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Cuota anual de extranjera, ¿Derecho o aprovecho?

Alessandra Izquierdo
05 de febrero, 2020

¿Es o conoce a algún extranjero residente permanente en Guatemala? Si su respuesta es sí, sería ideal que le consulte si tiene conocimiento de las nuevas disposiciones legales establecidas por el Instituto Guatemalteco de Migración. A partir de finales del año 2019, todos los extranjeros que cuenten con residencia permanente en Guatemala están obligados a pagar la cuota de extranjería, y para aquellos que aplican a nuevas residencias se les cobrará al momento de aprobar la misma, adicional a la tarifa ya establecida para la obtención de la misma.

El Acuerdo de Autoridad Migratoria Nacional 3-2018, establece en su artículo 2, numeral 4.1.5 que el costo por la Cuota anual de extranjería para residencias permanentes es de cuarenta dólares de los Estados Unidos de América ($40.00 USD) y para lo cual el requisito es encontrarse solvente de cualquier multa y haber actualizado sus datos. El trámite del pago es personal o bien puede realizarse por medio de carta poder extendida específicamente para este fin.

Bajo la premisa de que el derecho de residencia se obtiene al momento de aprobación por parte del Instituto Guatemalteco de Migración y el pago de la tarifa establecida (que también ha sido modificada) para cada residencia, dependiendo de su tipo.

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¿Cuál es realmente la razón detrás de establecer una cuota anual adicional a los extranjeros con residencia permanente?

¿Será para verificar la supervivencia del extranjero?

¿Para garantizar que el extranjero actualice sus datos?

¿Para garantizar que el extranjero se encuentre efectivamente residiendo en el territorio nacional?

¿O será simplemente porque necesitaban encontrar otra manera de obtener más recursos?

La razón de ser de dicha cuota es incomprensible, constituye una decisión burocrática y burda que únicamente provoca que los extranjeros que apoyan en el crecimiento de la economía nacional, quieran salir corriendo de Guatemala.

Entonces, si es o conoce a un extranjero residente permanente en Guatemala, hágale saber de esta nueva disposición y prepare su cuota anual de extranjería de $40.00 USD, pero que lo lleve en Quetzales porque no aceptan dólares en el banco.

Cuota anual de extranjera, ¿Derecho o aprovecho?

Alessandra Izquierdo
05 de febrero, 2020

¿Es o conoce a algún extranjero residente permanente en Guatemala? Si su respuesta es sí, sería ideal que le consulte si tiene conocimiento de las nuevas disposiciones legales establecidas por el Instituto Guatemalteco de Migración. A partir de finales del año 2019, todos los extranjeros que cuenten con residencia permanente en Guatemala están obligados a pagar la cuota de extranjería, y para aquellos que aplican a nuevas residencias se les cobrará al momento de aprobar la misma, adicional a la tarifa ya establecida para la obtención de la misma.

El Acuerdo de Autoridad Migratoria Nacional 3-2018, establece en su artículo 2, numeral 4.1.5 que el costo por la Cuota anual de extranjería para residencias permanentes es de cuarenta dólares de los Estados Unidos de América ($40.00 USD) y para lo cual el requisito es encontrarse solvente de cualquier multa y haber actualizado sus datos. El trámite del pago es personal o bien puede realizarse por medio de carta poder extendida específicamente para este fin.

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¿O será simplemente porque necesitaban encontrar otra manera de obtener más recursos?

La razón de ser de dicha cuota es incomprensible, constituye una decisión burocrática y burda que únicamente provoca que los extranjeros que apoyan en el crecimiento de la economía nacional, quieran salir corriendo de Guatemala.

Entonces, si es o conoce a un extranjero residente permanente en Guatemala, hágale saber de esta nueva disposición y prepare su cuota anual de extranjería de $40.00 USD, pero que lo lleve en Quetzales porque no aceptan dólares en el banco.