Siete partidos políticos no lograron que sus candidatos fueran electos para ningún puesto de elección popular.
Un fracaso electoral fueron las elecciones generales del 16 de junio para siete partidos políticos que no lograron posicionarse en el Congreso, mucho menos la Presidencia y Vicepresidencia.
Esas agrupaciones deberán enfrentarse a un proceso de cancelación, de acuerdo con lo establecido por la Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEPP).
Se trata de los partidos Avanza, que postulaba a Danilo Roca a la Presidencia que no logró ningún puesto de elección popular.
La agrupación Convergencia tenía a Benito Morales como presidenciable; Encuentro por Guatemala fue representado por Manfredo Marroquín y Fuerza se quedó sin binomio tras la revocatoria a Mauricio Radford.
En el caso de Libre, Aníbal García fue el presidenciable; José Luis Chea encabezó al Partido Productividad y Trabajo (PPT) y Luis Velásquez a Unidos.
Cancelación
El artículo 93 de la LEPP establece las causales de cancelación de un partido político.
En la literal C establece que se cancela: “Si en las elecciones para presidente y vicepresidente de la República o en el Listado Nacional para cargo de diputados al Congreso, no hubiese obtenido, por lo menos, un cinco por ciento de los votos válidos emitidos“.
La excepción se da cuando el partido haya alcanzado una representación en el Congreso, aunque no tenga el cinco por ciento de votos.
El proceso de cancelación de las agrupaciones comenzará después de que el proceso electoral sea finalizado.
El TSE debe emitir un acuerdo en el que decreta la finalización de los comicios, a partir de allí comienza el proceso de cancelación.
Siete partidos políticos no lograron que sus candidatos fueran electos para ningún puesto de elección popular.
Un fracaso electoral fueron las elecciones generales del 16 de junio para siete partidos políticos que no lograron posicionarse en el Congreso, mucho menos la Presidencia y Vicepresidencia.
Esas agrupaciones deberán enfrentarse a un proceso de cancelación, de acuerdo con lo establecido por la Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEPP).
Se trata de los partidos Avanza, que postulaba a Danilo Roca a la Presidencia que no logró ningún puesto de elección popular.
La agrupación Convergencia tenía a Benito Morales como presidenciable; Encuentro por Guatemala fue representado por Manfredo Marroquín y Fuerza se quedó sin binomio tras la revocatoria a Mauricio Radford.
En el caso de Libre, Aníbal García fue el presidenciable; José Luis Chea encabezó al Partido Productividad y Trabajo (PPT) y Luis Velásquez a Unidos.
Cancelación
El artículo 93 de la LEPP establece las causales de cancelación de un partido político.
En la literal C establece que se cancela: “Si en las elecciones para presidente y vicepresidente de la República o en el Listado Nacional para cargo de diputados al Congreso, no hubiese obtenido, por lo menos, un cinco por ciento de los votos válidos emitidos“.
La excepción se da cuando el partido haya alcanzado una representación en el Congreso, aunque no tenga el cinco por ciento de votos.
El proceso de cancelación de las agrupaciones comenzará después de que el proceso electoral sea finalizado.
El TSE debe emitir un acuerdo en el que decreta la finalización de los comicios, a partir de allí comienza el proceso de cancelación.