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CC revoca amparo a partido Poder y lo deja fuera de las Elecciones Generales 2023

Los magistrados denegaron el amparo solicitado por el Partido de Oportunidades y Desarrollo (Poder), agrupación que promovía la candidatura de Oscar Rodolfo Castañeda. 

El partido Poder promovía la candidatura de Oscar Castañeda y Luis Adrián Ruiz.
Ana González
20 de junio, 2023

Los magistrados de la Corte de Constitucionalidad resolvieron declarar con lugar el recurso de apelación presentado por el Tribunal Supremo Electoral (TSE), con el cual revoca el fallo emitido por la Corte Suprema de Justicia a favor del Partido de Oportunidades y Desarrollo (Poder).

"Dictó sentencia por la que declaró con lugar el recurso de apelación interpuesto por el Tribunal Supremo Electoral contra la sentencia del 14 de junio de 2023, dictada por la Corte Suprema de Justicia, constituida en Tribunal de Amparo, por lo que revoca el fallo apelado y como consecuencia deniega el amparo solicitado por Poder", detalla el comunicado de prensa.

 

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Llaman la atención al TSE y CSJ

En la resolución, los magistrados también ordena al TSE "para la debida diligencia, oportunidad y congruencia en su proceder para no generar expectativas en el ciudadano participante y elector que luego, pro reversión tardía, hacen daño a la percepción de la pureza del proceso electoral", detalla el comunicado.

En cuanto a la CSJ, se los conmina para que cuando ejerzan funciones de Tribunal Constitucional "pondere los efectos que para la democracia conllevan sus fallos y evalúe, la afectación al proceso electoral".

 

 

 

 

 

 

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El partido Poder promovía la candidatura de Oscar Castañeda y Luis Adrián Ruiz.
Ana González
20 de junio, 2023

Los magistrados de la Corte de Constitucionalidad resolvieron declarar con lugar el recurso de apelación presentado por el Tribunal Supremo Electoral (TSE), con el cual revoca el fallo emitido por la Corte Suprema de Justicia a favor del Partido de Oportunidades y Desarrollo (Poder).

"Dictó sentencia por la que declaró con lugar el recurso de apelación interpuesto por el Tribunal Supremo Electoral contra la sentencia del 14 de junio de 2023, dictada por la Corte Suprema de Justicia, constituida en Tribunal de Amparo, por lo que revoca el fallo apelado y como consecuencia deniega el amparo solicitado por Poder", detalla el comunicado de prensa.

 

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En la resolución, los magistrados también ordena al TSE "para la debida diligencia, oportunidad y congruencia en su proceder para no generar expectativas en el ciudadano participante y elector que luego, pro reversión tardía, hacen daño a la percepción de la pureza del proceso electoral", detalla el comunicado.

En cuanto a la CSJ, se los conmina para que cuando ejerzan funciones de Tribunal Constitucional "pondere los efectos que para la democracia conllevan sus fallos y evalúe, la afectación al proceso electoral".