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MCN pide revisión de fallos del proceso electoral 2019

Edgar Quiñónez
18 de febrero, 2020

El Movimiento Cívico Nacional (MCN) presentó ante el Tribunal Supremo Electoral (TSE), una solicitud formal de revisión de aspectos en los que se falló en el proceso electoral 2019.

El presidente de MCN, José Echeverría, indicó que en total son 11 aspectos que destacan en la solicitud. Agregó que el documento reúne la petición de 1 mil 500 personas.

Aspectos que destacan:

  • El sistema de cómputo utilizado.
  • La no inscripción de candidatos.
  • Falta de criterios para inscribir a diputados tránsfugas.
  • La emisión de un reglamento que regulaba los foros y debates, el cual fue anulado después.
  • Manejo de tarifa electoral.

Recuento de hechos

Errores en el sistema de cómputo

En junio del 2019, Gustavo Castillo, jefe de la Dirección de Informática del TSE, dijo que hubo errores en el sistema de conteo de votos.

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Los problemas se relacionaban con la digitalización de actas y la duplicidad de datos.

Por esos dos motivos decidieron congelar las bases de datos, según Castillo.

Censura a medios de comunicación

Luego el TSE atentó contra la libertad de expresión y limitó la capacidad de debatir o articular propuestas por parte de los medios de comunicación.

Los magistrados aprobaron en marzo del 2019 un reglamento para impedir que los medios de comunicación realizaran foros, debates y entrevistas a los candidatos sobre temas no incluidos en un listado ya definido.

Este acuerdo fue criticado por su evidente censura ya que impedía a los medios de comunicación.

El acuerdo buscaba que la Unidad Especializada Sobre Medios de Comunicación y Estudios de Opinión, aprobara previamente las actividades propuestas por los medios y los temas a discutir para dar a conocer las opiniones y propuestas de candidatos.

Por ello, el MCN presentó una acción constitucional de amparo por la amenaza de violación al derecho de libertad de expresión contra los magistrados del TSE.

A pesar de que unos días después fue revocado el reglamento emitido, la amenaza de censura a la libertad de expresión todavía era latente.

Judicialización de las candidaturas

Tanto el Mirador Electoral como el Programa de Observación Electoral (PROE), indicaron en sus informes que este último proceso se llevó a cabo en un ambiente de judicialización.

Un claro ejemplo de esto fue el caso de Zury Ríos. En el 2015 la Corte Suprema de Justicia aceptó su candidatura cuando el Registro de Ciudadanos la había denegado, al final, la Corte de Constitucionalidad la amparó.

Pero en las elecciones pasadas del 2019, la historia cambió y la candidata no fue amparada por la CC y tampoco registrada en el TSE.

Esto demostró las distintas interpretaciones entre estas instituciones, pues tenían argumentos diferentes para aceptar o rechazar la inscripción de Zury Ríos como candidata.

Por un lado estaba la restricción constitucional del artículo 186, pero también el argumento que es un derecho humano de poder elegir y ser electo.

Inscripción de diputados tránsfugas

La Ley Electoral señala en el artículo 205 Ter la prohibición de inscripción de tránsfugas. Sin embargo, fueron inscritos varios diputados tránsfugas.

En concordancia con la disposición vigente, el MCN interpuso un amparo contra la inscripción de diputados considerados tránsfugas.

Al inscribir a varios de estos diputados se violaron los principios de seguridad jurídica, igualdad ante la ley y de legalidad.

En su informe final de las elecciones 2019, el PROE indicó que se deben uniformar los criterios de interpretación dentro de los órganos del TSE para que haya coherencia y congruencia en sus resoluciones.

Un ejemplo de ello fue en el Registro de Ciudadanos y los criterios para inscribir a tránsfugas o contratistas del Estado.

Contratistas inscritos y adjudicados en cargo

Por un lado la Ley Electoral establece que no pueden ser inscritos como diputados los contratistas del Estado, mientras que la Constitución de la República establece que no pueden asumir como legisladores.

A pesar de estas dos prohibiciones, el TSE inscribió a 32 candidatos que eran contratistas del Estado y cuatro de ellos son ahora diputados.

Amenaza de los magistrados

A pesar de que no existe ningún delito o falta en la expresión del pensamiento, el TSE analizó denunciar a quienes expresaron que hubo fraude electoral.

Esto supuso otra amenaza contra la libertad de expresión, pues el TSE y sus magistrados no fueron capaz de recibir críticas, aun cuando estas fuesen tan radicales, alegando que hubo fraude.

No obstante, la Constitución de la República indica en su artículo 35 que “no constituye delito o falta las publicaciones que contengan denuncias, críticas o imputaciones contra funcionarios o empleados públicos por actos efectuado en el ejercicio de sus cargos.”

La mala regulación de la pauta electoral

Tanto los medios de comunicación como los partidos políticos manifestaron su inconformidad por las regulaciones de la pauta electoral.

Debido a los procesos engorrosos y contradictorios de la Ley Electoral, muchos medios de alcance nacional y con gran cobertura, no se registraron ante el TSE.

Al tratar de igualar las condiciones de los partidos políticos en cuanto a la pauta, el resultado real fue poner en desventaja a los votantes.

Como consecuencia hubo un desconocimiento ciudadano de la oferta electoral.

La inaccesibilidad a las resoluciones

En marzo del 2019 el MCN solicitó al Registro de Ciudadanos hacer público el criterio utilizado para rechazar, en algunos casos y aceptar en otros, la inscripción de ciertos candidatos a diputados.

Esto con el objetivo de tener elecciones y reglas claras dado que no se hizo público un criterio uniforme y coherente de la aplicación del artículo 205 Ter de la LEPP sobre transfuguismo.

El MCN solicitó conocer al razonamiento de las autoridades que permitieron la participación de candidatos tránsfugas en dos ocasiones, sin embargo, el TSE no fue capaz de proveer de manera pública, información sobre el tema.

Se demostró la falta de voluntad de las autoridades de ejercer sus facultades en el mejor interés de la ciudadanía.

La contradicción por el voto nulo

El PROE también constató que hubo temas ambiguos y confusos, como el del voto nulo, que impedían su correcto entendimiento. Se manifestaron dos posturas en cuanto al voto nulo.

Por un lado la magistrada María Eugenia Mijangos decía que los votos nulos únicamente tendrán validez si alcanzaban el 50%+1.

No obstante, por otro lado el magistrado Julio Solórzano interpretaba que el voto nulo sí se contabilizaban como votos válidos aunque no llegaran al 51%.

Ante esto, a dos días de las elecciones el TSE no había emitido una postura clara sobre cómo utilizar el voto nulo.

La ausencia del Registrador de Ciudadanos

Uno de los funcionarios clave en el TSE se ausentó durante las etapas más críticas del proceso electoral.

Leopoldo Guerra, director del Registro de Ciudadanos abandonó el país y Omar Gereda Franco tuvo que ocupar temporalmente las funciones de Guerra.

Además, antes de su retiro, fue criticado por llevar a cabo inscripciones “expres” al no tomar en cuenta errores en las solicitudes de inscripción u otras que no avanzaban.

MCN pide revisión de fallos del proceso electoral 2019

Edgar Quiñónez
18 de febrero, 2020

El Movimiento Cívico Nacional (MCN) presentó ante el Tribunal Supremo Electoral (TSE), una solicitud formal de revisión de aspectos en los que se falló en el proceso electoral 2019.

El presidente de MCN, José Echeverría, indicó que en total son 11 aspectos que destacan en la solicitud. Agregó que el documento reúne la petición de 1 mil 500 personas.

Aspectos que destacan:

  • El sistema de cómputo utilizado.
  • La no inscripción de candidatos.
  • Falta de criterios para inscribir a diputados tránsfugas.
  • La emisión de un reglamento que regulaba los foros y debates, el cual fue anulado después.
  • Manejo de tarifa electoral.

Recuento de hechos

Errores en el sistema de cómputo

En junio del 2019, Gustavo Castillo, jefe de la Dirección de Informática del TSE, dijo que hubo errores en el sistema de conteo de votos.

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Los problemas se relacionaban con la digitalización de actas y la duplicidad de datos.

Por esos dos motivos decidieron congelar las bases de datos, según Castillo.

Censura a medios de comunicación

Luego el TSE atentó contra la libertad de expresión y limitó la capacidad de debatir o articular propuestas por parte de los medios de comunicación.

Los magistrados aprobaron en marzo del 2019 un reglamento para impedir que los medios de comunicación realizaran foros, debates y entrevistas a los candidatos sobre temas no incluidos en un listado ya definido.

Este acuerdo fue criticado por su evidente censura ya que impedía a los medios de comunicación.

El acuerdo buscaba que la Unidad Especializada Sobre Medios de Comunicación y Estudios de Opinión, aprobara previamente las actividades propuestas por los medios y los temas a discutir para dar a conocer las opiniones y propuestas de candidatos.

Por ello, el MCN presentó una acción constitucional de amparo por la amenaza de violación al derecho de libertad de expresión contra los magistrados del TSE.

A pesar de que unos días después fue revocado el reglamento emitido, la amenaza de censura a la libertad de expresión todavía era latente.

Judicialización de las candidaturas

Tanto el Mirador Electoral como el Programa de Observación Electoral (PROE), indicaron en sus informes que este último proceso se llevó a cabo en un ambiente de judicialización.

Un claro ejemplo de esto fue el caso de Zury Ríos. En el 2015 la Corte Suprema de Justicia aceptó su candidatura cuando el Registro de Ciudadanos la había denegado, al final, la Corte de Constitucionalidad la amparó.

Pero en las elecciones pasadas del 2019, la historia cambió y la candidata no fue amparada por la CC y tampoco registrada en el TSE.

Esto demostró las distintas interpretaciones entre estas instituciones, pues tenían argumentos diferentes para aceptar o rechazar la inscripción de Zury Ríos como candidata.

Por un lado estaba la restricción constitucional del artículo 186, pero también el argumento que es un derecho humano de poder elegir y ser electo.

Inscripción de diputados tránsfugas

La Ley Electoral señala en el artículo 205 Ter la prohibición de inscripción de tránsfugas. Sin embargo, fueron inscritos varios diputados tránsfugas.

En concordancia con la disposición vigente, el MCN interpuso un amparo contra la inscripción de diputados considerados tránsfugas.

Al inscribir a varios de estos diputados se violaron los principios de seguridad jurídica, igualdad ante la ley y de legalidad.

En su informe final de las elecciones 2019, el PROE indicó que se deben uniformar los criterios de interpretación dentro de los órganos del TSE para que haya coherencia y congruencia en sus resoluciones.

Un ejemplo de ello fue en el Registro de Ciudadanos y los criterios para inscribir a tránsfugas o contratistas del Estado.

Contratistas inscritos y adjudicados en cargo

Por un lado la Ley Electoral establece que no pueden ser inscritos como diputados los contratistas del Estado, mientras que la Constitución de la República establece que no pueden asumir como legisladores.

A pesar de estas dos prohibiciones, el TSE inscribió a 32 candidatos que eran contratistas del Estado y cuatro de ellos son ahora diputados.

Amenaza de los magistrados

A pesar de que no existe ningún delito o falta en la expresión del pensamiento, el TSE analizó denunciar a quienes expresaron que hubo fraude electoral.

Esto supuso otra amenaza contra la libertad de expresión, pues el TSE y sus magistrados no fueron capaz de recibir críticas, aun cuando estas fuesen tan radicales, alegando que hubo fraude.

No obstante, la Constitución de la República indica en su artículo 35 que “no constituye delito o falta las publicaciones que contengan denuncias, críticas o imputaciones contra funcionarios o empleados públicos por actos efectuado en el ejercicio de sus cargos.”

La mala regulación de la pauta electoral

Tanto los medios de comunicación como los partidos políticos manifestaron su inconformidad por las regulaciones de la pauta electoral.

Debido a los procesos engorrosos y contradictorios de la Ley Electoral, muchos medios de alcance nacional y con gran cobertura, no se registraron ante el TSE.

Al tratar de igualar las condiciones de los partidos políticos en cuanto a la pauta, el resultado real fue poner en desventaja a los votantes.

Como consecuencia hubo un desconocimiento ciudadano de la oferta electoral.

La inaccesibilidad a las resoluciones

En marzo del 2019 el MCN solicitó al Registro de Ciudadanos hacer público el criterio utilizado para rechazar, en algunos casos y aceptar en otros, la inscripción de ciertos candidatos a diputados.

Esto con el objetivo de tener elecciones y reglas claras dado que no se hizo público un criterio uniforme y coherente de la aplicación del artículo 205 Ter de la LEPP sobre transfuguismo.

El MCN solicitó conocer al razonamiento de las autoridades que permitieron la participación de candidatos tránsfugas en dos ocasiones, sin embargo, el TSE no fue capaz de proveer de manera pública, información sobre el tema.

Se demostró la falta de voluntad de las autoridades de ejercer sus facultades en el mejor interés de la ciudadanía.

La contradicción por el voto nulo

El PROE también constató que hubo temas ambiguos y confusos, como el del voto nulo, que impedían su correcto entendimiento. Se manifestaron dos posturas en cuanto al voto nulo.

Por un lado la magistrada María Eugenia Mijangos decía que los votos nulos únicamente tendrán validez si alcanzaban el 50%+1.

No obstante, por otro lado el magistrado Julio Solórzano interpretaba que el voto nulo sí se contabilizaban como votos válidos aunque no llegaran al 51%.

Ante esto, a dos días de las elecciones el TSE no había emitido una postura clara sobre cómo utilizar el voto nulo.

La ausencia del Registrador de Ciudadanos

Uno de los funcionarios clave en el TSE se ausentó durante las etapas más críticas del proceso electoral.

Leopoldo Guerra, director del Registro de Ciudadanos abandonó el país y Omar Gereda Franco tuvo que ocupar temporalmente las funciones de Guerra.

Además, antes de su retiro, fue criticado por llevar a cabo inscripciones “expres” al no tomar en cuenta errores en las solicitudes de inscripción u otras que no avanzaban.