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Aclarando conceptos

Defender principios y no personas o situaciones en particular, hace que en el camino se puedan ir perdiendo apoyos o amistades. A la vez, hace el camino sumamente fácil; si se defienden principios, la ruta siempre estará clara. 

EDITORIAL | Aclarando conceptos
Redacción República |
03 de octubre, 2023

Debido a la serie de acciones que se han presentado en torno al proceso electoral, pero también en relación con la adquisición del sistema conocido como TREP, puede haber confusión en cuanto las pretensiones y alcances de cada una de esas acciones. Es pertinente insistir en algunas aclaraciones. 

Los vicios que probablemente hay en la constitución del partido Movimiento Semilla dan lugar a la persecución penal de los autores de esa falsedad. Aquí, la responsabilidad es personal. 

Además, es causal para una suspensión administrativa del partido por parte del TSE. La LEPP le otorga al partido 6 meses para subsanar los errores y, de no hacerlo, procede la cancelación. No antes. 

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En cuanto al resultado del proceso electoral, los partidos tuvieron la oportunidad de impugnar en mesa los votos e impugnar el resultado, algo que hicieron y provocó las audiencias de revisión que realizaron las juntas receptoras, ante los fiscales de los partidos. Tanto la Corte Suprema de Justicia como la de Constitucionalidad resolvieron que ese procedimiento se llevó a cabo de acuerdo con la ley. 

La segunda vuelta también fue impugnada por el partido perdedor y esa impugnación fue rechazada. El TSE certificó la segunda vuelta y entregó las credenciales al binomio presidencial ganador. De acuerdo con la Constitución y con las leyes de Guatemala, ya nada ni nadie puede alterar o revertir esos resultados. 

En los últimos días hay algo que añade a la confusión, y son las acciones del MP en contra de los magistrados del TSE por la adquisición del sistema conocido como TREP. Esas acciones tienen como finalidad investigar si cometieron delitos en la compra de dicho sistema. De ser así, la responsabilidad penal recaería sobre ellos, nada más tendría qué ver con el proceso electoral o su resultado. No se deben confundir las dos cosas. 

Lo anterior lleva a la conclusión lógica siguiente: que nada ni nadie puede —legalmente­— impedir que los ganadores de la elección tomen posesión, pero los magistrados del TSE, así como personal administrativo, sí pueden resultar responsables de cometer delitos en la compra del TREP. 

Si la democracia descansa sobre la posibilidad de que los ciudadanos puedan elegir libremente a sus representantes, la república descansa sobre la división de poderes y el Estado de derecho. La decisión popular ya fue tomada y ahora debe prevalecer el Estado de derecho, lo que implica respetar aquella decisión y no pretender alterarla vulnerando, además, la división de poderes.

Aclarando conceptos

Defender principios y no personas o situaciones en particular, hace que en el camino se puedan ir perdiendo apoyos o amistades. A la vez, hace el camino sumamente fácil; si se defienden principios, la ruta siempre estará clara. 

Redacción República |
03 de octubre, 2023
EDITORIAL | Aclarando conceptos

Debido a la serie de acciones que se han presentado en torno al proceso electoral, pero también en relación con la adquisición del sistema conocido como TREP, puede haber confusión en cuanto las pretensiones y alcances de cada una de esas acciones. Es pertinente insistir en algunas aclaraciones. 

Los vicios que probablemente hay en la constitución del partido Movimiento Semilla dan lugar a la persecución penal de los autores de esa falsedad. Aquí, la responsabilidad es personal. 

Además, es causal para una suspensión administrativa del partido por parte del TSE. La LEPP le otorga al partido 6 meses para subsanar los errores y, de no hacerlo, procede la cancelación. No antes. 

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En cuanto al resultado del proceso electoral, los partidos tuvieron la oportunidad de impugnar en mesa los votos e impugnar el resultado, algo que hicieron y provocó las audiencias de revisión que realizaron las juntas receptoras, ante los fiscales de los partidos. Tanto la Corte Suprema de Justicia como la de Constitucionalidad resolvieron que ese procedimiento se llevó a cabo de acuerdo con la ley. 

La segunda vuelta también fue impugnada por el partido perdedor y esa impugnación fue rechazada. El TSE certificó la segunda vuelta y entregó las credenciales al binomio presidencial ganador. De acuerdo con la Constitución y con las leyes de Guatemala, ya nada ni nadie puede alterar o revertir esos resultados. 

En los últimos días hay algo que añade a la confusión, y son las acciones del MP en contra de los magistrados del TSE por la adquisición del sistema conocido como TREP. Esas acciones tienen como finalidad investigar si cometieron delitos en la compra de dicho sistema. De ser así, la responsabilidad penal recaería sobre ellos, nada más tendría qué ver con el proceso electoral o su resultado. No se deben confundir las dos cosas. 

Lo anterior lleva a la conclusión lógica siguiente: que nada ni nadie puede —legalmente­— impedir que los ganadores de la elección tomen posesión, pero los magistrados del TSE, así como personal administrativo, sí pueden resultar responsables de cometer delitos en la compra del TREP. 

Si la democracia descansa sobre la posibilidad de que los ciudadanos puedan elegir libremente a sus representantes, la república descansa sobre la división de poderes y el Estado de derecho. La decisión popular ya fue tomada y ahora debe prevalecer el Estado de derecho, lo que implica respetar aquella decisión y no pretender alterarla vulnerando, además, la división de poderes.