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Resoluciones de la actual CC causaron inseguridad jurídica y daños irreparables en la economía

Luis Gonzalez
28 de febrero, 2021

Han transcurrido 35 años desde que se creó la Corte de Constitucionalidad (CC) como el órgano garante del cumplimiento de los derechos establecidos en la carta magna. Pero muchos guatemaltecos le reprochan no actuar con total transparencia e imparcialidad al momento de defender el orden constitucional.

Una de las voces que más ha cuestionado resoluciones de los actuales magistrados es el Centro para la defensa de la Constitución (Cedecon).

En el documento titulado La Corte De Constitucionalidad, Límites, Funciones y Responsabilidad de los Magistrados, manifiestan su preocupación por una línea jurisprudencial contradictoria de la actual magistratura de la CC.

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Además, consideran que la Corte de Constitucionalidad a algunos casos les da máxima prioridad y en otros existe un retardo injustificado.

“Existen resoluciones contradictorias en diversos temas, es decir, la Corte de Constitucionalidad también le ha dado un tratamiento contradictorio a situaciones similares”

Stuardo Ralón Orellana, presidente de Cedecon.

El exmagistrado de la CC, José Quesada, considera que la actual magistratura de la Corte de Constitucionalidad ha sido “nefasta”. Porque ha incidido en la gobernabilidad del país, y ha dictado resoluciones sustituyendo al Organismo Ejecutivo, Legislativo y Judicial de Guatemala. “Creo que se ha sobrepasado y excedido de las funciones que le corresponden”. 

Asegura que el costo que ha tenido el país con las resoluciones ilegales de la CC en proyectos mineros o de hidroeléctricas “ha sido altísimo”, como en el caso de la mina San Rafael y la hidroeléctrica Oxec.

Falta de igualdad

Para Ralón, presidente de Cedecon, algunos ejemplos de inconstitucionalidad se observan en casos que involucran inversión extranjera e impacto económico y social.

“Se pueden mencionar casos recientes que han llegado al conocimiento de la CC y que se refieren a acciones de amparo contra el Estado de Guatemala, que tienen como petición de fondo la aplicación del proceso de consulta de conformidad con el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT)”.

Asegura que en expedientes distintos la CC no ha tratado en forma equitativa la resolución de los casos plasmados en expedientes, “en algunos de ellos se ve mayor celeridad, y en otros, un retardo injustificado”.

Lo que le ha costado al país las decisiones de la CC

Nils Leporowski, presidente del Comité Coordinador de Asociaciones Agrícolas, Comerciales, Industriales y Financieras (Cacif), considera que es difícil tener una estimación de lo que la CC ha dañado económicamente a Guatemala y las oportunidades que le ha quitado al país en el tema inversión. Pone como ejemplo a la Minera San Rafael.

“La mina San Rafael tributó Q600 millones anuales de Impuestos Sobre la Renta (ISR) y producía más de mil 500 empleos, lo que produjo que el nivel de vida fuera mejor para los pobladores de ese municipio de Santa Rosa”, explica Leporowski.

Afirma que ya son tres años que la mina está cerrada y que son “miles de quetzales” los que el Estado ha dejado de percibir de ingresos solo de ISR, sin tomar en cuenta todos los ingresos en cascada que generaba indirectamente la mina, por eso es difícil hacer un cálculo”.

Pero lo que más le preocupa al empresario es la cantidad de empleos que se dejaron de producir en esa área pobre, que era productora de cebolla y después de café.

“La mina impactaba 0.4% del Producto Interno Bruto, pero lo más grave fue la falta de certeza jurídica que la sentencia  de la Corte de Constitucionalidad generó al aplicar el convenio 169″, enfatiza el dirigente empresarial.

Asegura que la mala interpretación del 169 mandó un mensaje al mundo de que en Guatemala no tenemos certeza jurídica. “Ello lo que nos quitó fueron oportunidades de inversión extranjera y empleos dignos en ese municipio de Guatemala”, subraya Leporowski.

Atrasos injustificados

Stuardo Ralón Orellana, presidente de Cedecon dice que fueron aproximadamente cuatro meses los que tomó la CC para dictar sentencia en el caso de los Proyectos Hidroeléctricos Oxec y Oxec II (expedientes acumulados 90-2017, 91-2017 y 92-2017).

En esos expedientes la apelación ante la Corte de Constitucionalidad se presentó el 6 de enero de 2017 y se resolvió en definitiva el 26 de mayo de 2017.

El segundo caso corresponde a la Mina San Rafael (expediente 4785-2017). La apelación se presentó en la Corte de Constitucionalidad en mayo de 2017 y se resolvió en definitiva el 3 de septiembre de 2018. Fueron dieciséis meses los que tomó la Corte para dictar sentencia en el caso de la Minera San Rafael.

Según el abogado Ralón, siendo ambos casos (Mina San Rafael y Oxec) similares (la aplicación del Convenio 169 de la OIT), queda clara la diferencia en la aplicación de los plazos establecidos en la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad.

Fallos que causan daños

El economista e investigador del Centro de Investigaciones Económicas Nacionales (CIEN), Hugo Maul Rivas, dice que “independiente de la fundamentación jurídica de la CC y su validez”, al no facilitar un mecanismo para realizar consultas, permisos o licencias o cualquier otra decisión que le permita a una empresa operar e invertir y al no estar regulado Guatemala, pierde oportunidades.

Para el constitucionalista Stuardo Ralón, las decisiones de la CC causan efectos negativos más allá de la consideración jurídico. Efectos como desempleo, afectación a la certeza jurídica, perjuicios de tipo económico, incumplimiento de obligaciones contractuales con proveedores y afectación de un negocio en marcha.

“En el primer caso (Oxec) la CC resolvió no suspender las operaciones empresariales mientras se desarrollaba el proceso de consulta según el Convenio 169 de la OIT. En el segundo caso (Minera San Rafael), la Corte resolvió cerrar las operaciones mediante suspensión, mientras se desarrollaba el proceso de consulta”, dice el jurista.

“Por lo que no solo el fondo se resolvió en forma contradictoria, sino que existen diferencias sustanciales en los tiempos de resolución. Ya que el segundo expediente demoró cuatro veces más en tiempo que el primero”, asegura el abogado.

Afirma que las situaciones contradictorias en los fallos de la Corte de Constitucionalidad generan inestabilidad y un grave daño a la certeza y seguridad jurídica.

“Pues no existe previsibilidad respecto a cómo pueden resolverse las controversias aún y cuando sean de materia similar. Ello porque existe una línea jurisprudencial contradictoria en plazos y en el fondo del asunto”.

Certeza jurídica

“Los proyectos suspendidos generan mucho bienestar, desarrollo económico y empleo formal en las comunidades. Además, con los fallos negativos se destruye la certeza jurídica y la atracción de inversión al país”, reflexiona el director Ejecutivo de la Cámara de Industria de Guatemala (CIG), Javier Zepeda.

También explica que las inversiones industriales son a largo plazo y de una gran inversión monetaria, por ello benefician al país. Además son necesarias para la recaudación fiscal, el empleo e inversiones.

“Si no existe certeza jurídica se deteriora el deseo de invertir en Guatemala. Es fundamental que las resoluciones estén apegadas a derecho, sin ideologizarlas y pensando en el beneficio del país”

Javier Zepeda.

Máximo Tribunal

La Constitución Política de la República de Guatemala es la ley suprema del país. Y en ella se establecieron instituciones autónomas, dirigidas a consolidar el sistema democrático, como la Corte de Constitucionalidad (CC).

La Corte es el máximo tribunal en materia constitucional de Guatemala, y su principal función es velar por el cumplimiento de la Constitución Política de la República.

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Una de las voces que más ha cuestionado resoluciones de los actuales magistrados es el Centro para la defensa de la Constitución (Cedecon).

En el documento titulado La Corte De Constitucionalidad, Límites, Funciones y Responsabilidad de los Magistrados, manifiestan su preocupación por una línea jurisprudencial contradictoria de la actual magistratura de la CC.

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Además, consideran que la Corte de Constitucionalidad a algunos casos les da máxima prioridad y en otros existe un retardo injustificado.

“Existen resoluciones contradictorias en diversos temas, es decir, la Corte de Constitucionalidad también le ha dado un tratamiento contradictorio a situaciones similares”

Stuardo Ralón Orellana, presidente de Cedecon.

El exmagistrado de la CC, José Quesada, considera que la actual magistratura de la Corte de Constitucionalidad ha sido “nefasta”. Porque ha incidido en la gobernabilidad del país, y ha dictado resoluciones sustituyendo al Organismo Ejecutivo, Legislativo y Judicial de Guatemala. “Creo que se ha sobrepasado y excedido de las funciones que le corresponden”. 

Asegura que el costo que ha tenido el país con las resoluciones ilegales de la CC en proyectos mineros o de hidroeléctricas “ha sido altísimo”, como en el caso de la mina San Rafael y la hidroeléctrica Oxec.

Falta de igualdad

Para Ralón, presidente de Cedecon, algunos ejemplos de inconstitucionalidad se observan en casos que involucran inversión extranjera e impacto económico y social.

“Se pueden mencionar casos recientes que han llegado al conocimiento de la CC y que se refieren a acciones de amparo contra el Estado de Guatemala, que tienen como petición de fondo la aplicación del proceso de consulta de conformidad con el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT)”.

Asegura que en expedientes distintos la CC no ha tratado en forma equitativa la resolución de los casos plasmados en expedientes, “en algunos de ellos se ve mayor celeridad, y en otros, un retardo injustificado”.

Lo que le ha costado al país las decisiones de la CC

Nils Leporowski, presidente del Comité Coordinador de Asociaciones Agrícolas, Comerciales, Industriales y Financieras (Cacif), considera que es difícil tener una estimación de lo que la CC ha dañado económicamente a Guatemala y las oportunidades que le ha quitado al país en el tema inversión. Pone como ejemplo a la Minera San Rafael.

“La mina San Rafael tributó Q600 millones anuales de Impuestos Sobre la Renta (ISR) y producía más de mil 500 empleos, lo que produjo que el nivel de vida fuera mejor para los pobladores de ese municipio de Santa Rosa”, explica Leporowski.

Afirma que ya son tres años que la mina está cerrada y que son “miles de quetzales” los que el Estado ha dejado de percibir de ingresos solo de ISR, sin tomar en cuenta todos los ingresos en cascada que generaba indirectamente la mina, por eso es difícil hacer un cálculo”.

Pero lo que más le preocupa al empresario es la cantidad de empleos que se dejaron de producir en esa área pobre, que era productora de cebolla y después de café.

“La mina impactaba 0.4% del Producto Interno Bruto, pero lo más grave fue la falta de certeza jurídica que la sentencia  de la Corte de Constitucionalidad generó al aplicar el convenio 169″, enfatiza el dirigente empresarial.

Asegura que la mala interpretación del 169 mandó un mensaje al mundo de que en Guatemala no tenemos certeza jurídica. “Ello lo que nos quitó fueron oportunidades de inversión extranjera y empleos dignos en ese municipio de Guatemala”, subraya Leporowski.

Atrasos injustificados

Stuardo Ralón Orellana, presidente de Cedecon dice que fueron aproximadamente cuatro meses los que tomó la CC para dictar sentencia en el caso de los Proyectos Hidroeléctricos Oxec y Oxec II (expedientes acumulados 90-2017, 91-2017 y 92-2017).

En esos expedientes la apelación ante la Corte de Constitucionalidad se presentó el 6 de enero de 2017 y se resolvió en definitiva el 26 de mayo de 2017.

El segundo caso corresponde a la Mina San Rafael (expediente 4785-2017). La apelación se presentó en la Corte de Constitucionalidad en mayo de 2017 y se resolvió en definitiva el 3 de septiembre de 2018. Fueron dieciséis meses los que tomó la Corte para dictar sentencia en el caso de la Minera San Rafael.

Según el abogado Ralón, siendo ambos casos (Mina San Rafael y Oxec) similares (la aplicación del Convenio 169 de la OIT), queda clara la diferencia en la aplicación de los plazos establecidos en la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad.

Fallos que causan daños

El economista e investigador del Centro de Investigaciones Económicas Nacionales (CIEN), Hugo Maul Rivas, dice que “independiente de la fundamentación jurídica de la CC y su validez”, al no facilitar un mecanismo para realizar consultas, permisos o licencias o cualquier otra decisión que le permita a una empresa operar e invertir y al no estar regulado Guatemala, pierde oportunidades.

Para el constitucionalista Stuardo Ralón, las decisiones de la CC causan efectos negativos más allá de la consideración jurídico. Efectos como desempleo, afectación a la certeza jurídica, perjuicios de tipo económico, incumplimiento de obligaciones contractuales con proveedores y afectación de un negocio en marcha.

“En el primer caso (Oxec) la CC resolvió no suspender las operaciones empresariales mientras se desarrollaba el proceso de consulta según el Convenio 169 de la OIT. En el segundo caso (Minera San Rafael), la Corte resolvió cerrar las operaciones mediante suspensión, mientras se desarrollaba el proceso de consulta”, dice el jurista.

“Por lo que no solo el fondo se resolvió en forma contradictoria, sino que existen diferencias sustanciales en los tiempos de resolución. Ya que el segundo expediente demoró cuatro veces más en tiempo que el primero”, asegura el abogado.

Afirma que las situaciones contradictorias en los fallos de la Corte de Constitucionalidad generan inestabilidad y un grave daño a la certeza y seguridad jurídica.

“Pues no existe previsibilidad respecto a cómo pueden resolverse las controversias aún y cuando sean de materia similar. Ello porque existe una línea jurisprudencial contradictoria en plazos y en el fondo del asunto”.

Certeza jurídica

“Los proyectos suspendidos generan mucho bienestar, desarrollo económico y empleo formal en las comunidades. Además, con los fallos negativos se destruye la certeza jurídica y la atracción de inversión al país”, reflexiona el director Ejecutivo de la Cámara de Industria de Guatemala (CIG), Javier Zepeda.

También explica que las inversiones industriales son a largo plazo y de una gran inversión monetaria, por ello benefician al país. Además son necesarias para la recaudación fiscal, el empleo e inversiones.

“Si no existe certeza jurídica se deteriora el deseo de invertir en Guatemala. Es fundamental que las resoluciones estén apegadas a derecho, sin ideologizarlas y pensando en el beneficio del país”

Javier Zepeda.

Máximo Tribunal

La Constitución Política de la República de Guatemala es la ley suprema del país. Y en ella se establecieron instituciones autónomas, dirigidas a consolidar el sistema democrático, como la Corte de Constitucionalidad (CC).

La Corte es el máximo tribunal en materia constitucional de Guatemala, y su principal función es velar por el cumplimiento de la Constitución Política de la República.

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