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Derogan acuerdo sobre prevención de Covid que aplicaba a empresas

El Ministerio de Trabajo emitió un acuerdo gubernativo para dejar sin efecto el reglamento para prevenir el covid en los centros de trabajo de Guatemala.

El Ministerio de Trabajo (Mintrab) emitió el Acuerdo Gubernativo 19-2023 para dejar sin efecto el Reglamento sobre las medidas de prevención para mitigar el contagio del SARS COV-2 en los centros de trabajo del país.
Sandra Vi
01 de febrero, 2023

El Ministerio de Trabajo (Mintrab) emitió el Acuerdo Gubernativo 19-2023 para dejar sin efecto el Reglamento sobre las medidas de prevención para mitigar el contagio del SARS COV-2 en los centros de trabajo del país, Acuerdo Gubernativo 179-2022.

"Se deroga el Acuerdo Gubernativo Número 179-2022 de fecha 18 de julio de 2022...El presente Acuerdo empieza a regir el día de su publicación en el Diario de Centro América", se lee en el Acuerdo Gubernativo 19-2023.

Según el Mintrab es necesario derogar dicho reglamento en virtud que el mismo no responde al objeto para el cual fue emitido en su momento.

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"Que a través del Acuerdo Ministerial 158-2022 del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social de fecha 11 de mayo de 2022, que contiene el Sistema de Alertas Sanitarias y disposiciones Sanitarias para la Apertura de la Nueva Normalidad, se promovió la emisión del Acuerdo Gubernativo Número 179-2022, de fecha 18 de julio de 2022, aprobando el Reglamento sobre las Medidas de Prevención para Mitigar el Contagio del SARS-COV-2 en los Centros de Trabajo, el cual derivado del tiempo transcurrido desde el inicio de la pandemia, avances en la vacunación, disminución de la letalidad de la enfermedad, así como la reciente emisión del Acuerdo Ministerial 238-2022 del Ministerio de Salud de fecha 6 de octubre de 2022, que reformó el Acuerdo Ministerial 158-2022 del Ministerio de Salud, con el que se promovió la emisión del Acuerdo 179-2022, se hace necesario derogar dicho cuerpo normativo, en virtud que el mismo no responde al objeto para el cual fue emitido en su momento", se lee en el documento publicado este martes 1 de febrero en el Diario de Centro América.

"El acuerdo deroga la totalidad de los contenidos que incluía el acuerdo 179-2022. Es decir que actualmente ya no existe una regulación específica relativa a Covid en los centros de trabajo por parte de Mintrab. Si en un futuro el Ministerio de Salud como ente competente emite una nueva disposición por alguna evolución del Covid o por alguna otea razón,  el Ministerio realizará el análisis para tomar las acciones correspondientes", de acuerdo con la Dirección de Comunicación Social del Ministerio de Trabajo.

Algunas clausulas del reglamento que quedan sin efecto

Algunas de las clausulas que contiene el reglamento estaban relacionadas con el distanciamiento, limpieza y equipo de protección personal, entre otros.

Distanciamiento social

Mantener el distanciamiento social dentro de los centros de trabajo que permita la separación física de las personas, de conformidad con lo establecido en el Sistema de Alertas Sanitarias y Disposiciones Sanitarias del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social.

Cuando por la naturaleza de las actividades no sea posible el distanciamiento antes referido, se debe disponer de barreras físicas que minimicen el contagio.

Limpieza y desinfección

Limpiar y desinfectar de manera constante las áreas de trabajo, así como las herramientas, materiales y superficies de uso o contacto frecuente, proporcionando los insumos adecuados para la desinfección.

Alcohol y lavado de manos

Proporcionar alcohol líquido o en gel, que posea al menos setenta por ciento de concentración, así también, jabón para el correcto lavado de manos, de forma gratuita y periódica a sus trabajadores.

Equipo de protección personal

En los casos en que el Sistema de Alertas Sanitarias y Disposiciones Sanitarias disponga su uso, el patrono debe proporcionar periódicamente, mascarillas o cubrebocas a los trabajadores.

Información, difusión y señalización

Impulsar campañas de información y difusión, motivando la participación de los trabajadores a evitar el contagio del SARS COV-2; así como también, difundir las disposiciones sanitarias que sean emitidas por los órganos competentes dentro de los centros de trabajo, manteniendo las señalizaciones que correspondan para tal efecto.

Calendarización de capacitaciones

Calendarizar y permitir al monitor o los monitores de salud y seguridad ocupacional, que capaciten a los trabajadores del centro de trabajo sobre estrategias para minimizar el riesgo de contagio del SARS COV-2.

 

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El Ministerio de Trabajo emitió un acuerdo gubernativo para dejar sin efecto el reglamento para prevenir el covid en los centros de trabajo de Guatemala.

El Ministerio de Trabajo (Mintrab) emitió el Acuerdo Gubernativo 19-2023 para dejar sin efecto el Reglamento sobre las medidas de prevención para mitigar el contagio del SARS COV-2 en los centros de trabajo del país.
Sandra Vi
01 de febrero, 2023

El Ministerio de Trabajo (Mintrab) emitió el Acuerdo Gubernativo 19-2023 para dejar sin efecto el Reglamento sobre las medidas de prevención para mitigar el contagio del SARS COV-2 en los centros de trabajo del país, Acuerdo Gubernativo 179-2022.

"Se deroga el Acuerdo Gubernativo Número 179-2022 de fecha 18 de julio de 2022...El presente Acuerdo empieza a regir el día de su publicación en el Diario de Centro América", se lee en el Acuerdo Gubernativo 19-2023.

Según el Mintrab es necesario derogar dicho reglamento en virtud que el mismo no responde al objeto para el cual fue emitido en su momento.

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"Que a través del Acuerdo Ministerial 158-2022 del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social de fecha 11 de mayo de 2022, que contiene el Sistema de Alertas Sanitarias y disposiciones Sanitarias para la Apertura de la Nueva Normalidad, se promovió la emisión del Acuerdo Gubernativo Número 179-2022, de fecha 18 de julio de 2022, aprobando el Reglamento sobre las Medidas de Prevención para Mitigar el Contagio del SARS-COV-2 en los Centros de Trabajo, el cual derivado del tiempo transcurrido desde el inicio de la pandemia, avances en la vacunación, disminución de la letalidad de la enfermedad, así como la reciente emisión del Acuerdo Ministerial 238-2022 del Ministerio de Salud de fecha 6 de octubre de 2022, que reformó el Acuerdo Ministerial 158-2022 del Ministerio de Salud, con el que se promovió la emisión del Acuerdo 179-2022, se hace necesario derogar dicho cuerpo normativo, en virtud que el mismo no responde al objeto para el cual fue emitido en su momento", se lee en el documento publicado este martes 1 de febrero en el Diario de Centro América.

"El acuerdo deroga la totalidad de los contenidos que incluía el acuerdo 179-2022. Es decir que actualmente ya no existe una regulación específica relativa a Covid en los centros de trabajo por parte de Mintrab. Si en un futuro el Ministerio de Salud como ente competente emite una nueva disposición por alguna evolución del Covid o por alguna otea razón,  el Ministerio realizará el análisis para tomar las acciones correspondientes", de acuerdo con la Dirección de Comunicación Social del Ministerio de Trabajo.

Algunas clausulas del reglamento que quedan sin efecto

Algunas de las clausulas que contiene el reglamento estaban relacionadas con el distanciamiento, limpieza y equipo de protección personal, entre otros.

Distanciamiento social

Mantener el distanciamiento social dentro de los centros de trabajo que permita la separación física de las personas, de conformidad con lo establecido en el Sistema de Alertas Sanitarias y Disposiciones Sanitarias del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social.

Cuando por la naturaleza de las actividades no sea posible el distanciamiento antes referido, se debe disponer de barreras físicas que minimicen el contagio.

Limpieza y desinfección

Limpiar y desinfectar de manera constante las áreas de trabajo, así como las herramientas, materiales y superficies de uso o contacto frecuente, proporcionando los insumos adecuados para la desinfección.

Alcohol y lavado de manos

Proporcionar alcohol líquido o en gel, que posea al menos setenta por ciento de concentración, así también, jabón para el correcto lavado de manos, de forma gratuita y periódica a sus trabajadores.

Equipo de protección personal

En los casos en que el Sistema de Alertas Sanitarias y Disposiciones Sanitarias disponga su uso, el patrono debe proporcionar periódicamente, mascarillas o cubrebocas a los trabajadores.

Información, difusión y señalización

Impulsar campañas de información y difusión, motivando la participación de los trabajadores a evitar el contagio del SARS COV-2; así como también, difundir las disposiciones sanitarias que sean emitidas por los órganos competentes dentro de los centros de trabajo, manteniendo las señalizaciones que correspondan para tal efecto.

Calendarización de capacitaciones

Calendarizar y permitir al monitor o los monitores de salud y seguridad ocupacional, que capaciten a los trabajadores del centro de trabajo sobre estrategias para minimizar el riesgo de contagio del SARS COV-2.