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Presentan ley para endurecer penas contra el maltrato animal en Guatemala

La iniciativa de ley establece penas de prisión por intoxicar, maltratar o abandonar a los animales.

Foto con fines ilustrativos.
Ana González
27 de enero, 2023

Días después de que circulara un video donde dos hombres, familiares del dueño Xelapan, envenenaran a unos perros sin hogar, una iniciativa de ley fue presentada en el Congreso de la República, la cual busca endurecer las penas contra quienes incurran en esta práctica.

La diputada Sonia Gutiérrez y Adán Pérez presentaron una iniciativa de ley que establece sanciones de hasta 15 salarios mínimos y penas de prisión para quienes intoxicación, crueldad o abandono animal.

Si en caso el animal muere, las penas aumentarán en una tercera parte. El documento detalla pena de prisión de 6 a 8 años a quienes abandonen a un animal. También se especifica que las multas deben trasladarse a los refugios municipales del lugar donde se haya cometido el delito. 

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Se obliga a las municipales a crear direcciones de bienestar y protección animal, las cuales deberán de estructurar programas y servicios de salud gratuitos para castración y rehabilitación de animales rescatados.

La propuesta también obligaría al Ministerio de Educación a incluir en el Curriculum Nacional Base programas enfocados al bienestar animal. La Academia de Lenguas Mayas tendría la tarea de traducir a distintos idiomas las campañas de sensibilización.

¿Qué dice la ley vigente?

La Ley de Bienestar Animal aprobada por el Congreso en el 2017 establece como infracción gravísima "envenenar o intoxicar a un animal usando para ello cualquier sustancia venenosa o tóxica, sea de carácter líquido, sólido, gaseoso o volátil, mineral u orgánico, sin que medie razón técnica o científica, así como abandonar sustancias venenosas perjudiciales en lugares accesibles para los animales, las personas y el ambiente".

La sanción del pago de 12 salarios mínimos la establece el artículo 66 de la normativa. De esa cuenta, la multa supera los Q37 mil si se toma como base el salario mínimo vigente. 

Durante una citación en el Congreso se conoció que la Unidad de Bienestar Animal, adscrita al Ministerio de Agricultura, no puede actuar de oficio, pues debe existir una denuncia a través de la Policía Nacional Civil (PNC) y las municipalidades.

También se conoció que por falta de presupuesto, la Unidad solo tiene presencia en cinco departamentos. 

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Presentan ley para endurecer penas contra el maltrato animal en Guatemala

La iniciativa de ley establece penas de prisión por intoxicar, maltratar o abandonar a los animales.

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27 de enero, 2023

Días después de que circulara un video donde dos hombres, familiares del dueño Xelapan, envenenaran a unos perros sin hogar, una iniciativa de ley fue presentada en el Congreso de la República, la cual busca endurecer las penas contra quienes incurran en esta práctica.

La diputada Sonia Gutiérrez y Adán Pérez presentaron una iniciativa de ley que establece sanciones de hasta 15 salarios mínimos y penas de prisión para quienes intoxicación, crueldad o abandono animal.

Si en caso el animal muere, las penas aumentarán en una tercera parte. El documento detalla pena de prisión de 6 a 8 años a quienes abandonen a un animal. También se especifica que las multas deben trasladarse a los refugios municipales del lugar donde se haya cometido el delito. 

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La propuesta también obligaría al Ministerio de Educación a incluir en el Curriculum Nacional Base programas enfocados al bienestar animal. La Academia de Lenguas Mayas tendría la tarea de traducir a distintos idiomas las campañas de sensibilización.

¿Qué dice la ley vigente?

La Ley de Bienestar Animal aprobada por el Congreso en el 2017 establece como infracción gravísima "envenenar o intoxicar a un animal usando para ello cualquier sustancia venenosa o tóxica, sea de carácter líquido, sólido, gaseoso o volátil, mineral u orgánico, sin que medie razón técnica o científica, así como abandonar sustancias venenosas perjudiciales en lugares accesibles para los animales, las personas y el ambiente".

La sanción del pago de 12 salarios mínimos la establece el artículo 66 de la normativa. De esa cuenta, la multa supera los Q37 mil si se toma como base el salario mínimo vigente. 

Durante una citación en el Congreso se conoció que la Unidad de Bienestar Animal, adscrita al Ministerio de Agricultura, no puede actuar de oficio, pues debe existir una denuncia a través de la Policía Nacional Civil (PNC) y las municipalidades.

También se conoció que por falta de presupuesto, la Unidad solo tiene presencia en cinco departamentos.