Política
Política
Empresa
Empresa
Investigación y Análisis
Investigación y Análisis
Internacional
Internacional
Opinión
Opinión
Inmobiliaria
Inmobiliaria
Agenda Empresarial
Agenda Empresarial

Cinco requisitos para ingresar en el Programa del Adulto Mayor

Este lunes 7 de febrero se publicaron en el Diario Oficial las reformas que aumentan a Q500 el aporte del programa.

Ana González
07 de febrero, 2022

Los diputados aprobaron las reformas a la Ley del Programa del Adulto Mayor, las cuales fueron publicadas este lunes 7 de febrero en el Diario Oficial. Las modificaciones cobrarán vigencia el 15 de febrero. 

Las modificaciones incluyen los pasos que deben seguir los adultos mayores para recibir el beneficio de Q500 mensual.

Aquí te detallamos los requisitos:

SUSCRIBITE A NUESTRO NEWSLETTER
  • Tener más de 65 años
  • Acudir a la Delegación del Ministerio de Trabajo del departamento donde residan o a la Dirección del Programa del Adulto Mayor
  • Identificarse con su Documento Unico de Identidad (DPI) y entregar copia del mismo. Si no cuenta con el documento, el Renap debe gestionarlo de forma gratuita y remitir al Ministerio de Trabajo el certificado de nacimiento del interesado.
  • Llenar el formulario en donde hace constar:

                           -Su sobrevivencia

                           -No haber perdido la nacionalidad

                           -No estar gozando de ninguna pensión o jubilación de las entidades del Estado o sector pŕivado

                           -No estar prestando servicios a ninguna dependencia del Estado o sector privado

  • Someterse al estudio socioeconómico para verificar su situación en extrema pobreza

Disposiciones

El beneficio económico se entregará a título personal e intransferible y no podrá ser objeto de sucesión de ninguna naturaleza.

El monto del aporte no estará sujeto a gravamen o deducción alguna, cuando por limitaciones físicas, psíquicas o sensoriales el beneficiario se le imposibilite recibir el aporte económico.

El beneficiario del programa se le imposibilite movilizarse para recibir los recursos económicos, podrá hacerse representar como lo establezca el reglamento de esta Ley.

Los recursos provendrán de una asignación anual mínima de Q820 millones que deberá aportar el Estado a través del Ministerio de Finanzas Públicas a partir del ejercicio fiscal del 2022.

Por otra parte, este debe ser incluido dentro de los presupuestos de ingresos y egresos de cada ejercicio fiscal, cuya fuente de financiamiento provendrá de la aprobación, colocación y negociación de bonos del tesoro internos y externos.

La aprobación anual está a cargo del Congreso e ingresos tributarios y saldos de caja y bancos que identifique el Ministerio de Finanzas.

Para su efecto, del aporte se podrá destinar hasta el 3 % para gastos de funcionamiento del programa.

Cinco requisitos para ingresar en el Programa del Adulto Mayor

Este lunes 7 de febrero se publicaron en el Diario Oficial las reformas que aumentan a Q500 el aporte del programa.

Ana González
07 de febrero, 2022

Los diputados aprobaron las reformas a la Ley del Programa del Adulto Mayor, las cuales fueron publicadas este lunes 7 de febrero en el Diario Oficial. Las modificaciones cobrarán vigencia el 15 de febrero. 

Las modificaciones incluyen los pasos que deben seguir los adultos mayores para recibir el beneficio de Q500 mensual.

Aquí te detallamos los requisitos:

SUSCRIBITE A NUESTRO NEWSLETTER
  • Tener más de 65 años
  • Acudir a la Delegación del Ministerio de Trabajo del departamento donde residan o a la Dirección del Programa del Adulto Mayor
  • Identificarse con su Documento Unico de Identidad (DPI) y entregar copia del mismo. Si no cuenta con el documento, el Renap debe gestionarlo de forma gratuita y remitir al Ministerio de Trabajo el certificado de nacimiento del interesado.
  • Llenar el formulario en donde hace constar:

                           -Su sobrevivencia

                           -No haber perdido la nacionalidad

                           -No estar gozando de ninguna pensión o jubilación de las entidades del Estado o sector pŕivado

                           -No estar prestando servicios a ninguna dependencia del Estado o sector privado

  • Someterse al estudio socioeconómico para verificar su situación en extrema pobreza

Disposiciones

El beneficio económico se entregará a título personal e intransferible y no podrá ser objeto de sucesión de ninguna naturaleza.

El monto del aporte no estará sujeto a gravamen o deducción alguna, cuando por limitaciones físicas, psíquicas o sensoriales el beneficiario se le imposibilite recibir el aporte económico.

El beneficiario del programa se le imposibilite movilizarse para recibir los recursos económicos, podrá hacerse representar como lo establezca el reglamento de esta Ley.

Los recursos provendrán de una asignación anual mínima de Q820 millones que deberá aportar el Estado a través del Ministerio de Finanzas Públicas a partir del ejercicio fiscal del 2022.

Por otra parte, este debe ser incluido dentro de los presupuestos de ingresos y egresos de cada ejercicio fiscal, cuya fuente de financiamiento provendrá de la aprobación, colocación y negociación de bonos del tesoro internos y externos.

La aprobación anual está a cargo del Congreso e ingresos tributarios y saldos de caja y bancos que identifique el Ministerio de Finanzas.

Para su efecto, del aporte se podrá destinar hasta el 3 % para gastos de funcionamiento del programa.