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Los guatemaltecos podrán votar con DPI vencido o con daños, según el TSE

Las personas con DPI vencido o con daños podrán ejercer el voto el domingo 25 de junio. Entérate del salvoconducto que estará vigente el día de las elecciones.

El TSE instruyó a los órganos electorales temporales aceptar DPI vencido o con daños para votar.
Viviana Mutz
01 de junio, 2023

La instrucción de aceptar Documentos de Identificación Personal (DPI) vencidos o daños para votar, la giró el Tribunal Supremo Electoral (TSE) a las Juntas Electorales Departamentales y Municipales con el fin de garantizar que todos los ciudadanos debidamente empadronados ejerzan ese derecho.

Irma Elizabeth Palencia, magistrada presidenta del TSE, explicó que con el ánimo de posibilitar el voto de las personas, pese a tener vencido o deteriorado y que no sea obstáculo para votar, se envió una circular el 26 de diciembre", agregó.

"El TSE lo ve con buenos ojos porque facilita la participación", explicó. También que la instrucción es parte de la capacitación que brinda el Instituto Electoral a los órganos electorales y que a su vez lo trasladen a las Juntas Receptoras de Votos, añadió la presidenta. 

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Por su parte, la magistrada del TSE, Blanca Alfaro, explicó el protocolo del Registro Nacional de las Personas (Renap) para aquellas personas que el día de las elecciones tengan el documento en mal estado y sin poder reponer. 

"Si el documento está deteriorado, o si le falta el chip y no se tuvo el tiempo para la reposición, el domingo 25 de junio todas las delegaciones departamentales y municipales del Renap extenderán una certificación sin ningún costo para estos casos, la que debe ser presentada junto con el documento de identificación en la mesa de votación para emitir el sufragio", explicó Alfaro.  

La certificación no tendrá validez antes, ni después, sino únicamente el día de las Elecciones Generales 2023. 

Tanto Alfaro como Palencia aclararon que la certificación debe ir acompañada del DPI o con daños, pues solo la certificación no sustituye al DPI y por lo tanto, no tiene validez para votar. 

La magistrada también dijo que para el caso de los DPI vencidos, pero en buen estado, solo se debe presentar este documento en la mesa de votación.

Alfaro además recordó que para votar no es necesario presentar la boleta de empadronamiento debido a que el registro ya consta en el padrón que tendrá cada mesa de votación. 

Asimismo, instó a la personas que tiene el DPI vencido, extraviado o con daños, que todavía están a tiempo para tramitar la reposición.

Ley de Ampliación Temporal de Vigencia del DPI

El Decreto 32-2022, Ley de Ampliación Temporal de Vigencia del Documento Personal de Identificación (DPI), fue aprobado el 2 de junio de 2022 con 98 votos en el Congreso de la República.

La normativa tiene como objeto garantizar a los titulares del DPI que se encuentre vencido o esté por vencerse, su derecho a la identificación personal en asuntos civiles, administrativos y legales, según el artículo 1. 

El artículo 2 de la ley, declara la validez del 1 de enero al 31 de diciembre de 2023, de todos los DPI que desde el inicio del año en mención se encuentren vencidos y sus titulares no hayan iniciado el proceso administrativo de renovación ante el Registro Nacional de las Personas (Renap).

Asimismo, de aquellos que vencerán posterior a la fecha de entrada en vigencia del presente Decreto y hasta el 31 de diciembre de 2023.

La normativa también ordena que no será aplicable el beneficio cuando se produzcan modificaciones de estado civil, capacidad civil, cambio de nombre o alteración sustancial de su apariencia física por accidente u otras causas, según lo establecido en el Artículo 63 del Decreto 90-2005, Ley del Registro Nacional de las Personas.

 

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Los guatemaltecos podrán votar con DPI vencido o con daños, según el TSE

Las personas con DPI vencido o con daños podrán ejercer el voto el domingo 25 de junio. Entérate del salvoconducto que estará vigente el día de las elecciones.

El TSE instruyó a los órganos electorales temporales aceptar DPI vencido o con daños para votar.
Viviana Mutz
01 de junio, 2023

La instrucción de aceptar Documentos de Identificación Personal (DPI) vencidos o daños para votar, la giró el Tribunal Supremo Electoral (TSE) a las Juntas Electorales Departamentales y Municipales con el fin de garantizar que todos los ciudadanos debidamente empadronados ejerzan ese derecho.

Irma Elizabeth Palencia, magistrada presidenta del TSE, explicó que con el ánimo de posibilitar el voto de las personas, pese a tener vencido o deteriorado y que no sea obstáculo para votar, se envió una circular el 26 de diciembre", agregó.

"El TSE lo ve con buenos ojos porque facilita la participación", explicó. También que la instrucción es parte de la capacitación que brinda el Instituto Electoral a los órganos electorales y que a su vez lo trasladen a las Juntas Receptoras de Votos, añadió la presidenta. 

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Por su parte, la magistrada del TSE, Blanca Alfaro, explicó el protocolo del Registro Nacional de las Personas (Renap) para aquellas personas que el día de las elecciones tengan el documento en mal estado y sin poder reponer. 

"Si el documento está deteriorado, o si le falta el chip y no se tuvo el tiempo para la reposición, el domingo 25 de junio todas las delegaciones departamentales y municipales del Renap extenderán una certificación sin ningún costo para estos casos, la que debe ser presentada junto con el documento de identificación en la mesa de votación para emitir el sufragio", explicó Alfaro.  

La certificación no tendrá validez antes, ni después, sino únicamente el día de las Elecciones Generales 2023. 

Tanto Alfaro como Palencia aclararon que la certificación debe ir acompañada del DPI o con daños, pues solo la certificación no sustituye al DPI y por lo tanto, no tiene validez para votar. 

La magistrada también dijo que para el caso de los DPI vencidos, pero en buen estado, solo se debe presentar este documento en la mesa de votación.

Alfaro además recordó que para votar no es necesario presentar la boleta de empadronamiento debido a que el registro ya consta en el padrón que tendrá cada mesa de votación. 

Asimismo, instó a la personas que tiene el DPI vencido, extraviado o con daños, que todavía están a tiempo para tramitar la reposición.

Ley de Ampliación Temporal de Vigencia del DPI

El Decreto 32-2022, Ley de Ampliación Temporal de Vigencia del Documento Personal de Identificación (DPI), fue aprobado el 2 de junio de 2022 con 98 votos en el Congreso de la República.

La normativa tiene como objeto garantizar a los titulares del DPI que se encuentre vencido o esté por vencerse, su derecho a la identificación personal en asuntos civiles, administrativos y legales, según el artículo 1. 

El artículo 2 de la ley, declara la validez del 1 de enero al 31 de diciembre de 2023, de todos los DPI que desde el inicio del año en mención se encuentren vencidos y sus titulares no hayan iniciado el proceso administrativo de renovación ante el Registro Nacional de las Personas (Renap).

Asimismo, de aquellos que vencerán posterior a la fecha de entrada en vigencia del presente Decreto y hasta el 31 de diciembre de 2023.

La normativa también ordena que no será aplicable el beneficio cuando se produzcan modificaciones de estado civil, capacidad civil, cambio de nombre o alteración sustancial de su apariencia física por accidente u otras causas, según lo establecido en el Artículo 63 del Decreto 90-2005, Ley del Registro Nacional de las Personas.