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Proyecto de ley elimina los contrapesos en la SAT

Luis Gonzalez
13 de abril, 2016

De aprobarse el proyecto que pretende reformar el Decreto 1-98, Ley Orgánica de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), se perderían los contrapesos en el ente recaudador porque todo el control de la institución quedaría en manos de los ministerios de Finanzas y Economía, así como del Banco de Guatemala, entidades cuyos jefes son nombrados por el Presidente de la República,

En la actualidad el Directorio está conformado por seis directores:

El Ministro de Finanzas, que preside el Directorio

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El Superintendente de Administración Tributaria, nombrado por el Presidente de la República de una terna presentada por el Directorio

Cuatro titulares nombrados por el Presidente de la República de una lista de doce profesionales propuesta por la Comisión de Postulación, conformada por la Universidad de San Carlos de Guatemala, representantes de las universidades privadas y delegados de los colegios de Ciencias Económicas y de Ciencias Jurídicas que suma nueve integrantes.

La iniciativa de ley, ya presentada en el Congreso de la República, cambia este esquema y lo deja así:

El Directorio estará conformado por tres directores:

El Ministro de Finanzas

El Ministro de Economía

El Presidente del Banco de Guatemala

En este esquema el Superintendente de Administración Tributaria solo estará presente en las reuniones del Directorio cuando tenga que presentar informes y su función se centrará en el área operativa de la institución, tanto a lo interno como a lo externo, y ya no será nombrado de manera directa por el Presidente de la República, sino por el Directorio,  que como se mencionó, son los tres funcionarios designados por el mandatario de la nación.

SAT tendría preeminencias como Junta Monetaria, Banguat y SB

Aparte de las reformas a la ley de la SAT, también se incluyen cambios a la Ley de Bancos y Grupos Financieros para que la entidad recaudadora goce de las preeminencias que ahora solo tienen la Junta Monetaria, el Banco de Guatemala (Banguat) y la Superintendencia de Bancos (SB).

La normativa actual prohíbe a los funcionarios, representantes legales y cualquier empleado de los bancos, facilitar información de sus cuentahabientes, excepto a las instituciones citadas, pero con las reformas se pretende incluir entre estas entidades a la SAT.

Para ello se solicitan las modificaciones a la Ley de Bancos y Grupos Financieros y también se plantean reformas al Código Tributario. Se establece que para tener acceso a los registros bancarios de un contribuyente se requerirá autorización de un juez, pero se establece un plazo de tres días para que el juzgador resuelva sin necesidad de notificar o citar a la persona de quien se piden los registros y se le dan tres días adicionales para notificar a la SAT su resolución.

Ya con la vía libre, la SAT pedirá la información a la entidad financiera que tiene 10 días para enviar los datos y el ente recaudador cuenta con un mes para informar al juez el resultado de su verificación y si procede alguna denuncia penal o procedimiento administrativo contra el contribuyente, que hasta el final de la investigación, será notificado acerca del resultado de las averiguaciones.

La auditoría de la SAT en este ramo abarcará a los bancos y también las gestiones financieras de los contribuyentes en las llamadas off-shore. El alcance es hacia “movimientos bancarios, transacciones, inversiones, activos disponibles” y “cualquier operación y servicios de personas individuales, jurídicas, ente o patrimonio…”

Atacar la corrupción y la impunidad, los objetivos

Según la exposición de motivos del proyecto llamado “Ley para el Fortalecimiento de la Transparencia Fiscal y la Gobernanza de la SAT”, con los cambios se pretende atacar la corrupción y la impunidad para recuperar la confianza de los contribuyentes.

Las reformas pretenden crear el Tribunal Administrativo, Tributario y Aduanero (TRIBUTA), el cual se encargará de conocer y resolver las impugnaciones relacionadas con el tema tributario, antes que los casos vayan a los tribunales. Este órgano se integrará con tres abogados y dos contadores y auditores especializados. Además, contará con el apoyo de una Unidad Técnica.

Asimismo, se establece que el Superintendente, los intendentes y miembros del TRIBUTA, presentarán su Declaración Jurada Patrimonial, la cual deberá publicarse en el portal de la SAT a más tardar el 15 de febrero de cada año. Llama la atención que esta regulación no aplica a los tres directores de la SAT: los ministros de Finanzas, Economía y el presidente del Banguat.

Actual Superintendente estará cinco años

La propuesta de ley también indica que el recién nombrado jefe de la SAT, Juan Francisco Solórzano Foppa, un abogado especializado en derecho penal, continuará en el cargo hasta el 31 de diciembre de 2020, aunque podría ser reelecto. Según la normativa planteada en el Congreso, tal como lo establece la actual ley, uno de los motivos más importantes para ser removido, es no cumplir con la meta de recaudación.

En el caso de los cinco miembros del TRIBUTA, serán sustituidos uno por uno cada año, a partir de 2018. La Ley establece que mientras se nombra a los primeros integrantes del TRIBUTA, funcionará el ente de manera interina. Este proyecto de ley debe ser aprobado por el voto de 105 diputados y cobrará vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.

De acuerdo con Mario Taracena, presidente del Legislativo, el proyecto podría ser aprobado de urgencia nacional.

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Proyecto de ley elimina los contrapesos en la SAT

Luis Gonzalez
13 de abril, 2016

De aprobarse el proyecto que pretende reformar el Decreto 1-98, Ley Orgánica de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), se perderían los contrapesos en el ente recaudador porque todo el control de la institución quedaría en manos de los ministerios de Finanzas y Economía, así como del Banco de Guatemala, entidades cuyos jefes son nombrados por el Presidente de la República,

En la actualidad el Directorio está conformado por seis directores:

El Ministro de Finanzas, que preside el Directorio

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El Superintendente de Administración Tributaria, nombrado por el Presidente de la República de una terna presentada por el Directorio

Cuatro titulares nombrados por el Presidente de la República de una lista de doce profesionales propuesta por la Comisión de Postulación, conformada por la Universidad de San Carlos de Guatemala, representantes de las universidades privadas y delegados de los colegios de Ciencias Económicas y de Ciencias Jurídicas que suma nueve integrantes.

La iniciativa de ley, ya presentada en el Congreso de la República, cambia este esquema y lo deja así:

El Directorio estará conformado por tres directores:

El Ministro de Finanzas

El Ministro de Economía

El Presidente del Banco de Guatemala

En este esquema el Superintendente de Administración Tributaria solo estará presente en las reuniones del Directorio cuando tenga que presentar informes y su función se centrará en el área operativa de la institución, tanto a lo interno como a lo externo, y ya no será nombrado de manera directa por el Presidente de la República, sino por el Directorio,  que como se mencionó, son los tres funcionarios designados por el mandatario de la nación.

SAT tendría preeminencias como Junta Monetaria, Banguat y SB

Aparte de las reformas a la ley de la SAT, también se incluyen cambios a la Ley de Bancos y Grupos Financieros para que la entidad recaudadora goce de las preeminencias que ahora solo tienen la Junta Monetaria, el Banco de Guatemala (Banguat) y la Superintendencia de Bancos (SB).

La normativa actual prohíbe a los funcionarios, representantes legales y cualquier empleado de los bancos, facilitar información de sus cuentahabientes, excepto a las instituciones citadas, pero con las reformas se pretende incluir entre estas entidades a la SAT.

Para ello se solicitan las modificaciones a la Ley de Bancos y Grupos Financieros y también se plantean reformas al Código Tributario. Se establece que para tener acceso a los registros bancarios de un contribuyente se requerirá autorización de un juez, pero se establece un plazo de tres días para que el juzgador resuelva sin necesidad de notificar o citar a la persona de quien se piden los registros y se le dan tres días adicionales para notificar a la SAT su resolución.

Ya con la vía libre, la SAT pedirá la información a la entidad financiera que tiene 10 días para enviar los datos y el ente recaudador cuenta con un mes para informar al juez el resultado de su verificación y si procede alguna denuncia penal o procedimiento administrativo contra el contribuyente, que hasta el final de la investigación, será notificado acerca del resultado de las averiguaciones.

La auditoría de la SAT en este ramo abarcará a los bancos y también las gestiones financieras de los contribuyentes en las llamadas off-shore. El alcance es hacia “movimientos bancarios, transacciones, inversiones, activos disponibles” y “cualquier operación y servicios de personas individuales, jurídicas, ente o patrimonio…”

Atacar la corrupción y la impunidad, los objetivos

Según la exposición de motivos del proyecto llamado “Ley para el Fortalecimiento de la Transparencia Fiscal y la Gobernanza de la SAT”, con los cambios se pretende atacar la corrupción y la impunidad para recuperar la confianza de los contribuyentes.

Las reformas pretenden crear el Tribunal Administrativo, Tributario y Aduanero (TRIBUTA), el cual se encargará de conocer y resolver las impugnaciones relacionadas con el tema tributario, antes que los casos vayan a los tribunales. Este órgano se integrará con tres abogados y dos contadores y auditores especializados. Además, contará con el apoyo de una Unidad Técnica.

Asimismo, se establece que el Superintendente, los intendentes y miembros del TRIBUTA, presentarán su Declaración Jurada Patrimonial, la cual deberá publicarse en el portal de la SAT a más tardar el 15 de febrero de cada año. Llama la atención que esta regulación no aplica a los tres directores de la SAT: los ministros de Finanzas, Economía y el presidente del Banguat.

Actual Superintendente estará cinco años

La propuesta de ley también indica que el recién nombrado jefe de la SAT, Juan Francisco Solórzano Foppa, un abogado especializado en derecho penal, continuará en el cargo hasta el 31 de diciembre de 2020, aunque podría ser reelecto. Según la normativa planteada en el Congreso, tal como lo establece la actual ley, uno de los motivos más importantes para ser removido, es no cumplir con la meta de recaudación.

En el caso de los cinco miembros del TRIBUTA, serán sustituidos uno por uno cada año, a partir de 2018. La Ley establece que mientras se nombra a los primeros integrantes del TRIBUTA, funcionará el ente de manera interina. Este proyecto de ley debe ser aprobado por el voto de 105 diputados y cobrará vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.

De acuerdo con Mario Taracena, presidente del Legislativo, el proyecto podría ser aprobado de urgencia nacional.