CC ordena habilitar paso en las carreteras bloqueadas
La Corte de Constitucionalidad pide respetar el derecho de manifestación, pero también la libre locomoción en todo el país y ordena liberar las carreteras bloqueadas.
La Corte de Constitucionalidad (CC) concedió un amparo provisional para ordenar a las fuerzas de seguridad habilitar el paso en las carreteras bloqueadas por diferentes grupos.
La acción legal fue planteada por el Comité Coordinador de Asociaciones Comerciales, Industriales y Financieras (CACIF), debido a que los bloqueos que llevan cuatro días causan daños económicos y de movilidad a los guatemaltecos.
Los inconformes con las acciones que emprendió el Ministerio Público tras las elecciones generales, bloquearon diferentes vías del país para exigir la renuncia de la Fiscal General, Consuelo Porras y otros fiscales.
La resolución de la CC
"Se ordena a las autoridades denunciadas que, en el presente caso, así como en toda ocasión en las que se anuncie el ejercicio de los derechos de reunión y manifestación pública, como mínimo, procedan conforme a las directrices siguientes:
- Dicten y ejecuten las medidas necesarias para garantizar el libre ejercicio de los derechos de reunión pacífica y de manifestación, así como la libertad de pensamiento
- Asuman acciones en las que, a la vez que se garanticen los derechos antes relacionados, también se observen los derechos de todas las personas en el territorio nacional, a la vida, salud, seguridad, paz, libertad de locomoción de personas y vehículos, libertad de industria, comercio, trabajo y propiedad.
- En caso de manifestación en calles y carreteras, coordinen e implementen acciones tendientes a garantizar que los guatemaltecos realicen sus actividades diarias sin que resulten afectados por el ejercicio del derecho de manifestación, debiendo en caso de ser necesario, habilitar carriles específicos en las carreteras que puedan resultar afectadas, ello para que las personas lleven a cabo las manifestaciones sin interrumpir el ejercicio de los derechos de los demás ciudadanos en cuanto a su libertad de locomoción y movilidad, el acceso a servicios de transporte comercial y de las personas, principalmente deben velar por el libre tránsito de cuerpos de socorro y de las fuerzas de seguridad..."
CC ordena habilitar paso en las carreteras bloqueadas
La Corte de Constitucionalidad pide respetar el derecho de manifestación, pero también la libre locomoción en todo el país y ordena liberar las carreteras bloqueadas.
La Corte de Constitucionalidad (CC) concedió un amparo provisional para ordenar a las fuerzas de seguridad habilitar el paso en las carreteras bloqueadas por diferentes grupos.
La acción legal fue planteada por el Comité Coordinador de Asociaciones Comerciales, Industriales y Financieras (CACIF), debido a que los bloqueos que llevan cuatro días causan daños económicos y de movilidad a los guatemaltecos.
Los inconformes con las acciones que emprendió el Ministerio Público tras las elecciones generales, bloquearon diferentes vías del país para exigir la renuncia de la Fiscal General, Consuelo Porras y otros fiscales.
La resolución de la CC
"Se ordena a las autoridades denunciadas que, en el presente caso, así como en toda ocasión en las que se anuncie el ejercicio de los derechos de reunión y manifestación pública, como mínimo, procedan conforme a las directrices siguientes:
- Dicten y ejecuten las medidas necesarias para garantizar el libre ejercicio de los derechos de reunión pacífica y de manifestación, así como la libertad de pensamiento
- Asuman acciones en las que, a la vez que se garanticen los derechos antes relacionados, también se observen los derechos de todas las personas en el territorio nacional, a la vida, salud, seguridad, paz, libertad de locomoción de personas y vehículos, libertad de industria, comercio, trabajo y propiedad.
- En caso de manifestación en calles y carreteras, coordinen e implementen acciones tendientes a garantizar que los guatemaltecos realicen sus actividades diarias sin que resulten afectados por el ejercicio del derecho de manifestación, debiendo en caso de ser necesario, habilitar carriles específicos en las carreteras que puedan resultar afectadas, ello para que las personas lleven a cabo las manifestaciones sin interrumpir el ejercicio de los derechos de los demás ciudadanos en cuanto a su libertad de locomoción y movilidad, el acceso a servicios de transporte comercial y de las personas, principalmente deben velar por el libre tránsito de cuerpos de socorro y de las fuerzas de seguridad..."