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Ejecutivo no publica el Decreto 15-2020 y diputados presionan

Ana González
18 de mayo, 2020

Este lunes se venció el plazo para que el Organismo Ejecutivo publicara en el Diario Oficial el Decreto 15-2020 que prohíbe la suspensión de servicios básicos por falta de pago.

La normativa debió publicarse hoy ya que se cumplen los ocho días que establece la ley. Esto luego que los diputados rechazaran con 126 votos el veto presidencial, según congresistas inconformes.

Algunos legisladores mostraron su malestar contra el Organismo Ejecutivo porque consideran que no acata lo que manda la Ley.

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Se le envió una nota al presidente del Congreso, Allan Rodríguez, y junta directiva para que cumplan con el artículo 179 de la Constitución”, declaró el diputado de la UNE, Carlos Barreda.

“Si el Ejecutivo no lo hiciere, la Junta Directiva del Congreso ordenará su publicación en un plazo que no excederá de tres días, para que surta efecto como ley de la República”, detalla el artículo 179.

De esa cuenta, las autoridades legislativas tienen tres días para ordenar que se publique en el Diario de Centro América el Decreto 15-2020.

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¿Qué dice el Ejecutivo?

Se llamó Carlos Sandoval, titular de la Secretaría de Comunicación Social de la Presidencia, pero no respondió.

Los diputados rechazaron el veto presidencial el 30 de abril del 2020.

Contenido del Decreto 15-2020

La Ley conocida como “medidas adicionales de protección para la población de los efectos económicos provocados por la pandemia covid-19“, establece que mientras dure el estado de calamidad “no se pueden suspender los servicios”.

Los usuarios que no estén en capacidad de pagar podrán suscribir convenio de hasta 12 cuotas, sin recargo alguno.

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Alcalde de Villa Nueva cobra más de Q90 mil mensuales

También se establece que el Crédito Hipotecario Nacional (CHN) pondrá a disposición un crédito específico para las empresas prestadoras de servicio de agua potable. El monto será similar al total de los convenios de pago suscrito con los usuarios.

Recursos legales por resolver

En la Corte de Constitucionalidad (CC), se plantearon recursos legales contra el procedimiento utilizado por el Congreso para rechazar el veto del Presidente y ordenar la publicación del referido decreto.

De acuerdo con los abogados que plantearon las acciones legales, el Legislativo debió consultar a la CC debido a las supuestas inconstitucionalidades del Decreto 15-2020, antes de regresarlo al Ejecutivo.

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“Si el Ejecutivo no lo hiciere, la Junta Directiva del Congreso ordenará su publicación en un plazo que no excederá de tres días, para que surta efecto como ley de la República”, detalla el artículo 179.

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La Ley conocida como “medidas adicionales de protección para la población de los efectos económicos provocados por la pandemia covid-19“, establece que mientras dure el estado de calamidad “no se pueden suspender los servicios”.

Los usuarios que no estén en capacidad de pagar podrán suscribir convenio de hasta 12 cuotas, sin recargo alguno.

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Recursos legales por resolver

En la Corte de Constitucionalidad (CC), se plantearon recursos legales contra el procedimiento utilizado por el Congreso para rechazar el veto del Presidente y ordenar la publicación del referido decreto.

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