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Cuáles son las sanciones por incumplir la Ley Seca en Guatemala

Glenda Sanchez
10 de noviembre, 2021

Este miércoles el Ministerio de Gobernación publicó el nuevo horario para la venta y consumo de bebidas alcohólicas, fermentadas y destiladas para prevenir los contagios masivos del covid-19 en el país. Entre las modificaciones recuerda las sanciones por incumplir la Ley Seca en Guatemala.

El último informe del Ministerio de Salud reveló que del 13 de marzo de 2020 al 8 de noviembre de 2021 se registran 606 mil 743 casos positivos del covid-19.

Además detalla que del total de los contagios 588 mil 40 personas se recuperaron, 15 mil 520 fallecieron y 3 mil 174 casos siguen activos. “En las últimas 24 horas se registraron 11 mil 613 casos tamizados, de los cuales se confirmaron 994 casos positivos confirmados”, detalla el informe de Salud.

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Horario y restricciones

El Ministerio de Gobernación publicó el Acuerdo Gubernativo 214-2021 “Reformas al Acuerdo Gubernativo 221-2004: Disposiciones Reglamentarias para el Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas, Fermentadas o Destiladas“.

Según al artículo 1 del Acuerdo Gubernativo se prohíbe el expendió y consumo de bebidas alcohólicas, fermentadas o destiladas de lunes a domingo de las 23:00 horas a las 6:00 de la mañana del siguiente día.

“Se prohíbe la venta en ese horario a los establecimientos comerciales abiertos al público, cualquiera que sea su categoría, incluyendo discotecas, restaurantes y comedoresAdemás centros nocturnos, cantinas, bares, expendios de dichas bebidas, hoteles y moteles”, detalla el documento.

Sanciones y multas

El acuerdo aclara que los establecimientos antes mencionados permanecerán abiertos durante las horas que estuvieran autorizados por las autoridades competentes.

Asimismo el documento establece que los establecimientos que incumplan la disposición serán sancionados con una multa de Q100 mil. Además explica que se iniciará el proceso para la cancelación de la patente, permiso o licencia otorgado a la persona individual o propietario del establecimiento.

“Esto sin perjuicio de las acciones penales que correspondan conforme a otras leyes”, especifica el Acuerdo Gubernativo.

Además indica que las personas individuales que incumplan la disposición o que en los horarios mencionados se encuentre consumiendo cualquier bebida mencionada en los establecimientos anteriormente descritos”, se les impondrá una multa de Q5 mil.

Te recomendamos leer:

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Este miércoles el Ministerio de Gobernación publicó el nuevo horario para la venta y consumo de bebidas alcohólicas, fermentadas y destiladas para prevenir los contagios masivos del covid-19 en el país. Entre las modificaciones recuerda las sanciones por incumplir la Ley Seca en Guatemala.

El último informe del Ministerio de Salud reveló que del 13 de marzo de 2020 al 8 de noviembre de 2021 se registran 606 mil 743 casos positivos del covid-19.

Además detalla que del total de los contagios 588 mil 40 personas se recuperaron, 15 mil 520 fallecieron y 3 mil 174 casos siguen activos. “En las últimas 24 horas se registraron 11 mil 613 casos tamizados, de los cuales se confirmaron 994 casos positivos confirmados”, detalla el informe de Salud.

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El Ministerio de Gobernación publicó el Acuerdo Gubernativo 214-2021 “Reformas al Acuerdo Gubernativo 221-2004: Disposiciones Reglamentarias para el Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas, Fermentadas o Destiladas“.

Según al artículo 1 del Acuerdo Gubernativo se prohíbe el expendió y consumo de bebidas alcohólicas, fermentadas o destiladas de lunes a domingo de las 23:00 horas a las 6:00 de la mañana del siguiente día.

“Se prohíbe la venta en ese horario a los establecimientos comerciales abiertos al público, cualquiera que sea su categoría, incluyendo discotecas, restaurantes y comedoresAdemás centros nocturnos, cantinas, bares, expendios de dichas bebidas, hoteles y moteles”, detalla el documento.

Sanciones y multas

El acuerdo aclara que los establecimientos antes mencionados permanecerán abiertos durante las horas que estuvieran autorizados por las autoridades competentes.

Asimismo el documento establece que los establecimientos que incumplan la disposición serán sancionados con una multa de Q100 mil. Además explica que se iniciará el proceso para la cancelación de la patente, permiso o licencia otorgado a la persona individual o propietario del establecimiento.

“Esto sin perjuicio de las acciones penales que correspondan conforme a otras leyes”, especifica el Acuerdo Gubernativo.

Además indica que las personas individuales que incumplan la disposición o que en los horarios mencionados se encuentre consumiendo cualquier bebida mencionada en los establecimientos anteriormente descritos”, se les impondrá una multa de Q5 mil.

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