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La justicia a la suerte

Redacción
25 de mayo, 2017

El proceso de reformas a la constitución ha sido más que cuestionable. Cualquier reforma al sistema político no sólo se tiene que enfocar en cuestiones técnicas, las cuales han sido carentes en esta propuesta, sino que también en la percepción de las personas acerca de la misma. Lastimosamente aquellos que se han puesto la bandera de estas reformas han fallado estrepitosamente en explicar cómo determinadas reformas como jurisdicción indígena o incluso el consejo de administración judicial van a fortalecer la justicia en el país. Así mismo el proceso ha estado marcado por la voluntad de una secretaría técnica (CICIG, MP, PDH…) que habiendo redacta ya una propuesta, la intentó socializar por medio de las mesas técnicas convocadas a finales del año pasado, lo que desembocó en una propuesta poco consensuada que llegó a las manos de los diputados. Posteriormente surgen enmiendas, como diputados hay en el Congreso de la República, mostrando que ni en el Legislativo existía el mínimo consenso acerca de las mismas. Finalmente aparecen en la página de CICIG unas “enmiendas consensuadas” por los jefes de bloque pero que en la realidad no podrían seguir causando más división. Y para rematar, los jefes de bloque del congreso se encierran en un hotel privado junto a la fiscal del MP y el Procurador de Derechos Humanos para tratar de llegar a acuerdos mínimos para rescatar esta reforma y que no quedara como una derrota para la secretaría técnica ni para el paupérrimo liderazgo de Oscar Chinchilla como presidente del Congreso. Dejando a un lado estas deficiencias del proceso que han quedado en el pasado, pero que de igual manera no debemos olvidar, quisiera centrarme en la reforma que crea el Consejo de Administración Judicial que se presenta como la panacea para nuestro sistema judicial.

La primera propuesta con respecto a la creación de un órgano de administración en el organismo judicial era una completa aberración. El Consejo Nacional de Justicia como se llamaba anteriormente era capaz no solo de enviar la lista de posibles magistrados de la Corte Suprema de Justicia sino que también nombrar a los de la Corte de Constitucionalidad. Es de esta propuesta original que se decía que se iba a crear un cuarto poder en el país, lo cual solo con lo dicho antes es bastante claro. Sin embargo la enmienda posterior le retira la facultad de nombrar a los magistrados de la CC y pone a esta ahora llamado Consejo de Administración Judicial un vínculo de subordinación ante la CSJ creando un mejor balance. A pesar de ellos, el mecanismo para nombrar a los integrantes de la Dirección de la Carrera Judicial de este Consejo sigue siendo cuestionable.

La Dirección de la Carrera Judicial es el órgano que sustituiría la famosa comisión de postulación. Es decir, con la reforma serían 7 personas las que decidan la lista de los candidatos que llegaría al Congreso de la República en vez de 34 personas que integraron la última comisión de postulación. Si 34 personas son tan fáciles de corromper, ¿Qué tan fácil será corromper a 7? Los que están a favor de este Consejo no tardan en decir que es la elección misma de los 7 de la Dirección de la Carrera Judicial contrapuesta a la de estos 34 de la Comisión de Postulación lo que efectivamente garantiza que tomen las decisiones correctas. Pero analicemos la manera en la que se eligen a estos siete:

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1.    Un juez de Paz, un Juez de Primera Instancia y un Magistrado de la Corte de Apelaciones nombrados por sorteo. Partiendo del dato de que la misma Comisión de Postulación fue la que presentó la lista para elegir a todos estos jueces podemos asumir, como lo hacen aquellos que están en contra de la Comisión, que muchos de ellos no son idóneos. Con el mecanismo de sorteo estaríamos dependiendo de la suerte para elegir a estos primeros tres miembros, si bien pueden ser muy buenos también lo pueden ser muy malos.

2.    Un consejero electo por dos tercios de la Corte Suprema de Justicia. Nuevamente tenemos el dilema de que una Corte tan mala y corrupta como la pintan va a elegir uno de los siete miembros del consejo. Es lógico, por lo tanto, que elijan a un integrante con el cual simpaticen y que los vaya a favorecer en el futuro.

3.    Tres profesionales elector por los cuatro primeros miembros del consejo. Esto podría ser la gota que derrame el vaso ya que si los primeros cuatro favorecen los mismos intereses corruptos de siempre, estaríamos garantizando una Dirección completamente corrupta ya que ellos elegirían a los últimos tres miembros de la misma.

Como podemos ver no es tan difícil que esta Dirección se vea envuelta en las mismas prácticas corruptas que tanto hemos criticado de la Comisión de Postulación con la excepción que ahora serían solo 7 personas, en vez de 34 las que haya que corromper. Lastimosamente este Consejo de Administración Judicial no solo no muestra las mínimas garantías de éxito sino que también es un ejemplo de un órgano igual o más fácil de corromper que la actual Comisión. Si aprobamos esta reforma estaríamos tirando una moneda al aire, porque así como los primeros integrantes de esta Dirección podrían ser los mejores jueces del país y que esto genere los cambios que necesitamos, también pueden ser los peores que garantizan como mayor eficacia la impunidad en el país.

República es ajena a la opinión expresada en este artículo