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CC enmienda "tardíamente" la elección de magistrados de cortes

.
Luis Gonzalez
08 de noviembre, 2023

La Corte de Constitucionalidad (CC) fijó el 15 de diciembre de 2023, como plazo máximo al Congreso de la República para que elija a los magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y de Salas de la Corte de Apelaciones, y de otros Tribunales Colegiados.

En perspectiva. Los magistrados debieron entregar sus cargos el 13 de octubre de 2019, pero una resolución de la CC encabezada por Gloria Porras, por un amparo planteado por la Fundación Myrna Mack, anuló el proceso de selección de candidatos.

  • Luego de ese fallo, se dictaron otras acciones legales para restablecer el proceso, pero el Ministerio Público (MP), dirigido por Consuelo Porras, pidió anular todo lo actuado. La razón es que investigaban a algunos de los postulados.
  • La CC, lejos de atender la petición del MP, ordenó al Congreso elegir a los magistrados según disposiciones ajenas a lo establecido en la Ley Orgánica del Organismo Legislativo.
  • Los diputados durante tres años y medio agendaron la elección, pero nunca avanzaron en el tema. Tampoco la CC de Porras los apremió y no varió su sentencia. Mientras que la actual CC, electa en 2021, vio pasar dos años y medio para tomar la decisión de enmendar la forma de elegir.

Voces (I). El abogado Francisco Quezada consideró que la decisión de la CC es correcta, no sin mencionar el hecho del tiempo transcurrido para "restaurar el régimen interrumpido".

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  • "Se restaura el régimen interrumpido por un amparo violatorio de la ley. Ahora se usará el procedimiento legal, no el arbitrario que mandó la anterior CC. Se recupera uno de los ejes más importantes del régimen republicano, pues las cortes estaban en situación ilegítima", agregó.  
  • "El Congreso debe acatar. Se entra en una elección compleja. Los diputados estaban en la disyuntiva de atender lo ordenado por la CC y lo que dice la Ley Orgánica del Congreso", enfatizó Quezada.
  • "Ya no hay que razonar y votar, se debe elegir". Después habrá un periodo para razonar por qué votaron a favor o en contra de uno u otro, pero ya bajo la regulación de ese organismo, apuntó Quezada.

Voces (II). El expresidente del Congreso y diputado, Oscar Chinchilla, coincidió con Quezada en que se "enmienda la plana" a lo resuelto por la VII magistratura de la CC.

  • "Enmiendan la plana a la anterior CC", comentó. Añadió que era un tema rezagado por la forma en que los magistrados ordenaron elegir y por la falta de voluntad de algunos congresistas de no asistir a las sesiones para avanzar en el tema.
  • Chinchilla recordó que el Congreso, en su momento, pidió cambiar el mecanismo ordenado para elegir, pero la CC de Porras no atendió la petición.
  • "Ahora la propia CC ordena la debida ejecución de la sentencia y se debe acatar. Tardíamente se enmienda la plana", opinó el legislador.

Qué destacar.  La CC resolvió el lunes 6 de noviembre ordenar al Congreso elegir, a más tardar el 30 de noviembre de este año, a los magistrados de la CSJ y de Salas de la Corte de Apelaciones.  

  • Si no se concreta en esa fecha, último día del período ordinario de sesiones, se deben declarar en sesión permanente para hacer la elección el 15 de diciembre.   
  • Los magistrados electos estarán en los cargos hasta octubre de 2024, es decir, solo para completar el periodo actual que vence el otro año.

Hemeroteca. El 6 de mayo de 2020 la CC, presidida por Porras, ordenó al Congreso elegir a los magistrados de Salas de la Corte de Apelaciones y de la Corte Suprema de Justicia con un procedimiento no establecido en la Ley Orgánica del Congreso.

  • La elección de cada magistrado debía ser a viva a voz y cada diputado tendría que explicar por qué votaba a favor o en contra de cada uno de los candidatos.
  • También se estableció que los electos fueran personas que cumplieran los principios establecidos en el artículo 113 de la Constitución, con "méritos de capacidad, idoneidad y honradez".
  • Que no se tomase en cuenta a los profesionales "cuya idoneidad y honorabilidad esté comprometida, derivado de hechos notorios denunciados" por el Ministerio Público. Esto se refiere a acusaciones de que diputados, políticos y candidatos a magistraturas, se habían concertado con el procesado Gustavo Alejos Cámbara para influir en la elección.

 

 

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CC enmienda "tardíamente" la elección de magistrados de cortes

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Luis Gonzalez
08 de noviembre, 2023

La Corte de Constitucionalidad (CC) fijó el 15 de diciembre de 2023, como plazo máximo al Congreso de la República para que elija a los magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y de Salas de la Corte de Apelaciones, y de otros Tribunales Colegiados.

En perspectiva. Los magistrados debieron entregar sus cargos el 13 de octubre de 2019, pero una resolución de la CC encabezada por Gloria Porras, por un amparo planteado por la Fundación Myrna Mack, anuló el proceso de selección de candidatos.

  • Luego de ese fallo, se dictaron otras acciones legales para restablecer el proceso, pero el Ministerio Público (MP), dirigido por Consuelo Porras, pidió anular todo lo actuado. La razón es que investigaban a algunos de los postulados.
  • La CC, lejos de atender la petición del MP, ordenó al Congreso elegir a los magistrados según disposiciones ajenas a lo establecido en la Ley Orgánica del Organismo Legislativo.
  • Los diputados durante tres años y medio agendaron la elección, pero nunca avanzaron en el tema. Tampoco la CC de Porras los apremió y no varió su sentencia. Mientras que la actual CC, electa en 2021, vio pasar dos años y medio para tomar la decisión de enmendar la forma de elegir.

Voces (I). El abogado Francisco Quezada consideró que la decisión de la CC es correcta, no sin mencionar el hecho del tiempo transcurrido para "restaurar el régimen interrumpido".

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  • "Se restaura el régimen interrumpido por un amparo violatorio de la ley. Ahora se usará el procedimiento legal, no el arbitrario que mandó la anterior CC. Se recupera uno de los ejes más importantes del régimen republicano, pues las cortes estaban en situación ilegítima", agregó.  
  • "El Congreso debe acatar. Se entra en una elección compleja. Los diputados estaban en la disyuntiva de atender lo ordenado por la CC y lo que dice la Ley Orgánica del Congreso", enfatizó Quezada.
  • "Ya no hay que razonar y votar, se debe elegir". Después habrá un periodo para razonar por qué votaron a favor o en contra de uno u otro, pero ya bajo la regulación de ese organismo, apuntó Quezada.

Voces (II). El expresidente del Congreso y diputado, Oscar Chinchilla, coincidió con Quezada en que se "enmienda la plana" a lo resuelto por la VII magistratura de la CC.

  • "Enmiendan la plana a la anterior CC", comentó. Añadió que era un tema rezagado por la forma en que los magistrados ordenaron elegir y por la falta de voluntad de algunos congresistas de no asistir a las sesiones para avanzar en el tema.
  • Chinchilla recordó que el Congreso, en su momento, pidió cambiar el mecanismo ordenado para elegir, pero la CC de Porras no atendió la petición.
  • "Ahora la propia CC ordena la debida ejecución de la sentencia y se debe acatar. Tardíamente se enmienda la plana", opinó el legislador.

Qué destacar.  La CC resolvió el lunes 6 de noviembre ordenar al Congreso elegir, a más tardar el 30 de noviembre de este año, a los magistrados de la CSJ y de Salas de la Corte de Apelaciones.  

  • Si no se concreta en esa fecha, último día del período ordinario de sesiones, se deben declarar en sesión permanente para hacer la elección el 15 de diciembre.   
  • Los magistrados electos estarán en los cargos hasta octubre de 2024, es decir, solo para completar el periodo actual que vence el otro año.

Hemeroteca. El 6 de mayo de 2020 la CC, presidida por Porras, ordenó al Congreso elegir a los magistrados de Salas de la Corte de Apelaciones y de la Corte Suprema de Justicia con un procedimiento no establecido en la Ley Orgánica del Congreso.

  • La elección de cada magistrado debía ser a viva a voz y cada diputado tendría que explicar por qué votaba a favor o en contra de cada uno de los candidatos.
  • También se estableció que los electos fueran personas que cumplieran los principios establecidos en el artículo 113 de la Constitución, con "méritos de capacidad, idoneidad y honradez".
  • Que no se tomase en cuenta a los profesionales "cuya idoneidad y honorabilidad esté comprometida, derivado de hechos notorios denunciados" por el Ministerio Público. Esto se refiere a acusaciones de que diputados, políticos y candidatos a magistraturas, se habían concertado con el procesado Gustavo Alejos Cámbara para influir en la elección.