Debido a la conmemoración de la fiesta patronal en honor a la Virgen de la Asunción en la ciudad de Guatemala, la Junta Monetaria autorizó que la red bancaria de la ciudad capital cierre sus puertas el lunes 16 de agosto.
Sin embargo queda a discreción de los bancos, sucursales y agencias bancarias, sociedades financieras, compañías de seguros, compañías almacenadoras y casas de cambio, atender al público en agencias o en ventanillas especiales.
Este aviso lo realiza la Superintendencia de Bancos de conformidad con el artículo 8º del “Reglamento de Asuetos de las Instituciones Bancarias que operan en la República”, Resolución de la Junta Monetaria No. 2079 del 15 de mayo de 1957.
Así como el Acuerdo Gubernativo de fecha 6 de octubre de 1980 “Normas sobre Cierres y Asuetos de las Compañías de Seguros y Fianzas
Además, el listado de agencias bancarias que brindarán servicio especial puede consultarse en el sitio web de la SIB.
Asuetos que no se pueden correr
La Corte de Constitucionalidad resolvió que no se pueden correr los asuetos del 1 de mayo y del 20 de octubre para el día hábil más cercano, tal como lo establecía la Ley de Turismo Interno, aprobada en el 2018.
Los magistrados resolvieron a favor una inconstitucionalidad parcial planteada por el Sindicato de Trabajadores de la Empresa Industria de Café; Sociedad Anónima, Anexos y Conexos (SITINCA).
De esa cuenta, ya no se correrá el asueto del Día del Trabajador (1 de mayo) y el Día de la Revolución (20 de octubre).
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Sin embargo queda a discreción de los bancos, sucursales y agencias bancarias, sociedades financieras, compañías de seguros, compañías almacenadoras y casas de cambio, atender al público en agencias o en ventanillas especiales.
Este aviso lo realiza la Superintendencia de Bancos de conformidad con el artículo 8º del “Reglamento de Asuetos de las Instituciones Bancarias que operan en la República”, Resolución de la Junta Monetaria No. 2079 del 15 de mayo de 1957.
Así como el Acuerdo Gubernativo de fecha 6 de octubre de 1980 “Normas sobre Cierres y Asuetos de las Compañías de Seguros y Fianzas
Además, el listado de agencias bancarias que brindarán servicio especial puede consultarse en el sitio web de la SIB.
Asuetos que no se pueden correr
La Corte de Constitucionalidad resolvió que no se pueden correr los asuetos del 1 de mayo y del 20 de octubre para el día hábil más cercano, tal como lo establecía la Ley de Turismo Interno, aprobada en el 2018.
Los magistrados resolvieron a favor una inconstitucionalidad parcial planteada por el Sindicato de Trabajadores de la Empresa Industria de Café; Sociedad Anónima, Anexos y Conexos (SITINCA).
De esa cuenta, ya no se correrá el asueto del Día del Trabajador (1 de mayo) y el Día de la Revolución (20 de octubre).
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