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Suspenden clases presenciales en municipios con alerta naranja

Glenda Sanchez
22 de marzo, 2021

Debido al incrementos de casos de coronavirus en los centros educativos, en las últimas semanas, el Ministerio de Salud, Pública y Asistencia Social (MSPAS), modificó las normas sanitarias para la prevención del covid-19.

Entre las nuevas medidas se modifica el Tablero de Alerta Sanitaria para Centros Educativos. La mayor decisión es suspender las clases presenciales en los establecimientos educativos de municipios con alerta naranja.

Además, se establecen medidas más severas para los aforos en municipios en amarillo.

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Los artículos modificados del Acuerdo Ministerial de Salud 300-2020, publicado el 22 de diciembre de 2020, son siete.

Se adiciona el artículo 10 que faculta a las autoridades de los centros educativos a tomar decisiones cuando repunten contagios de covid.

Este lunes 22 de marzo de 2021 el Ministerio de Salud publicó en el Diario Oficial el Acuerdo Ministerial número 69-2021. Esta normativa reforma el Acuerdo Ministerial 300-2020 que contiene las normas sanitarias para la prevención del covid-19 en los centros educativos.

“Las medidas sanitarias, responsabilidad colectiva y personal: El uso universal y adecuado de la mascarilla, se exceptúa los niños menores de dos años. El distanciamiento social o físico no menor de 1.5 metros, higiene de manos con agua y jabón o gel con alcohol con el 70% de concentración. Adicionalmente se establecen las siguientes medidas sanitarias son de estricto cumplimiento: la mascarilla permitida es de tipo quirúrgico de tela de dos capas sin válvula. Las mascarillas N95 sólo se recomienda para personal de alto riesgo”, detalla el acuerdo.


Modificaciones en medidas preventivas

  • Se prohíbe el uso de mascarilla con válvula
  • Las clases presenciales en los establecimientos educativos que se encuentren en los municipios con alerta naranja están prohibidas.
  • Se faculta a las autoridades del Ministerio de Educación a disponer medidas temporales a distancia a las establecidas en el Tablero de Alerta Sanitaria Covid-2019. Ello cuando se determine que los niveles de contagio son elevados.
  • Entre la modalidad híbrida los aforos permitidos en grupo será de 4.5 metros cuadrados por persona en municipios con alerta amarilla.
  • El alcohol en gel que deben usar los maestros y alumnos debe ser mayor al 70% de concentración.
  • Antes de iniciar las clases presenciales, se debe verificar el protocolo de regreso a clases y el protocolo del Ministerio de Educación aprobado por Salud.

Vigencia de las medidas

El Acuerdo Ministerial establece que las modificaciones entran en vigencia este marte 23 de marzo, un día después de la publicación en el Diario Oficial.

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Entre las nuevas medidas se modifica el Tablero de Alerta Sanitaria para Centros Educativos. La mayor decisión es suspender las clases presenciales en los establecimientos educativos de municipios con alerta naranja.

Además, se establecen medidas más severas para los aforos en municipios en amarillo.

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Los artículos modificados del Acuerdo Ministerial de Salud 300-2020, publicado el 22 de diciembre de 2020, son siete.

Se adiciona el artículo 10 que faculta a las autoridades de los centros educativos a tomar decisiones cuando repunten contagios de covid.

Este lunes 22 de marzo de 2021 el Ministerio de Salud publicó en el Diario Oficial el Acuerdo Ministerial número 69-2021. Esta normativa reforma el Acuerdo Ministerial 300-2020 que contiene las normas sanitarias para la prevención del covid-19 en los centros educativos.

“Las medidas sanitarias, responsabilidad colectiva y personal: El uso universal y adecuado de la mascarilla, se exceptúa los niños menores de dos años. El distanciamiento social o físico no menor de 1.5 metros, higiene de manos con agua y jabón o gel con alcohol con el 70% de concentración. Adicionalmente se establecen las siguientes medidas sanitarias son de estricto cumplimiento: la mascarilla permitida es de tipo quirúrgico de tela de dos capas sin válvula. Las mascarillas N95 sólo se recomienda para personal de alto riesgo”, detalla el acuerdo.


Modificaciones en medidas preventivas

  • Se prohíbe el uso de mascarilla con válvula
  • Las clases presenciales en los establecimientos educativos que se encuentren en los municipios con alerta naranja están prohibidas.
  • Se faculta a las autoridades del Ministerio de Educación a disponer medidas temporales a distancia a las establecidas en el Tablero de Alerta Sanitaria Covid-2019. Ello cuando se determine que los niveles de contagio son elevados.
  • Entre la modalidad híbrida los aforos permitidos en grupo será de 4.5 metros cuadrados por persona en municipios con alerta amarilla.
  • El alcohol en gel que deben usar los maestros y alumnos debe ser mayor al 70% de concentración.
  • Antes de iniciar las clases presenciales, se debe verificar el protocolo de regreso a clases y el protocolo del Ministerio de Educación aprobado por Salud.

Vigencia de las medidas

El Acuerdo Ministerial establece que las modificaciones entran en vigencia este marte 23 de marzo, un día después de la publicación en el Diario Oficial.

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