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Ilegalidades en el Presupuesto 2015 son evidentes

Redacción República
09 de diciembre, 2014

Según explica el abogado constitucionalista Gabriel Orellana, quienes están inconformes con el Presupuesto de Ingresos y Egresos aprobado para el 2015 tienen lo que queda del año para preparar sus acciones legales, ya que se puede impugnar hasta que entre en vigor el 1 de enero.

Según el profesional, el Decreto 22-2014 está tan mal planteado que lo considera “un mamarracho”. En los últimos días analistas y expertos lo han analizado, encontrándose que se han violado al menos cuatro leyes y tres preceptos constitucionales al aprobarlo.

Se menciona por ejemplo el precepto de capacidad de pago de la Constitución Política de la República que se violó al aprobar un impuesto de Q5 a todas las líneas telefónicas fijas y móviles. También se habla del precepto de doble tributación, ya que las empresas de telefonía pagan por el uso de frecuencias y los usuarios de líneas volverían a hacerlo.

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Por otro lado, el principio  de la retroactividad de la ley no se respetó al querer cobrar regalías a la minería con una nueva ley y no con un pacto entre empresas y Estado, como se ha hecho hasta hoy. Al concretarse un fraude de ley se habría violado la Ley del Organismo Judicial.

La Ley Orgánica del Presupuesto es la que establece las reglas a las que deben sujetarse los presupuestos en forma anual, mientras que la Ley del Presupuesto que se aprueba cada año teóricamente está prevista para una vigencia sólo de un año. Esto se transgredió pues en La Ley Orgánica del Presupuesto se indica que en el presupuesto anual no deben generarse tributos ya que es una ley temporal, y con eso también se vulneró el Código Tributario.

En cuanto a que ahora se pueden trasladar nuevamente fondos a Organizaciones No Gubernamentales (ONGs) es ilegal porque la Constitución no autoriza en forma expresa el traslado de fondos a entidades privadas.

Se necesita una buena estrategia

Orellana señala que con todo lo antes mencionado se pueden presentar amparos e inconstitucionalidades, ya sea por cada artículo que tenga alguna ilegalidad, o impugnando todo el Decreto 22-2014 o sólo uno de sus libros.

Aquí es muy importante la estrategia de quienes lo harán, deben ser muy cautos en sus acciones, analizar bien cada paso”, explica. Si se presentan muchas acciones legales el proceso podría complicarse y tardarse más para llegar a una resolución, como ocurrió recientemente con la Ley de Telecomunicaciones.

Tomando en cuenta los hechos, según el experto, las acciones que se presenten en contra de lo aprobado  tienen muchas probabilidades de prosperar porque las faltas son obvias.

Sin embargo, cuánto tiempo se tarde la Corte de Constitucionalidad (CC) depende de varios factores, uno de ellos es la voluntad política que haya. En un escenario optimista podría suspender lo aprobado temporalmente en cuanto conozcan los amparos, si lo considera dañino.

Pero esto es difícil, tomando en cuenta que pronto los integrantes de la CC deberán ser elegidos, y es probable que los actuales quieran favorecer su reelección actuando a favor del Gobierno”, opina Orellana.

En ese contexto, una vez recibidas las acciones legales y sin amparo provisional el proceso se podría retrasar, como se ha visto en otros casos, haciendo los tiempos procesales más largos. “Podría tardar hasta un año en resolverse”, explica.

En ese caso, el Gobierno de Pérez tendría el dinero que necesita en su último año, que es electoral, y sería el siguiente gobernante el que tendría que lidiar con las resoluciones de la CC. “Por ejemplo, si en un caso se tuviera que devolver algún dinero ya recaudado sería el siguiente Gobierno el que tendría que resolverlo”, concluye.

Se preparan

Son varias las entidades, tanto empresariales como políticas y civiles, las que han decidido interponer acciones legales contra el presupuesto 2015 una vez entre en vigor.

Según explica Stuardo Ralón, abogado de la Cámara del Agro (Camagro), ellos van a presentar una acción de amparo en contra del Congreso para que se cumpla con la aprobación de la ejecución del gasto de ingresos y egresos del período fiscal anterior, y una acción de inconstitucionalidad sobre algunos aspectos parciales contenidos en el Decreto 22-2014.

Ralón explica que luego de analizar los documentos aprobados se basarán en que la aprobación del presupuesto es un Acto Legislativo y no una Ley ordinaria, por lo que no genera efectos a la administración pública ni puede modificar leyes que ya están vigentes.

“Denunciamos que el Decreto 22-2014 incurre en una serie de ilegalidades, demostrando además una total carencia de observancia de los requisitos mínimos de la técnica jurídica legislativa, falta de transparencia y un desmedido incremento de la deuda”, señaló José Santiago Molina, presidente de Camagro.

Ralón señala que son ilegalidades y resoluciones violatorias a la Constitución, que además de contravenir el principio de legalidad podrían también contravenir el principio de unidad presupuestaria, además de violar la Ley Orgánica del Presupuesto.

“Los tributos sólo se pueden crear con leyes específicas, por lo que todo el libro II del presupuesto aprobado es inconstitucional y esperamos que se anule”, señala Ralón. Refiere que ya hubo un precedente pues en 1995 la CC dio un amparo provisional al presupuesto de ese año, luego declaró inconstitucional algunos artículos aprobados. “Esperamos que en este caso también se dé un amparo provisional y no se tengan que pagar esos impuestos y aumentos de regalías que están fuera de la ley. Creemos que los ciudadanos no deben acatar algo que es ilegal”, concluye.

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Ilegalidades en el Presupuesto 2015 son evidentes

Redacción República
09 de diciembre, 2014

Según explica el abogado constitucionalista Gabriel Orellana, quienes están inconformes con el Presupuesto de Ingresos y Egresos aprobado para el 2015 tienen lo que queda del año para preparar sus acciones legales, ya que se puede impugnar hasta que entre en vigor el 1 de enero.

Según el profesional, el Decreto 22-2014 está tan mal planteado que lo considera “un mamarracho”. En los últimos días analistas y expertos lo han analizado, encontrándose que se han violado al menos cuatro leyes y tres preceptos constitucionales al aprobarlo.

Se menciona por ejemplo el precepto de capacidad de pago de la Constitución Política de la República que se violó al aprobar un impuesto de Q5 a todas las líneas telefónicas fijas y móviles. También se habla del precepto de doble tributación, ya que las empresas de telefonía pagan por el uso de frecuencias y los usuarios de líneas volverían a hacerlo.

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Por otro lado, el principio  de la retroactividad de la ley no se respetó al querer cobrar regalías a la minería con una nueva ley y no con un pacto entre empresas y Estado, como se ha hecho hasta hoy. Al concretarse un fraude de ley se habría violado la Ley del Organismo Judicial.

La Ley Orgánica del Presupuesto es la que establece las reglas a las que deben sujetarse los presupuestos en forma anual, mientras que la Ley del Presupuesto que se aprueba cada año teóricamente está prevista para una vigencia sólo de un año. Esto se transgredió pues en La Ley Orgánica del Presupuesto se indica que en el presupuesto anual no deben generarse tributos ya que es una ley temporal, y con eso también se vulneró el Código Tributario.

En cuanto a que ahora se pueden trasladar nuevamente fondos a Organizaciones No Gubernamentales (ONGs) es ilegal porque la Constitución no autoriza en forma expresa el traslado de fondos a entidades privadas.

Se necesita una buena estrategia

Orellana señala que con todo lo antes mencionado se pueden presentar amparos e inconstitucionalidades, ya sea por cada artículo que tenga alguna ilegalidad, o impugnando todo el Decreto 22-2014 o sólo uno de sus libros.

Aquí es muy importante la estrategia de quienes lo harán, deben ser muy cautos en sus acciones, analizar bien cada paso”, explica. Si se presentan muchas acciones legales el proceso podría complicarse y tardarse más para llegar a una resolución, como ocurrió recientemente con la Ley de Telecomunicaciones.

Tomando en cuenta los hechos, según el experto, las acciones que se presenten en contra de lo aprobado  tienen muchas probabilidades de prosperar porque las faltas son obvias.

Sin embargo, cuánto tiempo se tarde la Corte de Constitucionalidad (CC) depende de varios factores, uno de ellos es la voluntad política que haya. En un escenario optimista podría suspender lo aprobado temporalmente en cuanto conozcan los amparos, si lo considera dañino.

Pero esto es difícil, tomando en cuenta que pronto los integrantes de la CC deberán ser elegidos, y es probable que los actuales quieran favorecer su reelección actuando a favor del Gobierno”, opina Orellana.

En ese contexto, una vez recibidas las acciones legales y sin amparo provisional el proceso se podría retrasar, como se ha visto en otros casos, haciendo los tiempos procesales más largos. “Podría tardar hasta un año en resolverse”, explica.

En ese caso, el Gobierno de Pérez tendría el dinero que necesita en su último año, que es electoral, y sería el siguiente gobernante el que tendría que lidiar con las resoluciones de la CC. “Por ejemplo, si en un caso se tuviera que devolver algún dinero ya recaudado sería el siguiente Gobierno el que tendría que resolverlo”, concluye.

Se preparan

Son varias las entidades, tanto empresariales como políticas y civiles, las que han decidido interponer acciones legales contra el presupuesto 2015 una vez entre en vigor.

Según explica Stuardo Ralón, abogado de la Cámara del Agro (Camagro), ellos van a presentar una acción de amparo en contra del Congreso para que se cumpla con la aprobación de la ejecución del gasto de ingresos y egresos del período fiscal anterior, y una acción de inconstitucionalidad sobre algunos aspectos parciales contenidos en el Decreto 22-2014.

Ralón explica que luego de analizar los documentos aprobados se basarán en que la aprobación del presupuesto es un Acto Legislativo y no una Ley ordinaria, por lo que no genera efectos a la administración pública ni puede modificar leyes que ya están vigentes.

“Denunciamos que el Decreto 22-2014 incurre en una serie de ilegalidades, demostrando además una total carencia de observancia de los requisitos mínimos de la técnica jurídica legislativa, falta de transparencia y un desmedido incremento de la deuda”, señaló José Santiago Molina, presidente de Camagro.

Ralón señala que son ilegalidades y resoluciones violatorias a la Constitución, que además de contravenir el principio de legalidad podrían también contravenir el principio de unidad presupuestaria, además de violar la Ley Orgánica del Presupuesto.

“Los tributos sólo se pueden crear con leyes específicas, por lo que todo el libro II del presupuesto aprobado es inconstitucional y esperamos que se anule”, señala Ralón. Refiere que ya hubo un precedente pues en 1995 la CC dio un amparo provisional al presupuesto de ese año, luego declaró inconstitucional algunos artículos aprobados. “Esperamos que en este caso también se dé un amparo provisional y no se tengan que pagar esos impuestos y aumentos de regalías que están fuera de la ley. Creemos que los ciudadanos no deben acatar algo que es ilegal”, concluye.