Redacción
25 de julio, 2014
En un artículo anterior que no tiene relación con este tema hablé de la diferencia entre los derechos de propiedad y los de soberanía. Los primeros corresponden a individuos pacíficos intercambiando en el mercado, es decir en un ámbito de colaboración sin agresión. La soberanía es el ejercicio monopólico de la fuerza en un territorio[1]. La soberanía es poder político, es decir la capacidad de torcer la voluntad de individuos y darles órdenes, permitirles o prohibirles cosas, por más que se la quiera disfrazar de cualquier modo.
Este último “derecho” no tiene fundamento ético alguno, es un facto completo.
Este último “derecho” no tiene fundamento ético alguno, es un facto completo.
Claro que algo así es difícil de aceptar para mucha gente como ha ocurrido con muchas otras apelaciones al ejercicio de la libertad con anterioridad. Pero lo indiscutible es que soberanía no tiene nada que ver con derecho de propiedad ni con mercado.
Esta distinción es también fundamental para entender la cuestión de la inmigración, cuya restricción es siempre un acto de agresión. Aunque todos los habitantes de un pueblo se pusieran de acuerdo en no permitir la entrada de un “extranjero”, así clasificado por el espíritu tribal, eso sería un acto de agresión. Sobre las calles públicas no se ejerce una “propiedad colectiva”, estas dos palabras no pueden ir juntas en una oración. Se ejercen sobre ella actos políticos.
Esta distinción es también fundamental para entender la cuestión de la inmigración, cuya restricción es siempre un acto de agresión. Aunque todos los habitantes de un pueblo se pusieran de acuerdo en no permitir la entrada de un “extranjero”, así clasificado por el espíritu tribal, eso sería un acto de agresión. Sobre las calles públicas no se ejerce una “propiedad colectiva”, estas dos palabras no pueden ir juntas en una oración. Se ejercen sobre ella actos políticos.
Mas en: http://josebenegas.com/
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Redacción
25 de julio, 2014
En un artículo anterior que no tiene relación con este tema hablé de la diferencia entre los derechos de propiedad y los de soberanía. Los primeros corresponden a individuos pacíficos intercambiando en el mercado, es decir en un ámbito de colaboración sin agresión. La soberanía es el ejercicio monopólico de la fuerza en un territorio[1]. La soberanía es poder político, es decir la capacidad de torcer la voluntad de individuos y darles órdenes, permitirles o prohibirles cosas, por más que se la quiera disfrazar de cualquier modo.
Este último “derecho” no tiene fundamento ético alguno, es un facto completo.
Este último “derecho” no tiene fundamento ético alguno, es un facto completo.
Claro que algo así es difícil de aceptar para mucha gente como ha ocurrido con muchas otras apelaciones al ejercicio de la libertad con anterioridad. Pero lo indiscutible es que soberanía no tiene nada que ver con derecho de propiedad ni con mercado.
Esta distinción es también fundamental para entender la cuestión de la inmigración, cuya restricción es siempre un acto de agresión. Aunque todos los habitantes de un pueblo se pusieran de acuerdo en no permitir la entrada de un “extranjero”, así clasificado por el espíritu tribal, eso sería un acto de agresión. Sobre las calles públicas no se ejerce una “propiedad colectiva”, estas dos palabras no pueden ir juntas en una oración. Se ejercen sobre ella actos políticos.
Esta distinción es también fundamental para entender la cuestión de la inmigración, cuya restricción es siempre un acto de agresión. Aunque todos los habitantes de un pueblo se pusieran de acuerdo en no permitir la entrada de un “extranjero”, así clasificado por el espíritu tribal, eso sería un acto de agresión. Sobre las calles públicas no se ejerce una “propiedad colectiva”, estas dos palabras no pueden ir juntas en una oración. Se ejercen sobre ella actos políticos.
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