La Policía Nacional Civil (PNC) informó acerca de la detención del presunto estafador Edgar Rolando Lemus Navichoque. La captura se registró en la 15 avenida y 15 calle de la zona 1 capitalina, informó la institución.
Lemus, de 59 años, está sindicado del delito de casos especiales de estafa en forma continuada, de acuerdo con las autoridades.
Fue apresado por agentes de la Comisaria 11 que efectuaron el operativo en la zona central. La información preliminar de la Policía no indica mayores detalles del caso.
Estafador puesto a disposición de juez
Las fuerzas policiales trasladaron al detenido a la Torre de Tribunales para escuchar las razones por las cuales fue detenido. El operativo para detener al presunto estafador se registró la tarde del miércoles.
Según el Código Penal, la estafa ocurre cuando, “induciendo a error a otro, mediante ardid o engaño, lo defraudare en su patrimonio en perjuicio propio o ajeno”.
“El responsable de este delito será sancionado con prisión de seis meses a cuatro años y multa de doscientos a diez mil quetzales”, indica la ley.
Y el delito es continuado cuando ocurren circunstancias como:
- Con un mismo propósito o resolución criminal.
- Con violación de normas que protejan un mismo bien jurídico de la misma o de
distinta persona. - En el mismo o en diferente lugar
- En el mismo o distinto momento, con aprovechamiento la misma situación.
- De la misma o de distinta gravedad
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CSJ: “Ninguna persona puede intervenir en la administración de justicia”
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Lemus, de 59 años, está sindicado del delito de casos especiales de estafa en forma continuada, de acuerdo con las autoridades.
Fue apresado por agentes de la Comisaria 11 que efectuaron el operativo en la zona central. La información preliminar de la Policía no indica mayores detalles del caso.
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Las fuerzas policiales trasladaron al detenido a la Torre de Tribunales para escuchar las razones por las cuales fue detenido. El operativo para detener al presunto estafador se registró la tarde del miércoles.
Según el Código Penal, la estafa ocurre cuando, “induciendo a error a otro, mediante ardid o engaño, lo defraudare en su patrimonio en perjuicio propio o ajeno”.
“El responsable de este delito será sancionado con prisión de seis meses a cuatro años y multa de doscientos a diez mil quetzales”, indica la ley.
Y el delito es continuado cuando ocurren circunstancias como:
- Con un mismo propósito o resolución criminal.
- Con violación de normas que protejan un mismo bien jurídico de la misma o de
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