03 de febrero, 2014
La acción de inconstitucionalidad es contra el acuerdo 23-2013 del Registro General de las Personas (Renap) que establecía un cobro de Q500 a guatemaltecos residentes en otros países y que tramiten documentos personales en el Renap.
La acción legal fue interpuesta por el Procurador de los Derechos Humanos (PDH) Jorge de León Duque, cuyo argumento principal fue que el cobro vulnera el principio de igualdad que la Constitución establece.
El cobro quedará sin vigencia a partir de mañana 4 de febrero, según la resolución de la Corte de Constitucionalidad y que fue publicada en el Diario Oficial.
Según lo establecido, el Renap solo podrá exigir el pago a extranjeros domiciliados en el país.
Para resolver la acción del máximo tribunal, se realizó una audiencia donde acudieron funcionarios del Renap, PDH, Ministerio de Relaciones Exteriores, procuraduría General de la Nación y Ministerio Público.
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03 de febrero, 2014
La acción de inconstitucionalidad es contra el acuerdo 23-2013 del Registro General de las Personas (Renap) que establecía un cobro de Q500 a guatemaltecos residentes en otros países y que tramiten documentos personales en el Renap.
La acción legal fue interpuesta por el Procurador de los Derechos Humanos (PDH) Jorge de León Duque, cuyo argumento principal fue que el cobro vulnera el principio de igualdad que la Constitución establece.
El cobro quedará sin vigencia a partir de mañana 4 de febrero, según la resolución de la Corte de Constitucionalidad y que fue publicada en el Diario Oficial.
Según lo establecido, el Renap solo podrá exigir el pago a extranjeros domiciliados en el país.
Para resolver la acción del máximo tribunal, se realizó una audiencia donde acudieron funcionarios del Renap, PDH, Ministerio de Relaciones Exteriores, procuraduría General de la Nación y Ministerio Público.