android, iPhone o Tablet.

Los contribuyentes, a partir de la fecha en que se realice la solicitud electrónica, cuentan con plazo de 10 días hábiles para presentarse en la Agencia Tributaria y completar la gestión.

La SAT indicó que esta nueva modalidad, facilita al contribuyente la gestión para obtener el NIT ya que permite mayor certeza de la información, reduce el tiempo de atención en ventanillas, habilita en forma automática su acceso a Agencia Virtual.

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SAT habilita solicitud electrónica de creación de NIT

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26 de noviembre, 2018

La SAT implementó una nueva modalidad para que los contribuyentes, con y sin actividad mercantil, puedan obtener el NIT (Número de Identificación Tributaria) por medio de una solicitud electrónica de creación en www.sat.gob.gt.

Los contribuyentes podrán ingresar al portal web de la SAT en cualquier momento, desde su casa u oficina, y llenar el formulario electrónico, recibir una notificación por correo electrónico, la cual se debe imprimir.

Para completar el trámite, el contribuyente deberá presentarse por única vez, con la hoja imprea, en una Agencia Tributaria para autenticar su identidad, por medio del registro de fotografía e impresión dactilar.

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Los contribuyentes, a partir de la fecha en que se realice la solicitud electrónica, cuentan con plazo de 10 días hábiles para presentarse en la Agencia Tributaria y completar la gestión.

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