Política
Política
Empresa
Empresa
Investigación y Análisis
Investigación y Análisis
Internacional
Internacional
Opinión
Opinión
Inmobiliaria
Inmobiliaria
Agenda Empresarial
Agenda Empresarial

¿Por qué Guatemala firmó un Acuerdo Compromisorio con Belice para resolver el diferendo?

Redacción
23 de febrero, 2016

El diferendo territorial, insular y marítimo de Guatemala respecto a Belice es un tema de nación que todos los guatemaltecos tenemos que resolver. En este breve artículo se explica por qué Guatemala tuvo que firmar un Acuerdo Compromisorio con Belice para buscar una solución jurídica a la disputa territorial.

El diferendo territorial, insular y marítimo de Guatemala respecto a Belice es la búsqueda de una solución justa, honorable y definitiva del diferendo por los medios de solución pacífica de controversias que aporta el Derecho Internacional a través de las Cartas de ONU y OEA.

En cuanto a las negociaciones entre Guatemala y Belice, ambas Partes hicieron esfuerzos de negociación, pero agotaron la etapa política de solución de controversias contenidas en el derecho internacional sin lograr llegar a un acuerdo. Guatemala y Belice suscribieron las Medidas de Fomento de la Confianza en el año 2000, con el objeto de disminuir los incidentes que ocurrían en una zona contigua denominada “Zona de Adyacencia”, y que las Partes acordaron que la expresada zona no representa una frontera internacional. Guatemala se refiere siempre a la “Zona de Adyacencia”, que tiene el fin de ser una zona de amortiguamiento que prevenga incidentes entre ambas Partes.

SUSCRIBITE A NUESTRO NEWSLETTER

En el año 2005 Guatemala y Belice acordaron actualizar las Medidas de Fomento de la Confianza y se agregó un componente importante que permitiera la negociación entre ambas Partes y se le denominó “Acuerdo sobre un Marco de Negociación y Medidas de Fomento de la Confianza”.

Durante las negociaciones ambas Partes no pudieron encontrar una solución al asunto y con una posición tan enfrentada entre las Partes, el entonces Secretario General de la Organización de los Estados Americanos recomendó someter el diferendo a una instancia jurisdiccional internacional, las cuales escogieron para ese propósito la Corte Internacional de Justicia. La expresada Corte es el órgano principal judicial del sistema de Naciones Unidas y fue escogida para encontrar una solución apegada al derecho internacional, de forma ecuánime, definitiva y honorable al diferendo territorial de Guatemala.

Para ese propósito, Guatemala y Belice suscribieron el “Acuerdo Especial para someter el reclamo territorial, insular y marítimo de Guatemala a la Corte Internacional de Justicia” el 8 de diciembre de 2008, bajo los auspicios de la OEA. Ese Acuerdo compromisorio era necesario porque Belice no acepta la jurisdicción compulsoria de la Corte en virtud del artículo 36(1) del Estatuto de la CIJ, ni es un Estado signatario del Pacto de Bogotá de 1948, en virtud del artículo 31. En el artículo 2 del referido Acuerdo, se encuentra contenido el Objeto de la disputa y las Partes solicitan a la Corte Internacional de Justicia, que declare los derechos de ambas Partes sobre territorios continentales, insulares y marítimos y determine en consecuencia la línea fronteriza de sus respectivos territorios y áreas.

El Congreso de la República de Guatemala ratificó de forma unánime el Acuerdo Especial el 9 de septiembre de 2010. En la reunión Ministerial del 28 de noviembre de 2011, celebrada en la sede de la Organización de los Estados Americanos en Washington D.C., Guatemala y Belice acordaron celebrar las consultas populares en ambos países en el segundo semestre del año 2013, sin embargo como expliqué en mi artículo anterior, la Consulta Popular no se celebró en 2013 porque Belice modificó su ley de referéndum en plenas negociaciones con Guatemala.

El diferendo territorial se originó en 1859, cuando Guatemala en ese entonces firmó un tratado con Gran Bretaña en el que se cedía el territorio a cambio de la construcción de una carretera que uniera a la ciudad de Guatemala con el establecimiento de Belice. La falta de cumplimiento por parte de Gran Bretaña de la cláusula 7 del tratado de 1859, que es la construcción de la carretera, son los orígenes del diferendo territorial que se mantiene hoy en día.

Los actores en ese entonces eran Gran Bretaña, España y Guatemala. Gran Bretaña firmó dos tratados con España para que súbditos británicos se establecieran en dos partes determinadas para el corte de palo de tinte entre el río Hondo y el río Sibún. No obstante, los súbditos británicos usurparon el territorio al sur del río Sibún hasta llegar al río Sarstún, sin el consentimiento de España, ni de Guatemala. Belice en ese entonces formaba parte de la provincia de la Verapaz.

Con la independencia unilateral de Belice en 1981, que Guatemala no reconoció, Belice heredó un diferendo ocasionado por Gran Bretaña, que debía resolver directamente con Guatemala. En 1991, el Presidente de Guatemala, Jorge Serrano reconoció la autodeterminación de Belice pero dejó a salvo el diferendo territorial.

Guatemala mantiene relaciones diplomáticas y comerciales con Belice. Ambas Partes tienen el deseo de resolver el diferendo territorial. Para Belice, por una parte, es muy desgastante el hecho que Guatemala mantenga un reclamo sobre el territorio que administra y en ese sentido, Belice carece de certeza jurídica del territorio. Para Guatemala, por otra parte, es la reintegración del territorio ocupado por un tercer Estado y por el incumplimiento del Tratado de 1859.

¿Por qué Guatemala firmó un Acuerdo Compromisorio con Belice para resolver el diferendo?

Redacción
23 de febrero, 2016

El diferendo territorial, insular y marítimo de Guatemala respecto a Belice es un tema de nación que todos los guatemaltecos tenemos que resolver. En este breve artículo se explica por qué Guatemala tuvo que firmar un Acuerdo Compromisorio con Belice para buscar una solución jurídica a la disputa territorial.

El diferendo territorial, insular y marítimo de Guatemala respecto a Belice es la búsqueda de una solución justa, honorable y definitiva del diferendo por los medios de solución pacífica de controversias que aporta el Derecho Internacional a través de las Cartas de ONU y OEA.

En cuanto a las negociaciones entre Guatemala y Belice, ambas Partes hicieron esfuerzos de negociación, pero agotaron la etapa política de solución de controversias contenidas en el derecho internacional sin lograr llegar a un acuerdo. Guatemala y Belice suscribieron las Medidas de Fomento de la Confianza en el año 2000, con el objeto de disminuir los incidentes que ocurrían en una zona contigua denominada “Zona de Adyacencia”, y que las Partes acordaron que la expresada zona no representa una frontera internacional. Guatemala se refiere siempre a la “Zona de Adyacencia”, que tiene el fin de ser una zona de amortiguamiento que prevenga incidentes entre ambas Partes.

SUSCRIBITE A NUESTRO NEWSLETTER

En el año 2005 Guatemala y Belice acordaron actualizar las Medidas de Fomento de la Confianza y se agregó un componente importante que permitiera la negociación entre ambas Partes y se le denominó “Acuerdo sobre un Marco de Negociación y Medidas de Fomento de la Confianza”.

Durante las negociaciones ambas Partes no pudieron encontrar una solución al asunto y con una posición tan enfrentada entre las Partes, el entonces Secretario General de la Organización de los Estados Americanos recomendó someter el diferendo a una instancia jurisdiccional internacional, las cuales escogieron para ese propósito la Corte Internacional de Justicia. La expresada Corte es el órgano principal judicial del sistema de Naciones Unidas y fue escogida para encontrar una solución apegada al derecho internacional, de forma ecuánime, definitiva y honorable al diferendo territorial de Guatemala.

Para ese propósito, Guatemala y Belice suscribieron el “Acuerdo Especial para someter el reclamo territorial, insular y marítimo de Guatemala a la Corte Internacional de Justicia” el 8 de diciembre de 2008, bajo los auspicios de la OEA. Ese Acuerdo compromisorio era necesario porque Belice no acepta la jurisdicción compulsoria de la Corte en virtud del artículo 36(1) del Estatuto de la CIJ, ni es un Estado signatario del Pacto de Bogotá de 1948, en virtud del artículo 31. En el artículo 2 del referido Acuerdo, se encuentra contenido el Objeto de la disputa y las Partes solicitan a la Corte Internacional de Justicia, que declare los derechos de ambas Partes sobre territorios continentales, insulares y marítimos y determine en consecuencia la línea fronteriza de sus respectivos territorios y áreas.

El Congreso de la República de Guatemala ratificó de forma unánime el Acuerdo Especial el 9 de septiembre de 2010. En la reunión Ministerial del 28 de noviembre de 2011, celebrada en la sede de la Organización de los Estados Americanos en Washington D.C., Guatemala y Belice acordaron celebrar las consultas populares en ambos países en el segundo semestre del año 2013, sin embargo como expliqué en mi artículo anterior, la Consulta Popular no se celebró en 2013 porque Belice modificó su ley de referéndum en plenas negociaciones con Guatemala.

El diferendo territorial se originó en 1859, cuando Guatemala en ese entonces firmó un tratado con Gran Bretaña en el que se cedía el territorio a cambio de la construcción de una carretera que uniera a la ciudad de Guatemala con el establecimiento de Belice. La falta de cumplimiento por parte de Gran Bretaña de la cláusula 7 del tratado de 1859, que es la construcción de la carretera, son los orígenes del diferendo territorial que se mantiene hoy en día.

Los actores en ese entonces eran Gran Bretaña, España y Guatemala. Gran Bretaña firmó dos tratados con España para que súbditos británicos se establecieran en dos partes determinadas para el corte de palo de tinte entre el río Hondo y el río Sibún. No obstante, los súbditos británicos usurparon el territorio al sur del río Sibún hasta llegar al río Sarstún, sin el consentimiento de España, ni de Guatemala. Belice en ese entonces formaba parte de la provincia de la Verapaz.

Con la independencia unilateral de Belice en 1981, que Guatemala no reconoció, Belice heredó un diferendo ocasionado por Gran Bretaña, que debía resolver directamente con Guatemala. En 1991, el Presidente de Guatemala, Jorge Serrano reconoció la autodeterminación de Belice pero dejó a salvo el diferendo territorial.

Guatemala mantiene relaciones diplomáticas y comerciales con Belice. Ambas Partes tienen el deseo de resolver el diferendo territorial. Para Belice, por una parte, es muy desgastante el hecho que Guatemala mantenga un reclamo sobre el territorio que administra y en ese sentido, Belice carece de certeza jurídica del territorio. Para Guatemala, por otra parte, es la reintegración del territorio ocupado por un tercer Estado y por el incumplimiento del Tratado de 1859.