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Por qué el Impuesto de Circulación se puede pagar hasta el 2 de agosto

Sandra Vi
02 de julio, 2021

Los propietarios de los 4 millones 322 mil 837 automotores, particulares, comerciales y motocicletas, que conforman el parque vehicular en el país, pueden pagar el impuesto de circulación hasta el 2 de agosto de 2021.

¿Por qué?, debido a que este 2021 la fecha límite de pago del Impuesto Sobre Circulación de Vehículos (ISCV) es sábado 31 de julio, día inhábil, se traslada al siguiente día hábil inmediato, es decir el 2 de agosto. Esto está establecido en el Decreto 70-94 artículo 29.

Según la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), este año no existe prórroga para el pago de este tributo, como sí ocurrió en 2020 cuando el Congreso de la República, derivado de los efectos de la pandemia de covid-19, aprobó ampliar el plazo por tres meses.

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Pasos para pagar el impuesto de circulación

  1. Ingresar en el portal www.sat.gob.gt
  2. Dirigirse a la pestaña “Declaración de Impuestos”.
  3. Haz “clic” en la opción de “Declaraguate”.
  4. Dirigirse al numeral 5 (Vehículos) y seleccionar el formulario de vehículos.
  5. Ingresa el captcha y selecciona “Llenar SAT 4091”.
  6. Ingresa los datos requeridos (NIT y número de placa del vehículo) y haz “clic” en “Buscar”.
  7. Seleccionar “Validar” y luego haz “clic” en “Imprimir formulario”.
  8. Realizar el pago en línea o banco autorizados.

Te sugerimos leer:

Cinco datos que debes saber del impuesto de circulación

Impuesto de Circulación se podrá pagar hasta el 2 de agosto, según la SAT

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02 de julio, 2021

Los propietarios de los 4 millones 322 mil 837 automotores, particulares, comerciales y motocicletas, que conforman el parque vehicular en el país, pueden pagar el impuesto de circulación hasta el 2 de agosto de 2021.

¿Por qué?, debido a que este 2021 la fecha límite de pago del Impuesto Sobre Circulación de Vehículos (ISCV) es sábado 31 de julio, día inhábil, se traslada al siguiente día hábil inmediato, es decir el 2 de agosto. Esto está establecido en el Decreto 70-94 artículo 29.

Según la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), este año no existe prórroga para el pago de este tributo, como sí ocurrió en 2020 cuando el Congreso de la República, derivado de los efectos de la pandemia de covid-19, aprobó ampliar el plazo por tres meses.

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  5. Ingresa el captcha y selecciona “Llenar SAT 4091”.
  6. Ingresa los datos requeridos (NIT y número de placa del vehículo) y haz “clic” en “Buscar”.
  7. Seleccionar “Validar” y luego haz “clic” en “Imprimir formulario”.
  8. Realizar el pago en línea o banco autorizados.

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