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Constituyentes: ¿Misión cumplida?

Diana Brown
29 de enero, 2019

“La Constitución no es uninstrumento para que el gobierno controle al pueblo, es un instrumento para queel pueblo controle al gobierno – para que no venga a dominar nuestras vidas eintereses.”

                                                                                                                                                                             Patrick Henry

Al hablar de educación, se acostumbre citar a la ConstituciónPolítica de la República de Guatemala, Sección Cuarta, Educación, artículossetenta y uno al ochenta y uno. En estos diez artículos se establece el granmarco de la educación nacional, dentro del cual la Ley de Educación 12-91continua su detalle filosófico y procedimental.

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Alanalizar las leyes, acuerdos ministeriales, gubernativos, legislativos y demásnormativas, estos artículos son la base; se citan en los Considerandos; se interpretansegún el cristal con que se aprecia. Sin embargo, se pregunta cuál fue elrazonamiento de los constituyentes cuando escribieron éstos. Se cita acontinuación del Diario delas Sesiones de la Asamblea Nacional Constituyente, Sesiones Ordinarias, TomoIII, Sesión No. 42, Guatemala, martes 19 de febrero de 1985, páginas 42-43 que a suvez fue citada en un analisis legal del Lic. Marcos Palma.

El Representante García Bauer, alreferirse a la educación integral, indica “El hombre no es sólo ciencia, ni sólofilosofía; como es deporte, también es arte y, como es arte, señores, tambiénes moral y es religión; éste, es el hombre integral, esto es lo que orienta unhumanismo integral, claro, como el que estamos poniendo nosotros en laConstitución, como se puso en la Constitución de 1965 y como se puso en laConstitución de 1956.”.

Y elRepresentante De León Vargas, afirma: Es indiscutible, señores Diputados, que nuestro país necesita uncaudal de maestros, los cuales han egresado de los diferentes centros deeducación, tanto nacionales como privados, pero es el caso que el Estado nopuede cubrir, por su presupuesto, tan interesante renglón como es la educación,basada, fundamentalmente, en la información y formación del educando. Dentro deestas dos grandes vertientes de las ciencias de la educación, tenemos algo muyimportante, de lo cual se ocupa este artículo, esencialmente, que es laformación de la personalidad humana, o sea, perfilar al educando. Habla ademáseste artículo interesante, sobre la educación que los padres deben escoger parasus hijos, los colegios que se formen por patronatos, por clubes de servicios,por personas interesadas y que su enseñanza sea gratuita, deberán tener laprotección del Estado, para que centros como éstos no sean clausurados…Esindiscutible, hablando sobre materia religiosa, que el Estado, desde 1879, quefue promulgada la Constitución Liberal de don Justo Rufino Barrios, en la cualse empezaron a perfilar los principios de laicismo, o sea, en que cada personaera libre de escoger… Era libre de escoger la educación que quisiera darle asus hijos y como algo fundamental, en la formación de la religión; o sea, delconocimiento de Dios para sus hijos; es, indiscutiblemente, que los padresdeben ser los guías espirituales de sus hijos y además, la religión que ellossustenten, deben llevarlos a los templos… Señores Diputados, considero que la enmiendahecha al artículo 73, la número dos, es la que más se adecúa a la realidadsocio-política de Guatemala, para mantener la estabilidad política y con ella,mantener el principio de libertad religiosa. Con esa misma libertad, loscentros que así lo deseen, podrán permitir que los maestros idóneos, puedanllegar a enseñar sus diferentes corrientes de pensamiento religioso a ellas y,así, poderse lograr una cultura más integral del educando, siempre y cuandoello no menoscabe los principios de la libertad…”

A la luz de lo expresado por los quienes escribieron los artículos base, se pregunta que si la educación nacional como fue visualizada se está cumpliendo; lo propuesto como ideario para la educacion nacional.  En todo aspecto de la vida personal y colectiva, y como ciudadania, sociedad, es necesario re examinar los elementos filosóficos de creación,  hacer un examen de conciencia de su cumplimiento, e imendar las carencias si las hubiese, o reencausar la ruta si se ha desviado. La observacion y cotejo son obligaciones ciudadanas, y sus resultados deben ser escuchados.


República es ajena a la opinión expresada en este artículo

Constituyentes: ¿Misión cumplida?

Diana Brown
29 de enero, 2019

“La Constitución no es uninstrumento para que el gobierno controle al pueblo, es un instrumento para queel pueblo controle al gobierno – para que no venga a dominar nuestras vidas eintereses.”

                                                                                                                                                                             Patrick Henry

Al hablar de educación, se acostumbre citar a la ConstituciónPolítica de la República de Guatemala, Sección Cuarta, Educación, artículossetenta y uno al ochenta y uno. En estos diez artículos se establece el granmarco de la educación nacional, dentro del cual la Ley de Educación 12-91continua su detalle filosófico y procedimental.

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Alanalizar las leyes, acuerdos ministeriales, gubernativos, legislativos y demásnormativas, estos artículos son la base; se citan en los Considerandos; se interpretansegún el cristal con que se aprecia. Sin embargo, se pregunta cuál fue elrazonamiento de los constituyentes cuando escribieron éstos. Se cita acontinuación del Diario delas Sesiones de la Asamblea Nacional Constituyente, Sesiones Ordinarias, TomoIII, Sesión No. 42, Guatemala, martes 19 de febrero de 1985, páginas 42-43 que a suvez fue citada en un analisis legal del Lic. Marcos Palma.

El Representante García Bauer, alreferirse a la educación integral, indica “El hombre no es sólo ciencia, ni sólofilosofía; como es deporte, también es arte y, como es arte, señores, tambiénes moral y es religión; éste, es el hombre integral, esto es lo que orienta unhumanismo integral, claro, como el que estamos poniendo nosotros en laConstitución, como se puso en la Constitución de 1965 y como se puso en laConstitución de 1956.”.

Y elRepresentante De León Vargas, afirma: Es indiscutible, señores Diputados, que nuestro país necesita uncaudal de maestros, los cuales han egresado de los diferentes centros deeducación, tanto nacionales como privados, pero es el caso que el Estado nopuede cubrir, por su presupuesto, tan interesante renglón como es la educación,basada, fundamentalmente, en la información y formación del educando. Dentro deestas dos grandes vertientes de las ciencias de la educación, tenemos algo muyimportante, de lo cual se ocupa este artículo, esencialmente, que es laformación de la personalidad humana, o sea, perfilar al educando. Habla ademáseste artículo interesante, sobre la educación que los padres deben escoger parasus hijos, los colegios que se formen por patronatos, por clubes de servicios,por personas interesadas y que su enseñanza sea gratuita, deberán tener laprotección del Estado, para que centros como éstos no sean clausurados…Esindiscutible, hablando sobre materia religiosa, que el Estado, desde 1879, quefue promulgada la Constitución Liberal de don Justo Rufino Barrios, en la cualse empezaron a perfilar los principios de laicismo, o sea, en que cada personaera libre de escoger… Era libre de escoger la educación que quisiera darle asus hijos y como algo fundamental, en la formación de la religión; o sea, delconocimiento de Dios para sus hijos; es, indiscutiblemente, que los padresdeben ser los guías espirituales de sus hijos y además, la religión que ellossustenten, deben llevarlos a los templos… Señores Diputados, considero que la enmiendahecha al artículo 73, la número dos, es la que más se adecúa a la realidadsocio-política de Guatemala, para mantener la estabilidad política y con ella,mantener el principio de libertad religiosa. Con esa misma libertad, loscentros que así lo deseen, podrán permitir que los maestros idóneos, puedanllegar a enseñar sus diferentes corrientes de pensamiento religioso a ellas y,así, poderse lograr una cultura más integral del educando, siempre y cuandoello no menoscabe los principios de la libertad…”

A la luz de lo expresado por los quienes escribieron los artículos base, se pregunta que si la educación nacional como fue visualizada se está cumpliendo; lo propuesto como ideario para la educacion nacional.  En todo aspecto de la vida personal y colectiva, y como ciudadania, sociedad, es necesario re examinar los elementos filosóficos de creación,  hacer un examen de conciencia de su cumplimiento, e imendar las carencias si las hubiese, o reencausar la ruta si se ha desviado. La observacion y cotejo son obligaciones ciudadanas, y sus resultados deben ser escuchados.


República es ajena a la opinión expresada en este artículo