Política
Política
Empresa
Empresa
Investigación y Análisis
Investigación y Análisis
Internacional
Internacional
Opinión
Opinión
Inmobiliaria
Inmobiliaria
Agenda Empresarial
Agenda Empresarial

Ocho puntos sobre la iniciativa de tarjetas de crédito que se busca aprobar

Ana González
03 de diciembre, 2019

Una nueva iniciativa de ley sobre tarjetas de crédito tiene dictamen favorable.

Eso quiere decir que si los diputados logran acuerdos, puede iniciar su aprobación en el pleno del Congreso.

La nueva propuesta incluye varios puntos que podrían beneficiar a los usuarios.

SUSCRIBITE A NUESTRO NEWSLETTER

1.- Evaluación de la capacidad de pago

El emisor, previo a conceder la línea de crédito y extrafinanciamiento, o modificar el límite de crédito, debe constatar si el tarjetahabiente tiene la capacidad de atender el pago dentro del plazo.

2.- Convenio de pago

El tarjetahabiente podrá solicitar un convenio de pago cuando:

  • Su situación económica se deteriore o su capacidad de pago se vea altamente afectada.
  • No estar de acuerdo con la modificación a la tasa de interés por parte del emisor.
  • En ambos casos, el emisor debe resolver la solicitud dentro de los 30 días. Si en caso acordaran un convenio debe ser bajo condiciones razonables para que el tarjetahabiente pueda pagar.

3.- Intereses por financiamiento

Al suscribirse el contrato de tarjeta de crédito, las partes podrán pactar una tasa de interés fija o variable.

  • La tasa de interés fija no podrá modificarse durante la vigencia del contrato.
  • La tasa de interés podrá revisarse semestralmente y se le notificará al tarjeta habiente en su estado de cuenta. El emisor debe notificar 45 días antes de modificar la tasa, si no acepta, puede solicitar que si saldo sea cancelado por medio de convenio de pago.

4.- Interés por mora

El interés por mora se calculará sobre el saldo de capital de la o las cuotas de capital en mora. Se aplicará como máximo la tasa de interés por financiamiento pactada. Los intereses no podrán ser capitalizados.

5.- Seguro

El emisor y tarjetahabiente podrán acordar los servicios y pago del seguro por robo, extravío, uso no autorizado. El tarjetahabiente no está obligado a contratar dicho seguro.

6.- Unidad de Protección de Servicios Financieros

Se crea la Unidad de Protección de Servicios Financieros, que será el ente encargado de velar por el respeto y cumplimiento de los derechos de los consumidores.

7.- Creación de delitos

  • Delito de clonación de tarjetas de crédito y se sanciona con penas de prisión de seis a 10 años.
  • Delito de uso de tarjeta de crédito y débito ilegal y se sanciona con penas de prisión de cinco a años.
  • Distribución y Comercialización de tarjeta de crédito y débito ilegal con penas de prisión de seis a ocho años.
  • Uso fraudulento de tarjetas de crédito o débito con penas de prisión de tres a cinco años.

8.- Comisiones y otros pagos

El emisor solo podrá cobrar comisiones y otros cargos que estén previamente pactados con el tarjetahabiente. Dichas comisiones y otros pagos no podrán capitalizarse ni cobrarse intereses.

También te puede interesar:


Ocho puntos sobre la iniciativa de tarjetas de crédito que se busca aprobar

Ana González
03 de diciembre, 2019

Una nueva iniciativa de ley sobre tarjetas de crédito tiene dictamen favorable.

Eso quiere decir que si los diputados logran acuerdos, puede iniciar su aprobación en el pleno del Congreso.

La nueva propuesta incluye varios puntos que podrían beneficiar a los usuarios.

SUSCRIBITE A NUESTRO NEWSLETTER

1.- Evaluación de la capacidad de pago

El emisor, previo a conceder la línea de crédito y extrafinanciamiento, o modificar el límite de crédito, debe constatar si el tarjetahabiente tiene la capacidad de atender el pago dentro del plazo.

2.- Convenio de pago

El tarjetahabiente podrá solicitar un convenio de pago cuando:

  • Su situación económica se deteriore o su capacidad de pago se vea altamente afectada.
  • No estar de acuerdo con la modificación a la tasa de interés por parte del emisor.
  • En ambos casos, el emisor debe resolver la solicitud dentro de los 30 días. Si en caso acordaran un convenio debe ser bajo condiciones razonables para que el tarjetahabiente pueda pagar.

3.- Intereses por financiamiento

Al suscribirse el contrato de tarjeta de crédito, las partes podrán pactar una tasa de interés fija o variable.

  • La tasa de interés fija no podrá modificarse durante la vigencia del contrato.
  • La tasa de interés podrá revisarse semestralmente y se le notificará al tarjeta habiente en su estado de cuenta. El emisor debe notificar 45 días antes de modificar la tasa, si no acepta, puede solicitar que si saldo sea cancelado por medio de convenio de pago.

4.- Interés por mora

El interés por mora se calculará sobre el saldo de capital de la o las cuotas de capital en mora. Se aplicará como máximo la tasa de interés por financiamiento pactada. Los intereses no podrán ser capitalizados.

5.- Seguro

El emisor y tarjetahabiente podrán acordar los servicios y pago del seguro por robo, extravío, uso no autorizado. El tarjetahabiente no está obligado a contratar dicho seguro.

6.- Unidad de Protección de Servicios Financieros

Se crea la Unidad de Protección de Servicios Financieros, que será el ente encargado de velar por el respeto y cumplimiento de los derechos de los consumidores.

7.- Creación de delitos

  • Delito de clonación de tarjetas de crédito y se sanciona con penas de prisión de seis a 10 años.
  • Delito de uso de tarjeta de crédito y débito ilegal y se sanciona con penas de prisión de cinco a años.
  • Distribución y Comercialización de tarjeta de crédito y débito ilegal con penas de prisión de seis a ocho años.
  • Uso fraudulento de tarjetas de crédito o débito con penas de prisión de tres a cinco años.

8.- Comisiones y otros pagos

El emisor solo podrá cobrar comisiones y otros cargos que estén previamente pactados con el tarjetahabiente. Dichas comisiones y otros pagos no podrán capitalizarse ni cobrarse intereses.

También te puede interesar: