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Giammattei anuncia estas nuevas restricciones por el coronavirus

Henry Pocasangre
12 de abril, 2020

El Gobierno emitió nuevas restricciones para combatir el coronavirus en Guatemala, estas tiene vigencia del lunes 13 de abril al 19 de abril.

Las prohibiciones decretadas por el Gobierno el 28 de marzo y el 4 de abril, quedan derogadas con las nuevas medidas.

El presidente Alejandro Giammattei explicó que las disposiciones deben tomar como principio rector la salud pública y justicia social. Estas son de observancia general, aplicabilidad en todo el territorio y en cualquier clase de transporte.

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Nuevas restricciones

Obligatorias las normas sanitarias, de higiene y salud ocupacional, deben ser cumplidas por los habitantes, personas jurídicas, empresas y entidades de cualquier índole.

Dar seguimiento y cumplimiento al plan para la prevención, contención y respuesta al coronavirus del Ministerio Salud Pública.

  • Todas las personas deben cumplir con el distanciamiento social, desarrollando las actividades respetando un metro y medio de distancia para evitar el contacto físico. Aplica también a funcionarios, contratistas, entes de gobierno, empresas públicas y personal diplomático
  • Uso de mascarilla es obligatorio para todos los habitantes en todo espacio o lugar público, lugares privados y de servicios, transportes o tránsito. En caso de incumplir se debe tomar como un multa de Q7 mil a Q150 mil por no usar mascarilla
  • Suspensión de labores en entidades del organismo Ejecutivo y del sector privado hasta el domingo 19 de abril. Se exceptúa la Presidencia, Gabinete de Gobierno, entidades superiores públicas, administrativas de entes estatales, personal de salud, socorro y auxilio de personas, sistema penitenciario, sistema portuario y aeroportuario, Diaco, dependencias del Ejecutivo, entidades autónomas y Municipalidades.
  • En todos los casos el sector público y privado debe permitir el teletrabajo o trabajo desde casa, proporcionando los elementos necesarios para su desarrollo.
  • Continúa la prestación de servicios públicos y privados sin opción de cierre: Hospitales, centros de salud, veterinarias, servicios de higiene y aseos públicos. Suministro de agua en cualquier modalidad, seguridad pública, privada y transporte de valores, así como extracción de basura. Continúan servicios de telecomunicaciones, correo y telégrafo, sistema portuario y entidades portuarias y aeroportuarias.
  • Se restringe la circulación del transporte pesado de carga en los municipios de Guatemala, Mixco y Villa Nueva del departamento de Guatemala, de 4 a 9 de la mañana y de 14 a 17 horas de lunes a sábado.
  • La industria alimentaria y de producción agrícola continúa sus labores, también el servicio a domicilio, transporte de combustibles, gasolineras y servicios de gas propano.
  • Se mantienen cerrados todos los centros comerciales las 24 horas del día, con excepción de locales que presten servicios públicos, como los mencionados anteriormente.
  • Los supermercados, abarroterías y tiendas de barrio, hoteles, pensiones y sus servicios de alimentación. Bancos, financieras, aseguradoras y cooperativas, pueden atender de 4 de la mañana a 16 horas.
  • Restaurantes con ventanilla pueden atender hasta las 16 horas y el servicio a domicilio las 24 horas si cuentan con el mecanismo. El transporte que usen debe estar identificado.
  • Mercados municipales y cantonales, en virtud de la cantidad de personas que reúnen, se mantienen de 4 de la mañana a 12 horas. Se hace llamado a las autoridades locales para controlar la aglomeración de personas y condiciones sanitarias.
  • Se prohíbe el expendio de bebidas alcohólicas y fermentadas desde las 15 horas. El consumo en lugares públicos es prohibido desde este lunes.
  • Las clases en todos los grados, desde el nivel preprimario hasta el superior, en lo público y privado, quedan suspendidas hasta el 30 de abril.

Otras prohibiciones

  • Se prohíben eventos de todo tipo, en todos los lugares y de cualquier cantidad de personas.
  • Se prohíben todas las actividades deportivas, culturales y sociales.
  • Queda prohibido el transporte público urbano y extraurbano, con excepción de motivos de salud y las empresas contempladas en las disposiciones.
  • Se prohíben las visitas en todos las cárceles, y centros de menores en conflicto con la ley penal.
  • No están permitidas las visitas a instituciones de asistencia social de adultos mayores.
  • Es prohibido el acaparamiento de artículos de primera necesidad o cualquier tipo de insumo que se relacione con el combate al Covid-19.
  • Quedan suspendidas las actividades religiosas presenciales hasta el 19 de abril a las 24 horas.
Presidente Alejandro Giammattei durante un mensaje en cadena nacional. (Foto República: SCSPR)

Seguridad nacional y libertad de locomoción

  • Se mantiene el cierre de fronteras aéreas, terrestres y marítimas en todo el territorio.
  • Se permite el ingreso de guatemaltecos, residentes permanentes y cuerpo diplomático. Así como casos adicionales previa aprobación.

Todos deben somerterse a cuarentena obligatoria sin excepción, de manera inmediata, incluyendo a los que gocen de inmunidad.

  • Se realiza el despliegue operativo en todas las fronteras para evitar el ingreso de personas sin autorización por puntos no controlados.
  • Se permite la salida del país por cualquier frontera con los países vecinos, siempre que lo autoricen.

Toque de queda

Se limita el tránsito y circulación de personas, de las 16:00 horas a las 4:00 horas del día siguiente. El toque de queda se mantiene de la misma forma.

Tráfico interdepartamental se mantiene prohibido. Se exceptúan a quienes laboran en un departamento distinto y que su empresa sea de las autorizadas.

Los habitantes que se movilizan por ríos mares y lagos, pueden continuar la movilización en horarios permitidos cumpliendo las autorizaciones.

Se restringe la circulación de los mayores de 60 años, personas con enfermedades crónicas, mujeres embarazadas y con niños, del 13 de abril al 20 de abril.

Los mayores de 60 años que deban seguir realizando sus labores, podrán continuar pero los empleadores deben extremar las medidas sanitarias.

Se restringe la locomoción, circulación y tránsito por cualquier vía con relación a cualquier tipo de viaje por naturaleza de recreación.

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Las prohibiciones decretadas por el Gobierno el 28 de marzo y el 4 de abril, quedan derogadas con las nuevas medidas.

El presidente Alejandro Giammattei explicó que las disposiciones deben tomar como principio rector la salud pública y justicia social. Estas son de observancia general, aplicabilidad en todo el territorio y en cualquier clase de transporte.

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  • Todas las personas deben cumplir con el distanciamiento social, desarrollando las actividades respetando un metro y medio de distancia para evitar el contacto físico. Aplica también a funcionarios, contratistas, entes de gobierno, empresas públicas y personal diplomático
  • Uso de mascarilla es obligatorio para todos los habitantes en todo espacio o lugar público, lugares privados y de servicios, transportes o tránsito. En caso de incumplir se debe tomar como un multa de Q7 mil a Q150 mil por no usar mascarilla
  • Suspensión de labores en entidades del organismo Ejecutivo y del sector privado hasta el domingo 19 de abril. Se exceptúa la Presidencia, Gabinete de Gobierno, entidades superiores públicas, administrativas de entes estatales, personal de salud, socorro y auxilio de personas, sistema penitenciario, sistema portuario y aeroportuario, Diaco, dependencias del Ejecutivo, entidades autónomas y Municipalidades.
  • En todos los casos el sector público y privado debe permitir el teletrabajo o trabajo desde casa, proporcionando los elementos necesarios para su desarrollo.
  • Continúa la prestación de servicios públicos y privados sin opción de cierre: Hospitales, centros de salud, veterinarias, servicios de higiene y aseos públicos. Suministro de agua en cualquier modalidad, seguridad pública, privada y transporte de valores, así como extracción de basura. Continúan servicios de telecomunicaciones, correo y telégrafo, sistema portuario y entidades portuarias y aeroportuarias.
  • Se restringe la circulación del transporte pesado de carga en los municipios de Guatemala, Mixco y Villa Nueva del departamento de Guatemala, de 4 a 9 de la mañana y de 14 a 17 horas de lunes a sábado.
  • La industria alimentaria y de producción agrícola continúa sus labores, también el servicio a domicilio, transporte de combustibles, gasolineras y servicios de gas propano.
  • Se mantienen cerrados todos los centros comerciales las 24 horas del día, con excepción de locales que presten servicios públicos, como los mencionados anteriormente.
  • Los supermercados, abarroterías y tiendas de barrio, hoteles, pensiones y sus servicios de alimentación. Bancos, financieras, aseguradoras y cooperativas, pueden atender de 4 de la mañana a 16 horas.
  • Restaurantes con ventanilla pueden atender hasta las 16 horas y el servicio a domicilio las 24 horas si cuentan con el mecanismo. El transporte que usen debe estar identificado.
  • Mercados municipales y cantonales, en virtud de la cantidad de personas que reúnen, se mantienen de 4 de la mañana a 12 horas. Se hace llamado a las autoridades locales para controlar la aglomeración de personas y condiciones sanitarias.
  • Se prohíbe el expendio de bebidas alcohólicas y fermentadas desde las 15 horas. El consumo en lugares públicos es prohibido desde este lunes.
  • Las clases en todos los grados, desde el nivel preprimario hasta el superior, en lo público y privado, quedan suspendidas hasta el 30 de abril.

Otras prohibiciones

  • Se prohíben eventos de todo tipo, en todos los lugares y de cualquier cantidad de personas.
  • Se prohíben todas las actividades deportivas, culturales y sociales.
  • Queda prohibido el transporte público urbano y extraurbano, con excepción de motivos de salud y las empresas contempladas en las disposiciones.
  • Se prohíben las visitas en todos las cárceles, y centros de menores en conflicto con la ley penal.
  • No están permitidas las visitas a instituciones de asistencia social de adultos mayores.
  • Es prohibido el acaparamiento de artículos de primera necesidad o cualquier tipo de insumo que se relacione con el combate al Covid-19.
  • Quedan suspendidas las actividades religiosas presenciales hasta el 19 de abril a las 24 horas.
Presidente Alejandro Giammattei durante un mensaje en cadena nacional. (Foto República: SCSPR)

Seguridad nacional y libertad de locomoción

  • Se mantiene el cierre de fronteras aéreas, terrestres y marítimas en todo el territorio.
  • Se permite el ingreso de guatemaltecos, residentes permanentes y cuerpo diplomático. Así como casos adicionales previa aprobación.

Todos deben somerterse a cuarentena obligatoria sin excepción, de manera inmediata, incluyendo a los que gocen de inmunidad.

  • Se realiza el despliegue operativo en todas las fronteras para evitar el ingreso de personas sin autorización por puntos no controlados.
  • Se permite la salida del país por cualquier frontera con los países vecinos, siempre que lo autoricen.

Toque de queda

Se limita el tránsito y circulación de personas, de las 16:00 horas a las 4:00 horas del día siguiente. El toque de queda se mantiene de la misma forma.

Tráfico interdepartamental se mantiene prohibido. Se exceptúan a quienes laboran en un departamento distinto y que su empresa sea de las autorizadas.

Los habitantes que se movilizan por ríos mares y lagos, pueden continuar la movilización en horarios permitidos cumpliendo las autorizaciones.

Se restringe la circulación de los mayores de 60 años, personas con enfermedades crónicas, mujeres embarazadas y con niños, del 13 de abril al 20 de abril.

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