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¿Qué es y qué significa la familia?

La sombrilla de “protección a la vida y la familia” se presta, con demasiada facilidad, al sensacionalismo politiquero, en especial colusión con la ignorancia religiosa.

Roberto Carlos Recinos-Abularach |
10 de marzo, 2022

El objeto primordial de la política, como disciplina y como esfera natural del ser humano, es el entendimiento y la configuración del Estado. Por su parte, el fin supremo del Estado consiste en la procuración del bien común, a través de la protección de la persona y la familia. Esto está bien cubierto en el artículo primero de nuestra ley más importante, denotando así su primacía axiológica.  Y aquello –la constitución del Estado– solo se puede lograr mediante consensos que vienen del debate, el cual está informado, a su vez, por evidencia científica y reflexión filosófica profunda y bien fundamentada.

Si el bien común consiste en diseñar y proteger espacios, íntimos, familiares y sociales, que sean conducentes al libre ejercicio de los derechos y voluntades individuales de todo quien así lo determine para sí mismo, sin menoscabar las libertades del otro, ¿en qué consiste, entonces, la protección a la familia?

Para responderlo debemos examinar una pregunta más básica: ¿qué es –o qué debe ser– la familia?

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La familia existe para garantizar la continuidad de la raza humana, esencialmente, por lo que, a priori, no puede ser más que una alianza entre entes con el fin de procrear. Solo el femenino y el masculino natural se pueden asociar para concebir y cuidar los frutos de su unión, para que éstos, oportunamente, reproduzcan el ciclo de la concepción y nacimiento –idealmente, ad eternum. Se trata, por lo tanto, de un tema estrictamente ontológico (existencial), teleológico (causal) y epistemológico (que busca la verdad a través del conocimiento) más que cultural, como pretenden los adictos a filosofías engañosas, la posverdad y las guerras sociales. Los primeros son criterios objetivos y el último es un criterio, al final de cuentas, meramente subjetivo. Y parece poco razonable dejar el tema de la supervivencia de la especie a métodos parcializados, fanatismos tribales e impulsos ideológicos. Tampoco es pertinente, vale agregar, someterlo a la abstracción de la “moralidad cristiana”, como proponen, una y otra vez, los flamantes diputados que nos dicen representar.  

Dicho lo anterior, me parece a mí que sí hay maneras de procurar el bien común sin violar el derecho natural. La idea es que nadie se quede sin la posibilidad de optar a diseñar su propio proyecto vital. Por ejemplo, la ley prevé un tipo alternativo al matrimonio que puede cumplir con los fines de las personas y comunidades que se sitúan fuera de la llamada heteronorma. La Unión de Hecho ofrece la posibilidad de reconocer formalmente una situación en la que dos personas, sin importar su género natural, deseen unirse libremente para compartir sus vidas. En este caso no lo hacen para procrear y auxiliar a sus hijos, sino para compartir su amor. Aquí, la contribución a la humanidad no es la reproducción, sino un ejemplo de tolerancia y respeto a aspiraciones minoritarias inofensivas. Condenar la unión de personas del mismo sexo se antoja tiránico, tanto como promover la antinaturaleza se percibe nocivo.

De ahí la imperante necesidad de entender y practicar el concepto de bien común, el cual implica, necesariamente, un ejercicio de equilibrio.

(En el aire quedaría, en este texto, el tema de la posibilidad de adopción, lo cual debe ser extensamente debatido, con bases psicológicas serias. En todo caso, lo que más importa es no imponer una u otra visión de la sociedad sin debate y consenso).

Para cerrar, me gustaría apuntar la luz sobre la trifecta de problemas capitales que bloquean el debate público efectivo. El primero es que, en términos generales, los guatemaltecos, al vivir en un Estado fallido, con poca oportunidad y al día, nos sentimos desgraciados e iracundos la mayoría de nuestros días, con poca paciencia para convivir con opiniones disidentes. El segundo es que la misma gente frustrada, mal-empoderada por las redes sociales, habla sin conocimientos técnicos ni profundización conceptual, para, lejos de articular soluciones, terminar generando más violencia estructural y separación en un país ya bastante agresivo y polarizado. Somos muy dados al “me divierte” y muy poco adeptos a la contraargumentación racional. El tercero, pero no el menos importante, es la casi permanente laguna técnica de la que adolece nuestra administración pública (y la cultura de servicio civil, en general). Los diputados suelen no tener las competencias mínimas que su puesto demanda, desembocando en una seguidilla de iniciativas más moralistas que técnicas, cuasi-plagiadas, superficiales, desordenadas y ultimadamente contraproducentes para el derecho interno y la política nacional.

En particular, la Ley para la Protección de la Vida y la Familia, No. 5272, mezcla 3 temas que deberían ser tratados en iniciativas separadas: la familia y la unión de hecho es una cosa muy particular que debería ser desarrollada por su cuenta; la educación es otra completamente independiente de la anterior y el aborto, también, merece ser abordado de manera aislada y matizada. La sombrilla de “protección a la vida y la familia” se presta, con demasiada facilidad, al sensacionalismo politiquero, en especial colusión con la ignorancia religiosa.

Pero no podemos rendirnos, no tenemos ese lujo.

¿Qué es y qué significa la familia?

La sombrilla de “protección a la vida y la familia” se presta, con demasiada facilidad, al sensacionalismo politiquero, en especial colusión con la ignorancia religiosa.

Roberto Carlos Recinos-Abularach |
10 de marzo, 2022

El objeto primordial de la política, como disciplina y como esfera natural del ser humano, es el entendimiento y la configuración del Estado. Por su parte, el fin supremo del Estado consiste en la procuración del bien común, a través de la protección de la persona y la familia. Esto está bien cubierto en el artículo primero de nuestra ley más importante, denotando así su primacía axiológica.  Y aquello –la constitución del Estado– solo se puede lograr mediante consensos que vienen del debate, el cual está informado, a su vez, por evidencia científica y reflexión filosófica profunda y bien fundamentada.

Si el bien común consiste en diseñar y proteger espacios, íntimos, familiares y sociales, que sean conducentes al libre ejercicio de los derechos y voluntades individuales de todo quien así lo determine para sí mismo, sin menoscabar las libertades del otro, ¿en qué consiste, entonces, la protección a la familia?

Para responderlo debemos examinar una pregunta más básica: ¿qué es –o qué debe ser– la familia?

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La familia existe para garantizar la continuidad de la raza humana, esencialmente, por lo que, a priori, no puede ser más que una alianza entre entes con el fin de procrear. Solo el femenino y el masculino natural se pueden asociar para concebir y cuidar los frutos de su unión, para que éstos, oportunamente, reproduzcan el ciclo de la concepción y nacimiento –idealmente, ad eternum. Se trata, por lo tanto, de un tema estrictamente ontológico (existencial), teleológico (causal) y epistemológico (que busca la verdad a través del conocimiento) más que cultural, como pretenden los adictos a filosofías engañosas, la posverdad y las guerras sociales. Los primeros son criterios objetivos y el último es un criterio, al final de cuentas, meramente subjetivo. Y parece poco razonable dejar el tema de la supervivencia de la especie a métodos parcializados, fanatismos tribales e impulsos ideológicos. Tampoco es pertinente, vale agregar, someterlo a la abstracción de la “moralidad cristiana”, como proponen, una y otra vez, los flamantes diputados que nos dicen representar.  

Dicho lo anterior, me parece a mí que sí hay maneras de procurar el bien común sin violar el derecho natural. La idea es que nadie se quede sin la posibilidad de optar a diseñar su propio proyecto vital. Por ejemplo, la ley prevé un tipo alternativo al matrimonio que puede cumplir con los fines de las personas y comunidades que se sitúan fuera de la llamada heteronorma. La Unión de Hecho ofrece la posibilidad de reconocer formalmente una situación en la que dos personas, sin importar su género natural, deseen unirse libremente para compartir sus vidas. En este caso no lo hacen para procrear y auxiliar a sus hijos, sino para compartir su amor. Aquí, la contribución a la humanidad no es la reproducción, sino un ejemplo de tolerancia y respeto a aspiraciones minoritarias inofensivas. Condenar la unión de personas del mismo sexo se antoja tiránico, tanto como promover la antinaturaleza se percibe nocivo.

De ahí la imperante necesidad de entender y practicar el concepto de bien común, el cual implica, necesariamente, un ejercicio de equilibrio.

(En el aire quedaría, en este texto, el tema de la posibilidad de adopción, lo cual debe ser extensamente debatido, con bases psicológicas serias. En todo caso, lo que más importa es no imponer una u otra visión de la sociedad sin debate y consenso).

Para cerrar, me gustaría apuntar la luz sobre la trifecta de problemas capitales que bloquean el debate público efectivo. El primero es que, en términos generales, los guatemaltecos, al vivir en un Estado fallido, con poca oportunidad y al día, nos sentimos desgraciados e iracundos la mayoría de nuestros días, con poca paciencia para convivir con opiniones disidentes. El segundo es que la misma gente frustrada, mal-empoderada por las redes sociales, habla sin conocimientos técnicos ni profundización conceptual, para, lejos de articular soluciones, terminar generando más violencia estructural y separación en un país ya bastante agresivo y polarizado. Somos muy dados al “me divierte” y muy poco adeptos a la contraargumentación racional. El tercero, pero no el menos importante, es la casi permanente laguna técnica de la que adolece nuestra administración pública (y la cultura de servicio civil, en general). Los diputados suelen no tener las competencias mínimas que su puesto demanda, desembocando en una seguidilla de iniciativas más moralistas que técnicas, cuasi-plagiadas, superficiales, desordenadas y ultimadamente contraproducentes para el derecho interno y la política nacional.

En particular, la Ley para la Protección de la Vida y la Familia, No. 5272, mezcla 3 temas que deberían ser tratados en iniciativas separadas: la familia y la unión de hecho es una cosa muy particular que debería ser desarrollada por su cuenta; la educación es otra completamente independiente de la anterior y el aborto, también, merece ser abordado de manera aislada y matizada. La sombrilla de “protección a la vida y la familia” se presta, con demasiada facilidad, al sensacionalismo politiquero, en especial colusión con la ignorancia religiosa.

Pero no podemos rendirnos, no tenemos ese lujo.