Política
Política
Empresa
Empresa
Investigación y Análisis
Investigación y Análisis
Internacional
Internacional
Opinión
Opinión
Inmobiliaria
Inmobiliaria
Agenda Empresarial
Agenda Empresarial

TSE rechaza a Juan Francisco Solórzano Foppa como candidato a alcalde

Henry Pocasangre
08 de mayo, 2019

El pleno de magistrados del TSE rechazó un recurso de nulidad presentado por el exsuperintendente Juan Francisco Solórzano Foppa.

Solórzano Foppa es el candidato a alcalde del Comité Cívico Mi Barrio, y el argumento del Tribunal Supremo Electoral (TSE), para rechazar la inscripción, fue la presentación extemporánea de la papelería.

La decisión tuvo el voto razonado de la magistrada María Eugenia Mijangos, quien considera que se necesita un análisis de la realidad y de forma que permita el desarrollo de los artículos constitucionales.

SUSCRIBITE A NUESTRO NEWSLETTER

En la Ley Electoral y de Partidos Políticos, en su artículo 108, se establece que: “La constitución e inscripción de un comité cívico deberá hacerse, a más tardar, sesenta días antes de la fecha señalada para la elección“.

Con esa misma base, Solórzano Foppa había solicitado la inscripción del su candidatura.

Los cuatro votos en contra de la inscripción, son el argumento de la extemporánea presentación de la solicitud.

La fecha para la inscripción de candidatos comenzó el 19 de enero y finalizó el 17 de marzo.

“La resolución viola la Ley Electoral, por eso iremos a la Corte Suprema el día de mañana -jueves- a interponer un amparo. Con la ley de nuestro lado vamos a participar para tener una ciudad diferente”, escribió Solórzano Foppa en su cuenta de Twitter.

TSE rechaza a Juan Francisco Solórzano Foppa como candidato a alcalde

Henry Pocasangre
08 de mayo, 2019

El pleno de magistrados del TSE rechazó un recurso de nulidad presentado por el exsuperintendente Juan Francisco Solórzano Foppa.

Solórzano Foppa es el candidato a alcalde del Comité Cívico Mi Barrio, y el argumento del Tribunal Supremo Electoral (TSE), para rechazar la inscripción, fue la presentación extemporánea de la papelería.

La decisión tuvo el voto razonado de la magistrada María Eugenia Mijangos, quien considera que se necesita un análisis de la realidad y de forma que permita el desarrollo de los artículos constitucionales.

SUSCRIBITE A NUESTRO NEWSLETTER

En la Ley Electoral y de Partidos Políticos, en su artículo 108, se establece que: “La constitución e inscripción de un comité cívico deberá hacerse, a más tardar, sesenta días antes de la fecha señalada para la elección“.

Con esa misma base, Solórzano Foppa había solicitado la inscripción del su candidatura.

Los cuatro votos en contra de la inscripción, son el argumento de la extemporánea presentación de la solicitud.

La fecha para la inscripción de candidatos comenzó el 19 de enero y finalizó el 17 de marzo.

“La resolución viola la Ley Electoral, por eso iremos a la Corte Suprema el día de mañana -jueves- a interponer un amparo. Con la ley de nuestro lado vamos a participar para tener una ciudad diferente”, escribió Solórzano Foppa en su cuenta de Twitter.