Transporte pesado no podrá circular del 13 al 17 de abril por Semana Santa
La restricción para el transporte de carga pesada comenzará el miércoles 13 de abril de 2022.
Del miércoles 13 al domingo 17 de abril el transporte pesado no podrá circular en todo el territorio nacional por Semana Santa, informó el Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda (CIV).
El 25 de marzo de 2022 el ministerio de Comunicaciones publicó en el Diario de Centro América el Acuerdo Ministerio 247-2022: restricción a la circulación de transporte de carga pesada.
De acuerdo al documento oficial a partir de las 12:00 horas del miércoles 13 de abril no podrán circular el transporte de carga pesada en todo el país. La medida tiene vigencia hasta las 24 horas del domingo 17 de ese mismo mes.
Con excepción del transporte de carga de productos perecederos, combustibles, bebidas y alimentos. Además las grúas por ser equipo de servicio, todo estos transportes podrán circular, no necesitan permisos”, detalla el Acuerdo Ministerial.
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Además detalla que el transporte de carga podrá circular de la siguiente manera:
- Del kilómetro 290 carretera CA-09-N a las instalaciones de la terminal ferroviaria del Puerto Barrios y del Puerto Santo Tomás de Castilla, sobre la CA-09-N.
- Del kilómetro 80 carretera CA-09-Sur a las instalaciones del Puerto Quetzal, al kilómetro 104 carretera CA-09-Sur y al kilómetro 114 carretera CA-09-SUR.
“La infracción a la disposición contenida en el Acuerdo, que se establezca a los controles aplicar en carreteras o en cualquier otro medio legal será sancionado de conformidad con las leyes vigentes”, se lee en el documento.
Transporte pesado no podrá circular del 13 al 17 de abril por Semana Santa
La restricción para el transporte de carga pesada comenzará el miércoles 13 de abril de 2022.
Del miércoles 13 al domingo 17 de abril el transporte pesado no podrá circular en todo el territorio nacional por Semana Santa, informó el Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda (CIV).
El 25 de marzo de 2022 el ministerio de Comunicaciones publicó en el Diario de Centro América el Acuerdo Ministerio 247-2022: restricción a la circulación de transporte de carga pesada.
De acuerdo al documento oficial a partir de las 12:00 horas del miércoles 13 de abril no podrán circular el transporte de carga pesada en todo el país. La medida tiene vigencia hasta las 24 horas del domingo 17 de ese mismo mes.
Con excepción del transporte de carga de productos perecederos, combustibles, bebidas y alimentos. Además las grúas por ser equipo de servicio, todo estos transportes podrán circular, no necesitan permisos”, detalla el Acuerdo Ministerial.
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Además detalla que el transporte de carga podrá circular de la siguiente manera:
- Del kilómetro 290 carretera CA-09-N a las instalaciones de la terminal ferroviaria del Puerto Barrios y del Puerto Santo Tomás de Castilla, sobre la CA-09-N.
- Del kilómetro 80 carretera CA-09-Sur a las instalaciones del Puerto Quetzal, al kilómetro 104 carretera CA-09-Sur y al kilómetro 114 carretera CA-09-SUR.
“La infracción a la disposición contenida en el Acuerdo, que se establezca a los controles aplicar en carreteras o en cualquier otro medio legal será sancionado de conformidad con las leyes vigentes”, se lee en el documento.