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Estos son los requisitos de viaje  para menores en Guatemala

Uno de los documentos indispensables para hacer viajes al extranjero es que el menor cuente con su pasaporte, informó el Instituto Guatemalteco de Migración (IGM). 

Foto República: Archivo
Glenda Sanchez
09 de mayo, 2023

Las autoridades del Instituto Guatemalteco de Migración (IGM) informaron los requisitos para que los menores realicen viajes fuera de Guatemala, hicieron un llamado a los padres de familia o tutores para solicitar información en  las diferentes sedes. 

Las disposiciones son para resguardo de los niños y adolescentes guatemaltecos, según el artículo 61 del Código de Migración. “Los menores guatemaltecos que egresen de territorio nacional por vía aérea, terrestre o marítima, deberán cumplir con varios requisitos en los casos que establece la normativa”, indicaron.  

Agregaron que existen tres casos y cada uno tiene requerimientos diferentes: menor acompañado de ambos padres, menor acompañado de uno de los progenitores y  menor acompañado de un tercero. 

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“Se garantiza el estricto cumplimiento de los requisitos, con el fin de proteger y resguardar a las niñas, niños y adolescentes de nuestro país; atendiendo lo regulado en el Art. 61 del Código de Migración”, recalcaron las autoridades.

Las reformas de los requisitos establecidas en el Acuerdo Número IGM-27-2023 fueron publicadas en el Diario Centro América este martes 9 de mayo de 2023. 

Detalle de los casos de menores 

Menor acompañado de ambos padres

  • No necesita ninguna autorización
  • Tener pasaporte 

Menor acompañado de uno de los progenitores

  • Presentar autorización judicial o mandato o carta poder con firmas legalizadas o documento consular.
  • Tener pasaporte 

Menor acompañado de un tercero

  • Deberá presentar documento judicial donde se manifieste la calidad de la guarda o custodia, tutela o protutela o Mandato Especial con Representación autorizado por uno o ambos padres o Carta Poder.
  • Tener pasaporte

Pasos para solicitar el pasaporte de un menor

  • Llenar formulario de solicitud de pasaporte, impreso y firmado por el padre o madre del menor 
  • Certificado de nacimiento
  • Comprobante de pago original con vigencia de cinco años 
  • En caso de que el trámite sea por renovación, se debe presentar el pasaporte anterior, original y copia de la hoja de datos del documento vencido. 

Otras reformas 

El Acuerdo de IGM también incluye los requisitos de extensión de vigencia, es  decir, se adiciona el articulo 75 BIS: Requisitos para la extensión de vigencia.

Para los casos establecidos en el último párrafo del articulo 74, el solicitante deberá presentar los documentos siguientes:

Para vigencia de 18 meses

  • Documento Personal de Identificación y en el extranjero
  • De no tener DPI presentar el pasaporte guatemalteco
  • Libreta de pasaporte ordinario guatemalteco vencida o por vencerse, la cual deberá contar por lo menos con dos hojas (cuatro páginas) en blanco.

Para vigencia de 3 años

  • Documento Personal de identificación
  • De no tener DPI presentar el pasaporte guatemalteco
  • La libreta de pasaporte ordinario guatemalteco vencida o por vencerse, la cual deberá contar por lo menos cuatro hojas (ocho páginas) en blanco
  • Comprobante de pago

Proceso  para niños 

Para ambos trámites en caso de niños, niñas y adolescentes, los padres o la persona que ejerza la guarda y custodia o tutela, deberán acompañarlo y presentar además los requisitos siguientes:
  • Certificado de nacimiento de guatemalteco de origen o de guatemalteco naturalizado que acredite la nacionalidad guatemalteca
  • Documento de identificación de los padres o quien ejerza la representación legal de conformidad con el Código Civil
  • En el caso de que uno o ambos padres se encuentren en el extranjero, la autorización podrá darse ante el funcionario consular guatemalteco respectivo, asimismo si uno o ambos padres se encuentran en Guatemala y el niño, niña o adolescente en el extranjero, la autorización se realizará ante el Ministerio de Relaciones Exteriores

En el documento se aclara que el Acuerdo deberá ser elevado a la Autoridad Migratoria Nacional para su aprobación y entrará en vigencia en la fecha que disponga el Acuerdo que lo aprueba.

Estos son los requisitos de viaje  para menores en Guatemala

Uno de los documentos indispensables para hacer viajes al extranjero es que el menor cuente con su pasaporte, informó el Instituto Guatemalteco de Migración (IGM). 

Foto República: Archivo
Glenda Sanchez
09 de mayo, 2023

Las autoridades del Instituto Guatemalteco de Migración (IGM) informaron los requisitos para que los menores realicen viajes fuera de Guatemala, hicieron un llamado a los padres de familia o tutores para solicitar información en  las diferentes sedes. 

Las disposiciones son para resguardo de los niños y adolescentes guatemaltecos, según el artículo 61 del Código de Migración. “Los menores guatemaltecos que egresen de territorio nacional por vía aérea, terrestre o marítima, deberán cumplir con varios requisitos en los casos que establece la normativa”, indicaron.  

Agregaron que existen tres casos y cada uno tiene requerimientos diferentes: menor acompañado de ambos padres, menor acompañado de uno de los progenitores y  menor acompañado de un tercero. 

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“Se garantiza el estricto cumplimiento de los requisitos, con el fin de proteger y resguardar a las niñas, niños y adolescentes de nuestro país; atendiendo lo regulado en el Art. 61 del Código de Migración”, recalcaron las autoridades.

Las reformas de los requisitos establecidas en el Acuerdo Número IGM-27-2023 fueron publicadas en el Diario Centro América este martes 9 de mayo de 2023. 

Detalle de los casos de menores 

Menor acompañado de ambos padres

  • No necesita ninguna autorización
  • Tener pasaporte 

Menor acompañado de uno de los progenitores

  • Presentar autorización judicial o mandato o carta poder con firmas legalizadas o documento consular.
  • Tener pasaporte 

Menor acompañado de un tercero

  • Deberá presentar documento judicial donde se manifieste la calidad de la guarda o custodia, tutela o protutela o Mandato Especial con Representación autorizado por uno o ambos padres o Carta Poder.
  • Tener pasaporte

Pasos para solicitar el pasaporte de un menor

  • Llenar formulario de solicitud de pasaporte, impreso y firmado por el padre o madre del menor 
  • Certificado de nacimiento
  • Comprobante de pago original con vigencia de cinco años 
  • En caso de que el trámite sea por renovación, se debe presentar el pasaporte anterior, original y copia de la hoja de datos del documento vencido. 

Otras reformas 

El Acuerdo de IGM también incluye los requisitos de extensión de vigencia, es  decir, se adiciona el articulo 75 BIS: Requisitos para la extensión de vigencia.

Para los casos establecidos en el último párrafo del articulo 74, el solicitante deberá presentar los documentos siguientes:

Para vigencia de 18 meses

  • Documento Personal de Identificación y en el extranjero
  • De no tener DPI presentar el pasaporte guatemalteco
  • Libreta de pasaporte ordinario guatemalteco vencida o por vencerse, la cual deberá contar por lo menos con dos hojas (cuatro páginas) en blanco.

Para vigencia de 3 años

  • Documento Personal de identificación
  • De no tener DPI presentar el pasaporte guatemalteco
  • La libreta de pasaporte ordinario guatemalteco vencida o por vencerse, la cual deberá contar por lo menos cuatro hojas (ocho páginas) en blanco
  • Comprobante de pago

Proceso  para niños 

Para ambos trámites en caso de niños, niñas y adolescentes, los padres o la persona que ejerza la guarda y custodia o tutela, deberán acompañarlo y presentar además los requisitos siguientes:
  • Certificado de nacimiento de guatemalteco de origen o de guatemalteco naturalizado que acredite la nacionalidad guatemalteca
  • Documento de identificación de los padres o quien ejerza la representación legal de conformidad con el Código Civil
  • En el caso de que uno o ambos padres se encuentren en el extranjero, la autorización podrá darse ante el funcionario consular guatemalteco respectivo, asimismo si uno o ambos padres se encuentran en Guatemala y el niño, niña o adolescente en el extranjero, la autorización se realizará ante el Ministerio de Relaciones Exteriores

En el documento se aclara que el Acuerdo deberá ser elevado a la Autoridad Migratoria Nacional para su aprobación y entrará en vigencia en la fecha que disponga el Acuerdo que lo aprueba.