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CC ordena disolver bloqueo frente a la sede del Ministerio Público

.
Redacción
18 de octubre, 2023

La Corte de Constitucionalidad (CC), dio un plazo de seis horas a las fuerzas de seguridad para disolver el bloqueo frente a la sede central del Ministerio Público (MP), ubicada en el Barrio Gerona, zona 1 de la capital.

En perspectiva. Los magistrados resolvieron que existen fallos anteriores que ordenan liberar las vías públicas y, por tanto, las autoridades deben acatar y cumplir lo dispuesto por el máximo órgano constitucional.

  • En ese sentido, conminan al ministerio de Gobernación y a la Policía Nacional Civil a quitar a las personas que impiden el libre tránsito en la sede del MP.
  • Los bloqueos que llevan 16 días, son promovidos por el grupo llamado 48 Cantones de Totonicapán, que exige la renuncia de la fiscal general Consuelo Porras y de otros funcionarios.

Qué destacar. "El Pleno de magistrados conoció la gestión del Ministerio Público en la que denuncia el bloqueo prolongado a su sede ubicada en el Barrio Gerona, zona 1 de esta ciudad, derivado de las manifestaciones que han impedido prestar los servicios que competen a dicha Institución", informó la CC.

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  • "El Ministerio Público denuncia incumplimiento de las órdenes dictadas por este Tribunal en la sentencia del expediente 1322-2023, así como en el auto de debida ejecución emitido en ese proceso", agregó.
  • "Al analizar lo denunciado y derivado de que la obligación de garantizar la justicia conlleva el deber de adoptar las medidas pertinentes para resguardar las necesidades de acceso a los entes que proveen servicios esenciales como el acceso a la justicia, reconocida en el artículo 2 de la Constitución, esta Corte ordenó al Ministro de Gobernación y al Director de a Policía Nacional Civil, el resguardo de derechos tutelados en las resoluciones emitidas en este expediente", añadió.

Lo que sigue. Los magistrados dictaron una serie de medidas que debe cumplir el Gobierno.

  • "Ejecutar las acciones y medidas pertinentes para restituir el orden público y habitar el acceso pleno a las sedes del Ministerio Público, asegurando la integridad física de trabajadores y usuarios, lo que deberá realizar en un plazo que no exceda de seis horas", subrayó.
  • "A la Policía Nacional Civil, conforme la previsión contenida en e artículo 257 del Código Procesal Penal, proceder a la aprehensión de los implicados en la comisión de delitos flagrantes", ordenó.
  • "Al Ministerio de la Defensa Nacional, prestar el audio en caso de ser estrictamente necesario y por solicitud de las autoridades cuestionadas, brindando la cooperación por medio del ejército de Guatemala, dentro del marco e sus funciones", remarcó sobre el respaldo a la Policía.

Es noticia. "Al Procurador de los Derechos Humanos, dar acompañamiento las acciones ordenadas, velando por los derechos de todos los involucrados", indicó el fallo de la CC que también establece otras acciones:

  • "Se previene a las autoridades directamente encargadas dela seguridad que, en toda situación en que se anuncien manifestaciones o en medio del realización de éstas, respalden. las instalaciones de todos los órganos estatales encargados, tanto de la administración de Justicia, como ls demás que prestan servicios públicos esenciales, en particular aquellos que tienen reconocimiento constitucional y que por mandato del cuerpo normativo supremo cumplen atribuciones que se traducen en la protección de los derechos humanos. Deben actuar de manera preventiva o reparadora, para garantizar en todo momento, el acceso, permanencia segura y salida de las sedes respectivas, tanto de trabajadores y funcionarios como de los usuarios delos servicios que se proveen en las Instituciones referidas", apuntó el órgano constitucional.
  • "Por el incumplimiento del Ministro de Gobernación que fungía en la fecha en que se emitieron la sentencia y el auto de debida ejecución, se le certifica lo conducente al Ministerio Público para lo que haya lugar", añadió la CC.
  • "Se conmina al debido cumplimiento de este fallo con el apercibimiento al Ministro de Gobernación o funcionario encargado del despacho y al Director General de la Policía Nacional Civil, que en caso de incumplimiento, conforme al artículo 78 de a Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad, serán separados del cargo público ipso facto, sin perjuicio de las demás responsabilidad que por su conducta omisa incurrieron", advirtió la Corte.

 

CC ordena disolver bloqueo frente a la sede del Ministerio Público

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Redacción
18 de octubre, 2023

La Corte de Constitucionalidad (CC), dio un plazo de seis horas a las fuerzas de seguridad para disolver el bloqueo frente a la sede central del Ministerio Público (MP), ubicada en el Barrio Gerona, zona 1 de la capital.

En perspectiva. Los magistrados resolvieron que existen fallos anteriores que ordenan liberar las vías públicas y, por tanto, las autoridades deben acatar y cumplir lo dispuesto por el máximo órgano constitucional.

  • En ese sentido, conminan al ministerio de Gobernación y a la Policía Nacional Civil a quitar a las personas que impiden el libre tránsito en la sede del MP.
  • Los bloqueos que llevan 16 días, son promovidos por el grupo llamado 48 Cantones de Totonicapán, que exige la renuncia de la fiscal general Consuelo Porras y de otros funcionarios.

Qué destacar. "El Pleno de magistrados conoció la gestión del Ministerio Público en la que denuncia el bloqueo prolongado a su sede ubicada en el Barrio Gerona, zona 1 de esta ciudad, derivado de las manifestaciones que han impedido prestar los servicios que competen a dicha Institución", informó la CC.

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  • "El Ministerio Público denuncia incumplimiento de las órdenes dictadas por este Tribunal en la sentencia del expediente 1322-2023, así como en el auto de debida ejecución emitido en ese proceso", agregó.
  • "Al analizar lo denunciado y derivado de que la obligación de garantizar la justicia conlleva el deber de adoptar las medidas pertinentes para resguardar las necesidades de acceso a los entes que proveen servicios esenciales como el acceso a la justicia, reconocida en el artículo 2 de la Constitución, esta Corte ordenó al Ministro de Gobernación y al Director de a Policía Nacional Civil, el resguardo de derechos tutelados en las resoluciones emitidas en este expediente", añadió.

Lo que sigue. Los magistrados dictaron una serie de medidas que debe cumplir el Gobierno.

  • "Ejecutar las acciones y medidas pertinentes para restituir el orden público y habitar el acceso pleno a las sedes del Ministerio Público, asegurando la integridad física de trabajadores y usuarios, lo que deberá realizar en un plazo que no exceda de seis horas", subrayó.
  • "A la Policía Nacional Civil, conforme la previsión contenida en e artículo 257 del Código Procesal Penal, proceder a la aprehensión de los implicados en la comisión de delitos flagrantes", ordenó.
  • "Al Ministerio de la Defensa Nacional, prestar el audio en caso de ser estrictamente necesario y por solicitud de las autoridades cuestionadas, brindando la cooperación por medio del ejército de Guatemala, dentro del marco e sus funciones", remarcó sobre el respaldo a la Policía.

Es noticia. "Al Procurador de los Derechos Humanos, dar acompañamiento las acciones ordenadas, velando por los derechos de todos los involucrados", indicó el fallo de la CC que también establece otras acciones:

  • "Se previene a las autoridades directamente encargadas dela seguridad que, en toda situación en que se anuncien manifestaciones o en medio del realización de éstas, respalden. las instalaciones de todos los órganos estatales encargados, tanto de la administración de Justicia, como ls demás que prestan servicios públicos esenciales, en particular aquellos que tienen reconocimiento constitucional y que por mandato del cuerpo normativo supremo cumplen atribuciones que se traducen en la protección de los derechos humanos. Deben actuar de manera preventiva o reparadora, para garantizar en todo momento, el acceso, permanencia segura y salida de las sedes respectivas, tanto de trabajadores y funcionarios como de los usuarios delos servicios que se proveen en las Instituciones referidas", apuntó el órgano constitucional.
  • "Por el incumplimiento del Ministro de Gobernación que fungía en la fecha en que se emitieron la sentencia y el auto de debida ejecución, se le certifica lo conducente al Ministerio Público para lo que haya lugar", añadió la CC.
  • "Se conmina al debido cumplimiento de este fallo con el apercibimiento al Ministro de Gobernación o funcionario encargado del despacho y al Director General de la Policía Nacional Civil, que en caso de incumplimiento, conforme al artículo 78 de a Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad, serán separados del cargo público ipso facto, sin perjuicio de las demás responsabilidad que por su conducta omisa incurrieron", advirtió la Corte.