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Cuestionamientos a proceso de selección a TSE vulnera institucionalidad

Redacción
27 de febrero, 2014
Las declaraciones de la Contralora General de Cuentas de la Nación, Nora Segura, relacionado a que varios de los aspirantes a Magistrado a Tribunal Supremo Electoral (TSE) no cuenta con finiquito posiciona la atención del debate en los requisitos legales y el rol desempeñado por la Comisión de Postulación. 
Los requisitos establecidos en la Constitución de la República no establecen el finiquito como un requisito para ser magistrado del TSE. ‘La Constitución no especifica si un candidato debería tener finiquito al momento de participar en el proceso de elección para un cargo de esta naturaleza’, afirma la Presidenta del Centro para la Defensa de la Constitución (CEDECON) Marta Altolaguirre.
La posibilidad de impugnaciones del proceso por algún excluido del proceso, debido a la inclusión en la nómina de los 40 de otros candidatos sin finiquito, es descartado por abogados consultados. La Ley de Probidad y Responsabilidad de Funcionarios Públicos estipula la obligatoriedad de contar con un finiquito para asumir ciertos cargos, el de Magistrado al TSE se encuentra entre ellos. 
Adolfo Alarcón, de la Asociación de Estudios Económicos Sociales (Asies), señala que el artículo 30 inciso b de dicha ley estipula que quienes son o han sido cuentadantes y/o han manejado fondos públicos deben contar con un finiquito. Es para mantener controles sobre bienes patrimoniales de funcionarios públicos, explica. Señaló que si un candidato electo posee juicios pendientes crearía un clima de inestabilidad e inseguridad institucional. 
La interrogante es si la Comisión de Postulación debió incluir como requisito indispensable la presentación del finiquito por los aspirantes para ser considerados en el proceso. Uno de los aspirantes, que solicitó el anonimato, considera que el interés sobre el tema del finiquito es descalificar a algunos candidatos ya que hay casos que se refieren a situaciones de casi tres décadas. También argumenta que hay sectores que buscan seguir la descalificación del Congreso, para concentrar cuotas de poder. 
Anabela Morfin, experta constitucionalista, señala que no es necesario contar con el finiquito durante el proceso de postulación; sin embargo, se hace necesario, respetando el estado de derecho y la institucionalidad del país, al momento de asumir el cargo de Magistrado. Podría existir un riesgo de impugnación si un aspirante toma posesión del cargo sin finiquito, afirma. ‘Durante el proceso no es vital pero si en el momento de asumir el cargo, dos momentos distintos, uno es el momento de la elección y el otro de la juramentación”, señala Morfin 
“Naturalmente esto lo debió de haber tomado en cuenta la Comisión de Postulación tomar en cuenta este tipo de valoración, y una responsabilidad del Congreso en elegirlo, tienen ese tipo de problema”, indico la profesional del derecho. 
La inestabilidad debido al cuestionamiento de la calidad del proceso de selección de aspirantes por la Comisión es un situación que no aporta al fortalecimiento institucional.
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Cuestionamientos a proceso de selección a TSE vulnera institucionalidad

Redacción
27 de febrero, 2014
Las declaraciones de la Contralora General de Cuentas de la Nación, Nora Segura, relacionado a que varios de los aspirantes a Magistrado a Tribunal Supremo Electoral (TSE) no cuenta con finiquito posiciona la atención del debate en los requisitos legales y el rol desempeñado por la Comisión de Postulación. 
Los requisitos establecidos en la Constitución de la República no establecen el finiquito como un requisito para ser magistrado del TSE. ‘La Constitución no especifica si un candidato debería tener finiquito al momento de participar en el proceso de elección para un cargo de esta naturaleza’, afirma la Presidenta del Centro para la Defensa de la Constitución (CEDECON) Marta Altolaguirre.
La posibilidad de impugnaciones del proceso por algún excluido del proceso, debido a la inclusión en la nómina de los 40 de otros candidatos sin finiquito, es descartado por abogados consultados. La Ley de Probidad y Responsabilidad de Funcionarios Públicos estipula la obligatoriedad de contar con un finiquito para asumir ciertos cargos, el de Magistrado al TSE se encuentra entre ellos. 
Adolfo Alarcón, de la Asociación de Estudios Económicos Sociales (Asies), señala que el artículo 30 inciso b de dicha ley estipula que quienes son o han sido cuentadantes y/o han manejado fondos públicos deben contar con un finiquito. Es para mantener controles sobre bienes patrimoniales de funcionarios públicos, explica. Señaló que si un candidato electo posee juicios pendientes crearía un clima de inestabilidad e inseguridad institucional. 
La interrogante es si la Comisión de Postulación debió incluir como requisito indispensable la presentación del finiquito por los aspirantes para ser considerados en el proceso. Uno de los aspirantes, que solicitó el anonimato, considera que el interés sobre el tema del finiquito es descalificar a algunos candidatos ya que hay casos que se refieren a situaciones de casi tres décadas. También argumenta que hay sectores que buscan seguir la descalificación del Congreso, para concentrar cuotas de poder. 
Anabela Morfin, experta constitucionalista, señala que no es necesario contar con el finiquito durante el proceso de postulación; sin embargo, se hace necesario, respetando el estado de derecho y la institucionalidad del país, al momento de asumir el cargo de Magistrado. Podría existir un riesgo de impugnación si un aspirante toma posesión del cargo sin finiquito, afirma. ‘Durante el proceso no es vital pero si en el momento de asumir el cargo, dos momentos distintos, uno es el momento de la elección y el otro de la juramentación”, señala Morfin 
“Naturalmente esto lo debió de haber tomado en cuenta la Comisión de Postulación tomar en cuenta este tipo de valoración, y una responsabilidad del Congreso en elegirlo, tienen ese tipo de problema”, indico la profesional del derecho. 
La inestabilidad debido al cuestionamiento de la calidad del proceso de selección de aspirantes por la Comisión es un situación que no aporta al fortalecimiento institucional.