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Cómo queda la ley seca en Guatemala tras nuevas restricciones

Edgar Quiñónez
23 de julio, 2021

La ley seca sigue vigente en Guatemala. El pasado martes 13 de julio, el Gobierno informó que fue aprobado el Estado de Prevención que había anunciado el presidente, Alejandro Giammattei días atrás.

Entre las medidas se encuentra la ley seca. Normativa que entró en vigencia el 14 de julio y durará hasta que se cumplan 15 días. Es decir que, a partir de ese miércoles se prohíbe el expendio y comercialización de bebidas alcohólicas fermentadas o destiladas. Dichos productos no podrán comercializarse de lunes a domingo de las 18:00 horas a las 6:00 horas del día siguiente.

En otras palabras los guatemaltecos no podrán consumir bebidas alcohólicas en la vía pública, establecimientos comerciales, cualquiera que sea su categoría. Esto incluye discotecas, restaurantes, comedores, centros nocturnos, cantinas, bares, expendios de dichas bebidas, hoteles, moteles o pensiones y abarroterías.


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¿Qué es la ley seca?

La ley seca en Guatemala es un acuerdo gubernativo que busca regular el consumo de bebidas alcohólicas y fermentadas en periodos específicos del país.

La ley seca toma vigencia dependiendo del contexto en el que se requiera. Más que ser una ley, se trata de un decreto que acuerda ciertas condiciones para regular el consumo de bebidas alcohólicas en el país. 

¿En qué circunstancias puede aplicarse la Ley seca en Guatemala? 

  • Según el artículo 223 de la Ley Electoral de Partidos Políticos, queda prohibido el expendio o distribución de licores, bebidas alcohólicas o su consumo en lugares públicos. 
  • En estados de calamidad o emergencias decretados por el Gobierno de Guatemala. 
  • Al hacer función del artículo 183, literales e) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala. 
  • Al hacer alguna modificación dentro de la ley que prohíba el consumo y la venta de bebidas alcohólicas según la temporalidad. 

¿Qué consecuencias hay en caso de hacer caso omiso a la ley? 

  • Las multas de las penas pueden oscilar desde los Q2000 hasta los Q100,000.
  • Al ser menor de edad, pero mayor de 15 años: prisión correccional con opción a libertad condicional bajo fianza. 
  • Al ser mayor de 18 años: prisión por 10 días hasta dos años, dependiendo cuál sea el caso. 
  • En caso de ser funcionario público la multa, la fianza y la condena en prisión varían dependiendo el caso. 

Otras medidas que entran en vigencia

Limitación de reuniones

Quedan limitadas las celebraciones al aire libre cuando los asistentes incumplan con el distanciamiento físico, uso de mascarilla y medidas de bioseguridad. “No se prohíben las manifestaciones, siempre y cuando se cumplan con las medidas sanitarias establecidas por el Ministerio de Salud.

Prohibición de manifestar sin medidas sanitarias

Con relación a las manifestaciones públicas con o sin previa autorización, pero sin cumplir las medidas sanitarias y portando armas y otros elementos de violencia, los participantes serán advertidos de las sanciones según la Ley de Orden Público. También a su disolución cuando la salud y seguridad pública lo amerite.

Medidas sanitarias para la circulación vehicular

Se prohíbe la circulación o estacionamiento de vehículos cuyos conductores o pasajeros incumplan con las medidas sanitarias, en lugares, zonas y horas que afecten o puedan poner en riesgo la vida y seguridad de las personas, así como el funcionamiento de los servicios públicos.

Estado de prevención incluye normas vigentes según Salud

Uso obligatorio de mascarilla: aplica para todo espacio o lugar público, establecimientos estatales o públicos, espacio o lugar privado abierto al público. El incumplimiento será sancionado con medidas administrativas y penales que correspondan. Se exceptúa del uso de mascarilla a los menores de 2 años de edad y personas que por su condición médica, cuenten con una contraindicación certificada.

  • Distanciamiento físico: toda persona debe cumplir con el distanciamiento de por lo menos 1.50 metros. Evitando el contacto innecesarios.
  • Desinfección: las personas deben cumplir con la desinfección frecuente de manos o uso de gel que contenga más de un 60% de alcohol.

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Cómo queda la ley seca en Guatemala tras nuevas restricciones

Edgar Quiñónez
23 de julio, 2021

La ley seca sigue vigente en Guatemala. El pasado martes 13 de julio, el Gobierno informó que fue aprobado el Estado de Prevención que había anunciado el presidente, Alejandro Giammattei días atrás.

Entre las medidas se encuentra la ley seca. Normativa que entró en vigencia el 14 de julio y durará hasta que se cumplan 15 días. Es decir que, a partir de ese miércoles se prohíbe el expendio y comercialización de bebidas alcohólicas fermentadas o destiladas. Dichos productos no podrán comercializarse de lunes a domingo de las 18:00 horas a las 6:00 horas del día siguiente.

En otras palabras los guatemaltecos no podrán consumir bebidas alcohólicas en la vía pública, establecimientos comerciales, cualquiera que sea su categoría. Esto incluye discotecas, restaurantes, comedores, centros nocturnos, cantinas, bares, expendios de dichas bebidas, hoteles, moteles o pensiones y abarroterías.


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¿Qué es la ley seca?

La ley seca en Guatemala es un acuerdo gubernativo que busca regular el consumo de bebidas alcohólicas y fermentadas en periodos específicos del país.

La ley seca toma vigencia dependiendo del contexto en el que se requiera. Más que ser una ley, se trata de un decreto que acuerda ciertas condiciones para regular el consumo de bebidas alcohólicas en el país. 

¿En qué circunstancias puede aplicarse la Ley seca en Guatemala? 

  • Según el artículo 223 de la Ley Electoral de Partidos Políticos, queda prohibido el expendio o distribución de licores, bebidas alcohólicas o su consumo en lugares públicos. 
  • En estados de calamidad o emergencias decretados por el Gobierno de Guatemala. 
  • Al hacer función del artículo 183, literales e) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala. 
  • Al hacer alguna modificación dentro de la ley que prohíba el consumo y la venta de bebidas alcohólicas según la temporalidad. 

¿Qué consecuencias hay en caso de hacer caso omiso a la ley? 

  • Las multas de las penas pueden oscilar desde los Q2000 hasta los Q100,000.
  • Al ser menor de edad, pero mayor de 15 años: prisión correccional con opción a libertad condicional bajo fianza. 
  • Al ser mayor de 18 años: prisión por 10 días hasta dos años, dependiendo cuál sea el caso. 
  • En caso de ser funcionario público la multa, la fianza y la condena en prisión varían dependiendo el caso. 

Otras medidas que entran en vigencia

Limitación de reuniones

Quedan limitadas las celebraciones al aire libre cuando los asistentes incumplan con el distanciamiento físico, uso de mascarilla y medidas de bioseguridad. “No se prohíben las manifestaciones, siempre y cuando se cumplan con las medidas sanitarias establecidas por el Ministerio de Salud.

Prohibición de manifestar sin medidas sanitarias

Con relación a las manifestaciones públicas con o sin previa autorización, pero sin cumplir las medidas sanitarias y portando armas y otros elementos de violencia, los participantes serán advertidos de las sanciones según la Ley de Orden Público. También a su disolución cuando la salud y seguridad pública lo amerite.

Medidas sanitarias para la circulación vehicular

Se prohíbe la circulación o estacionamiento de vehículos cuyos conductores o pasajeros incumplan con las medidas sanitarias, en lugares, zonas y horas que afecten o puedan poner en riesgo la vida y seguridad de las personas, así como el funcionamiento de los servicios públicos.

Estado de prevención incluye normas vigentes según Salud

Uso obligatorio de mascarilla: aplica para todo espacio o lugar público, establecimientos estatales o públicos, espacio o lugar privado abierto al público. El incumplimiento será sancionado con medidas administrativas y penales que correspondan. Se exceptúa del uso de mascarilla a los menores de 2 años de edad y personas que por su condición médica, cuenten con una contraindicación certificada.

  • Distanciamiento físico: toda persona debe cumplir con el distanciamiento de por lo menos 1.50 metros. Evitando el contacto innecesarios.
  • Desinfección: las personas deben cumplir con la desinfección frecuente de manos o uso de gel que contenga más de un 60% de alcohol.

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