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Tráfico de influencias fomenta corrupción e impunidad

Eder Juarez
27 de noviembre, 2014

El tráfico de influencias es una práctica que no es ajena en Guatemala. La mayoría de veces se ventila en voz baja por la presión que se ejerce, sobre todo en funcionarios o empleados públicos. Sin embargo, la ley es clara pero la justicia no se ejerce, lo que fomenta la corrupción y la impunidad.

El Artículo 35 de la Ley Contra la Corrupción se adiciona el artículo 449 Bis al Código Penal, Decreto Número 17-73 del Congreso de la República y sus reformas, establece de forma puntual: “ Comete delito de tráfico de influencias la persona que, por sí misma o por interpósita persona, o actuando como intermediaria, influya en un funcionario o empleado público, prevaliéndose para ello de su jerarquía, posición, amistad o cualquier otro vínculo personal, para obtener un beneficio indebido, para sí o para tercera persona, en un asunto que dicho funcionario o empleado público esté conociendo o deba resolver, haya o no detrimento del patrimonio del Estado o de un tercero”

Este  flagelo también tiene sanción, según el Código Penal. “El responsable de este delito será sancionado con prisión de dos a seis años e inhabilitación especial. La misma pena tendrá la persona que, en forma directa o indirecta, solicite o acepte un beneficio, con el fin de utilizar su influencia real o supuesta en un funcionario o empleado público, para obtener un beneficio indebido para sí o para tercera persona. Si el funcionario o  empleado público que esté conociendo, deba conocer o resolver el asunto, es un funcionario o empleado de la administración de justicia, se impondrá el doble de la pena”.

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A pesar que la reglamentación legal establece una pena contra quienes cometan el delito de tráfico de influencias, en Guatemala a nadie se le ha visto cumpliendo una pena por cometer este delito.

Un caso que recientemente sucumbió el sistema de justicia fue la acusación del diputado patriota Gudy Rivera, quien solicitaba a la magistrada Claudia Escobar fallar a favor de la vicepresidenta Roxana Baldetti acambio de su reelección. Luego de ventilarse este caso también se vio involucrado el presiente Otto PérezMolina y la registradora de la Propiedad, Anabella de León. Sin embargo, la misma fiscal general, Thelma Aldana, indicó que no investigaría a de León, y en el caso de Rivera la Corte Suprema de Justicia (CSJ) rechazó la solicitud de antejuicio planteado por la Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala (CICIG) para perder su inmunidad.

Otro caso que se evidenció de forma clara fue una grabación que circuló en las redes donde se escucha una conversación que sostuviera también la diputada oficialista Emilenne

Mazariegos con el encargado del área de Salud de Huehuetenango para obtener plazas de trabajo para sus allegados. En este caso no se ha dadorespuesta al antejuicio planteado por una trabajadora afectada. De tal manera que a pesar de tener evidencia estos casos que ilustran ejemplos claros de tráfico de influencias no han tenido la atención del sistema de justicia y aplicación de la ley como corresponde.

De acuerdo con Cristhians Castillo, el tráfico de influencias es un tema controversial que se manifestó en el debate penal de la Ley anticorrupción. Hace ver que durante el 2012 se inició un proceso para generar una norma que pudiera controlar este delito, pero los diputados al final le fueron quitando los dientes a esa Ley hasta llegar a la norma anticorrupción que hoy tenemos. Minimizaron la figura penal de tráfico de influencias, desde allí se ve que en los actores políticos hay un interés de que no se restrinja esa capacidad que hay desde el ejercicio del poder.

Según el analista, tenemos una Ley anticorrupción débil y que no ha logrado hasta el día de hoy llevar a juicio a nadie o de aplicar una sanción ejemplar a estos funcionarios que utilizan su posición para obtener prebenda y beneficios personales. Desde esa perspectiva, entonces lo que se ha identificado es que “se ha hecho más descarado el proceso de tráfico de influencias”, lo cual se evidenció en el tema reciente de las Comisiones de Postulación cuando hubo grabaciones, señalamientos, e inclusive acusaciones directas a algunos actores políticos que promovieron este flagelo para orientar un proceso jurídico y político en una dirección particular.

“Mientras como sociedad no establezcamos un compromiso para poder combatir este fenómeno, vamos a seguir teniendo a actores políticos que se autonomizan de la ciudadanía, que controlan la justicia, y que al final promueven sus propios proyectos que buscan obtener al momento de llegar a un puesto o cargo público” refiere el analista.

De tal manera que mientras el sistema se encuentre como hasta ahora es difícil que haya una independencia de poderes y una independencia judicial que garantice el combate a este tipo de delitos. Según analistas  el combate a la impunidad se basa en herramientas confiables, jurídicas que permitan establecer penas ejemplares; entonces mientras el sistema judicial no tenga la contundencia necesaria, fomenta a seguir con políticos que se atreven a comparar productos judiciales que al final hacen de Guatemala un país de la eterna impunidad.  

Violación al principio igualdad y apego a derecho 

Por su parte Gabriel Orellana, abogado constitucionalista, indica que la Constitución Política de la República, establece como garantía la igualdad de los gobernados y gobernantes, a estos últimos los obliga a actuar en el estricto apego a derecho; en otras palabras el tráfico de influencias implica desbordar ese principio de igualdad, puntualiza.

Los funcionario o empleados público que utiliza sus influencias o que participan de esos juegos lo que están haciendo es violando ese principio de actuar apegado a derecho. Se afecta la economía de un país, porque se pierden recursos, y luego esto desmotiva a las personas porque le pierden credibilidad al sistema y poco a poco el régimen democrático se va socavando dice Orellana.

El entrevistado puntualiza que el tráfico de influencias, “es uno de los flagelos más grandes que hay, porque es un círculo vicioso que lleva a corrupción y de corrupción a impunidad y en un momento dado contamos con un sistema que está próximo a colapsar”.

Hace ver que este serio problema tendrá una solución solo con voluntad política, porque funciona un sistema perverso,  donde los partidos, muchos funcionarios y dignatarios de la nación llegan al poder debiendo muchos favores  de campaña. De tal manera que llegan al cargo público no con el afán de servir sino con el de resarcirse de dinero para pagar sus deudas y encima de eso con la finalidad de enriquecerse.

De acuerdo con el constitucionalista este mal se resolvería con un cambio constitucional que exija prácticamente la refundación del Estado, porque si solo se trabaja en una modificación parcial en este momento el Congreso no tiene la capacidad ni la imagen pública para hacer tales cambios.

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Tráfico de influencias fomenta corrupción e impunidad

Eder Juarez
27 de noviembre, 2014

El tráfico de influencias es una práctica que no es ajena en Guatemala. La mayoría de veces se ventila en voz baja por la presión que se ejerce, sobre todo en funcionarios o empleados públicos. Sin embargo, la ley es clara pero la justicia no se ejerce, lo que fomenta la corrupción y la impunidad.

El Artículo 35 de la Ley Contra la Corrupción se adiciona el artículo 449 Bis al Código Penal, Decreto Número 17-73 del Congreso de la República y sus reformas, establece de forma puntual: “ Comete delito de tráfico de influencias la persona que, por sí misma o por interpósita persona, o actuando como intermediaria, influya en un funcionario o empleado público, prevaliéndose para ello de su jerarquía, posición, amistad o cualquier otro vínculo personal, para obtener un beneficio indebido, para sí o para tercera persona, en un asunto que dicho funcionario o empleado público esté conociendo o deba resolver, haya o no detrimento del patrimonio del Estado o de un tercero”

Este  flagelo también tiene sanción, según el Código Penal. “El responsable de este delito será sancionado con prisión de dos a seis años e inhabilitación especial. La misma pena tendrá la persona que, en forma directa o indirecta, solicite o acepte un beneficio, con el fin de utilizar su influencia real o supuesta en un funcionario o empleado público, para obtener un beneficio indebido para sí o para tercera persona. Si el funcionario o  empleado público que esté conociendo, deba conocer o resolver el asunto, es un funcionario o empleado de la administración de justicia, se impondrá el doble de la pena”.

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A pesar que la reglamentación legal establece una pena contra quienes cometan el delito de tráfico de influencias, en Guatemala a nadie se le ha visto cumpliendo una pena por cometer este delito.

Un caso que recientemente sucumbió el sistema de justicia fue la acusación del diputado patriota Gudy Rivera, quien solicitaba a la magistrada Claudia Escobar fallar a favor de la vicepresidenta Roxana Baldetti acambio de su reelección. Luego de ventilarse este caso también se vio involucrado el presiente Otto PérezMolina y la registradora de la Propiedad, Anabella de León. Sin embargo, la misma fiscal general, Thelma Aldana, indicó que no investigaría a de León, y en el caso de Rivera la Corte Suprema de Justicia (CSJ) rechazó la solicitud de antejuicio planteado por la Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala (CICIG) para perder su inmunidad.

Otro caso que se evidenció de forma clara fue una grabación que circuló en las redes donde se escucha una conversación que sostuviera también la diputada oficialista Emilenne

Mazariegos con el encargado del área de Salud de Huehuetenango para obtener plazas de trabajo para sus allegados. En este caso no se ha dadorespuesta al antejuicio planteado por una trabajadora afectada. De tal manera que a pesar de tener evidencia estos casos que ilustran ejemplos claros de tráfico de influencias no han tenido la atención del sistema de justicia y aplicación de la ley como corresponde.

De acuerdo con Cristhians Castillo, el tráfico de influencias es un tema controversial que se manifestó en el debate penal de la Ley anticorrupción. Hace ver que durante el 2012 se inició un proceso para generar una norma que pudiera controlar este delito, pero los diputados al final le fueron quitando los dientes a esa Ley hasta llegar a la norma anticorrupción que hoy tenemos. Minimizaron la figura penal de tráfico de influencias, desde allí se ve que en los actores políticos hay un interés de que no se restrinja esa capacidad que hay desde el ejercicio del poder.

Según el analista, tenemos una Ley anticorrupción débil y que no ha logrado hasta el día de hoy llevar a juicio a nadie o de aplicar una sanción ejemplar a estos funcionarios que utilizan su posición para obtener prebenda y beneficios personales. Desde esa perspectiva, entonces lo que se ha identificado es que “se ha hecho más descarado el proceso de tráfico de influencias”, lo cual se evidenció en el tema reciente de las Comisiones de Postulación cuando hubo grabaciones, señalamientos, e inclusive acusaciones directas a algunos actores políticos que promovieron este flagelo para orientar un proceso jurídico y político en una dirección particular.

“Mientras como sociedad no establezcamos un compromiso para poder combatir este fenómeno, vamos a seguir teniendo a actores políticos que se autonomizan de la ciudadanía, que controlan la justicia, y que al final promueven sus propios proyectos que buscan obtener al momento de llegar a un puesto o cargo público” refiere el analista.

De tal manera que mientras el sistema se encuentre como hasta ahora es difícil que haya una independencia de poderes y una independencia judicial que garantice el combate a este tipo de delitos. Según analistas  el combate a la impunidad se basa en herramientas confiables, jurídicas que permitan establecer penas ejemplares; entonces mientras el sistema judicial no tenga la contundencia necesaria, fomenta a seguir con políticos que se atreven a comparar productos judiciales que al final hacen de Guatemala un país de la eterna impunidad.  

Violación al principio igualdad y apego a derecho 

Por su parte Gabriel Orellana, abogado constitucionalista, indica que la Constitución Política de la República, establece como garantía la igualdad de los gobernados y gobernantes, a estos últimos los obliga a actuar en el estricto apego a derecho; en otras palabras el tráfico de influencias implica desbordar ese principio de igualdad, puntualiza.

Los funcionario o empleados público que utiliza sus influencias o que participan de esos juegos lo que están haciendo es violando ese principio de actuar apegado a derecho. Se afecta la economía de un país, porque se pierden recursos, y luego esto desmotiva a las personas porque le pierden credibilidad al sistema y poco a poco el régimen democrático se va socavando dice Orellana.

El entrevistado puntualiza que el tráfico de influencias, “es uno de los flagelos más grandes que hay, porque es un círculo vicioso que lleva a corrupción y de corrupción a impunidad y en un momento dado contamos con un sistema que está próximo a colapsar”.

Hace ver que este serio problema tendrá una solución solo con voluntad política, porque funciona un sistema perverso,  donde los partidos, muchos funcionarios y dignatarios de la nación llegan al poder debiendo muchos favores  de campaña. De tal manera que llegan al cargo público no con el afán de servir sino con el de resarcirse de dinero para pagar sus deudas y encima de eso con la finalidad de enriquecerse.

De acuerdo con el constitucionalista este mal se resolvería con un cambio constitucional que exija prácticamente la refundación del Estado, porque si solo se trabaja en una modificación parcial en este momento el Congreso no tiene la capacidad ni la imagen pública para hacer tales cambios.