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Stuardo Ralón responde a Alfonso Carrillo por sus declaraciones en La Hora

Luis Gonzalez
25 de septiembre, 2018

“Es anti ético litigar en los medios”, señala el jurista Stuardo ralón

El constitucionalista Stuardo Ralón respondió a los señalamientos realizados por el abogado Alfonso Carrillo en la entrevista publicada el día de ayer el medio La Hora, donde “de forma oficiosa” lo señala como un abogado afín a CACIF.

“Me llama la atención que el abogado Alfonso Carrillo diga que por moral y justicia va a opinar de mis declaraciones en República” enfatiza Ralón, “Porque si nos vamos a la parte ética profesional, él es parte interesada del expediente del cual hablamos, que está en manos de la CC”, enfatiza Ralón en respuesta a dicha entrevista.

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Llama la atención que Carrillo fue quien presentó el amparo en el caso que se resuelve hoy en la Corte respecto a la CICIG.

Ralón hace énfasis en que no va con la ética profesional del derecho, litigar en los medios “a favor de un expediente del cual uno es parte, por lo que las declaraciones son de una parte interesada, una parte que está actuando a favor de una protección y de una persona específica en ese expediente que es el señor Iván Velásquez”.

Por otra parte el jurista expresa, “Me parece un titular tendencioso que pretende demeritar o descalificar las declaraciones que en su momento vertí a República”.

“En el ejercicio profesional como abogado constitucionalista he sido invitado a diferentes medios de comunicación y programas de opinión” dice el jurista, recalcando que la mayoría de opiniones las hace a título personal como abogado experto en derecho constitucional.

“Si ese mismo titular por ejemplo, hubiera dicho: ‘abogado afín a la CICIG, Alfonso Carrillo, manifiesta lo siguientE’ el título de igual forma ubicaría al abogado Carrillo como si únicamente fuera un abogado afín a CICIG”, subraya Ralón respecto al titular de la nota.

El experto constitucionalista continúa con su respuesta, “Carrillo no solo trata de litigar en los medios defendiendo una interpretación muy particular de él, sino que incluso entra de forma oficiosa a defender a los tres magistrados que se alejaron de un voto unánime unos días después al primer amparo provisional de ese expediente“, afirma. 

Añade que “en mi ejercicio profesional evidentemente he realizado algunos trabajos profesionales en Cámara del Agro, CACIF y otras cámaras empresariales, pero igualmente he realizado trabajos para diferentes tanques de pensamiento y ejerciendo la profesión de forma liberal. Por lo que mis respuestas a la entrevista publicada a este medio, no se reducen a algún trabajo o acción constitucional del CACIF, o a petición de alguna Cámara Empresarial”, afirma.

¿Por qué se habrían extralimitado los tres magistrados de la CC?

Acerca del fondo del tema, la posible extralimitación de los tres magistrados de la Corte de Constitucionalidad, Ralón subraya lo siguiente:

“Con relación al fondo de lo que él declara, me parece que está completamente equivocado, está errado en su interpretación“.

“Cuando dí mi declaración a República como abogado constitucionalista, afirmé que en la primera resolución unánime, la Corte había indicado al Presidente que, como jefe de Estado, condujera la política exterior y que en esa controversia agotara el diálogo en forma prioritaria”.

“En el ejercicio de esa resolución y de lo que establece la Constitución y la Convención de Viena de Relaciones Diplomáticas, por medio de su canciller, desconocieron al señor Iván Velásquez como Comisionado, por parte del Estado de Guatemala, por lo que ya en política exterior y a nivel internacional, el Estado había comunicado una posición a la ONU”, indica Ralón.

Pero “los tres magistrados de la CC cambiando el sentido de una resolución unánime, ignoran la comunicación de la Canciller y manifiestan que el Comisionado es Iván Velásquez”.

“A mi criterio eso evidenciaba que ignorando esa comunicación en política exterior, se habían adentrado a conocer un tema de política exterior”, subraya el constitucionalista.

Llama la atención que el abogado Carrillo manifiesta que no es un tema de política exterior la CICIG porque todo se reduce a un convenio muy específico, “pero ese convenio no absorbe todos los principios y normas del derecho internacional. Ese convenio existe dentro de un convenio más amplio, la Convención de Viena de Relaciones Diplomáticas y la Convención de Viena de los Tratados Internacionales”, enfatiza Ralón.

La interpretación de fondo me parece equivocada porque el hecho de que exista una convención específica entre la ONU y Guatemala, no implica que hayan otras normas del derecho internacional que también le sean aplicables a ese convenio”, expresa.

Hay ciertas normas y ciertos principios que únicamente competen al Estado y al jefe de Estado, que en este caso es el Presidente, y por medio de su canciller en ciertos casos, pueden aplicar, denunciar o ejercer en el ámbito internacional, no mediante la Corte de Constitucionalidad”.

Con lo anterior, explica que el convenio no hace que sea inaplicable todo el derecho internacional existente, solamente por haberse firmado entre la ONU y Guatemala, “por lo que me parece que es una interpretación limitada e incorrecta que desinforma a la población”, concluye Ralón.

“Reitero mi afirmación de que posiblemente en la ampliación y aclaración se incurrió en extralimitación y pongo en duda la misma”.

Stuardo Ralón responde a Alfonso Carrillo por sus declaraciones en La Hora

Luis Gonzalez
25 de septiembre, 2018

“Es anti ético litigar en los medios”, señala el jurista Stuardo ralón

El constitucionalista Stuardo Ralón respondió a los señalamientos realizados por el abogado Alfonso Carrillo en la entrevista publicada el día de ayer el medio La Hora, donde “de forma oficiosa” lo señala como un abogado afín a CACIF.

“Me llama la atención que el abogado Alfonso Carrillo diga que por moral y justicia va a opinar de mis declaraciones en República” enfatiza Ralón, “Porque si nos vamos a la parte ética profesional, él es parte interesada del expediente del cual hablamos, que está en manos de la CC”, enfatiza Ralón en respuesta a dicha entrevista.

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Llama la atención que Carrillo fue quien presentó el amparo en el caso que se resuelve hoy en la Corte respecto a la CICIG.

Ralón hace énfasis en que no va con la ética profesional del derecho, litigar en los medios “a favor de un expediente del cual uno es parte, por lo que las declaraciones son de una parte interesada, una parte que está actuando a favor de una protección y de una persona específica en ese expediente que es el señor Iván Velásquez”.

Por otra parte el jurista expresa, “Me parece un titular tendencioso que pretende demeritar o descalificar las declaraciones que en su momento vertí a República”.

“En el ejercicio profesional como abogado constitucionalista he sido invitado a diferentes medios de comunicación y programas de opinión” dice el jurista, recalcando que la mayoría de opiniones las hace a título personal como abogado experto en derecho constitucional.

“Si ese mismo titular por ejemplo, hubiera dicho: ‘abogado afín a la CICIG, Alfonso Carrillo, manifiesta lo siguientE’ el título de igual forma ubicaría al abogado Carrillo como si únicamente fuera un abogado afín a CICIG”, subraya Ralón respecto al titular de la nota.

El experto constitucionalista continúa con su respuesta, “Carrillo no solo trata de litigar en los medios defendiendo una interpretación muy particular de él, sino que incluso entra de forma oficiosa a defender a los tres magistrados que se alejaron de un voto unánime unos días después al primer amparo provisional de ese expediente“, afirma. 

Añade que “en mi ejercicio profesional evidentemente he realizado algunos trabajos profesionales en Cámara del Agro, CACIF y otras cámaras empresariales, pero igualmente he realizado trabajos para diferentes tanques de pensamiento y ejerciendo la profesión de forma liberal. Por lo que mis respuestas a la entrevista publicada a este medio, no se reducen a algún trabajo o acción constitucional del CACIF, o a petición de alguna Cámara Empresarial”, afirma.

¿Por qué se habrían extralimitado los tres magistrados de la CC?

Acerca del fondo del tema, la posible extralimitación de los tres magistrados de la Corte de Constitucionalidad, Ralón subraya lo siguiente:

“Con relación al fondo de lo que él declara, me parece que está completamente equivocado, está errado en su interpretación“.

“Cuando dí mi declaración a República como abogado constitucionalista, afirmé que en la primera resolución unánime, la Corte había indicado al Presidente que, como jefe de Estado, condujera la política exterior y que en esa controversia agotara el diálogo en forma prioritaria”.

“En el ejercicio de esa resolución y de lo que establece la Constitución y la Convención de Viena de Relaciones Diplomáticas, por medio de su canciller, desconocieron al señor Iván Velásquez como Comisionado, por parte del Estado de Guatemala, por lo que ya en política exterior y a nivel internacional, el Estado había comunicado una posición a la ONU”, indica Ralón.

Pero “los tres magistrados de la CC cambiando el sentido de una resolución unánime, ignoran la comunicación de la Canciller y manifiestan que el Comisionado es Iván Velásquez”.

“A mi criterio eso evidenciaba que ignorando esa comunicación en política exterior, se habían adentrado a conocer un tema de política exterior”, subraya el constitucionalista.

Llama la atención que el abogado Carrillo manifiesta que no es un tema de política exterior la CICIG porque todo se reduce a un convenio muy específico, “pero ese convenio no absorbe todos los principios y normas del derecho internacional. Ese convenio existe dentro de un convenio más amplio, la Convención de Viena de Relaciones Diplomáticas y la Convención de Viena de los Tratados Internacionales”, enfatiza Ralón.

La interpretación de fondo me parece equivocada porque el hecho de que exista una convención específica entre la ONU y Guatemala, no implica que hayan otras normas del derecho internacional que también le sean aplicables a ese convenio”, expresa.

Hay ciertas normas y ciertos principios que únicamente competen al Estado y al jefe de Estado, que en este caso es el Presidente, y por medio de su canciller en ciertos casos, pueden aplicar, denunciar o ejercer en el ámbito internacional, no mediante la Corte de Constitucionalidad”.

Con lo anterior, explica que el convenio no hace que sea inaplicable todo el derecho internacional existente, solamente por haberse firmado entre la ONU y Guatemala, “por lo que me parece que es una interpretación limitada e incorrecta que desinforma a la población”, concluye Ralón.

“Reitero mi afirmación de que posiblemente en la ampliación y aclaración se incurrió en extralimitación y pongo en duda la misma”.