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Policía cumple orden de la CC y disuelve bloqueos que paralizan Guatemala

En uno de los bloqueos agentes fueron heridos cuando quitaban los obstáculos y retiraban a las personas.
Luis Gonzalez
13 de octubre, 2023

La Policía Nacional Civil (PNC) cumplió la disposición de la Corte de Constitucionalidad (CC), y disolvió bloqueos que afectaban varias carreteras importantes del país y la capital de Guatemala.

En perspectiva. El país quedó paralizado a partir del lunes de esta semana cuando se generalizó el cierre de vías de comunicación para presionar por la renuncia de la jefa del Ministerio Público (MP) y otros fiscales.

  • La organización 48 Cantones inició los bloqueos que, con el beneplácito de las autoridades electas del partido Movimiento Semilla, y la tolerancia del Gobierno, afectaron a miles de guatemaltecos.
  • Tras cinco días de cierres que causan graves daños a la economía, trabajo, educación y salud de la población, las autoridades procedieron a remover los obstáculos que impedían el libre tránsito.
  • El artículo 26 de la Constitución Política de la República garantiza la "libertad de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio nacional...", por tanto, violar este derecho es un delito.

Qué destacar. La CC ordenó a las fuerzas de seguridad garantizar las manifestaciones pacíficas, pero también mandó vigilar porque se respete el derecho de locomoción. En caso necesario, advierte que se puede usar la fuerza para disolver los bloqueos. Este es parte de su fallo:

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  • "Dicten y ejecuten las medidas necesarias para garantizar el libre ejercicio de los derechos de reunión pacífica y de manifestación, así como la libertad de pensamiento".
  • "Asuman acciones en las que, a la vez que se garanticen los derechos antes relacionados, también se observen los derechos de todas las personas en el territorio nacional, a la vida, salud, seguridad, paz, libertad de locomoción de personas y vehículos, libertad de industria, comercio, trabajo y propiedad".
  • "En caso de manifestación en calles y carreteras, coordinen e implementen acciones tendientes a garantizar que los guatemaltecos realicen sus actividades diarias sin que resulten afectados  por el ejercicio del derecho de manifestación, debiendo en caso de ser necesario, habilitar carriles específicos en las carreteras que puedan resultar afectadas, ello para que las personas lleven a cabo las manifestaciones sin interrumpir el ejercicio de los derechos de los demás ciudadanos en cuanto a su libertad de locomoción y movilidad, el acceso a servicios de transporte comercial y de las personas, principalmente deben velar por el libre tránsito de cuerpos de socorro y de las fuerzas de seguridad..."

 

Policía cumple orden de la CC y disuelve bloqueos que paralizan Guatemala

En uno de los bloqueos agentes fueron heridos cuando quitaban los obstáculos y retiraban a las personas.
Luis Gonzalez
13 de octubre, 2023

La Policía Nacional Civil (PNC) cumplió la disposición de la Corte de Constitucionalidad (CC), y disolvió bloqueos que afectaban varias carreteras importantes del país y la capital de Guatemala.

En perspectiva. El país quedó paralizado a partir del lunes de esta semana cuando se generalizó el cierre de vías de comunicación para presionar por la renuncia de la jefa del Ministerio Público (MP) y otros fiscales.

  • La organización 48 Cantones inició los bloqueos que, con el beneplácito de las autoridades electas del partido Movimiento Semilla, y la tolerancia del Gobierno, afectaron a miles de guatemaltecos.
  • Tras cinco días de cierres que causan graves daños a la economía, trabajo, educación y salud de la población, las autoridades procedieron a remover los obstáculos que impedían el libre tránsito.
  • El artículo 26 de la Constitución Política de la República garantiza la "libertad de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio nacional...", por tanto, violar este derecho es un delito.

Qué destacar. La CC ordenó a las fuerzas de seguridad garantizar las manifestaciones pacíficas, pero también mandó vigilar porque se respete el derecho de locomoción. En caso necesario, advierte que se puede usar la fuerza para disolver los bloqueos. Este es parte de su fallo:

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  • "Asuman acciones en las que, a la vez que se garanticen los derechos antes relacionados, también se observen los derechos de todas las personas en el territorio nacional, a la vida, salud, seguridad, paz, libertad de locomoción de personas y vehículos, libertad de industria, comercio, trabajo y propiedad".
  • "En caso de manifestación en calles y carreteras, coordinen e implementen acciones tendientes a garantizar que los guatemaltecos realicen sus actividades diarias sin que resulten afectados  por el ejercicio del derecho de manifestación, debiendo en caso de ser necesario, habilitar carriles específicos en las carreteras que puedan resultar afectadas, ello para que las personas lleven a cabo las manifestaciones sin interrumpir el ejercicio de los derechos de los demás ciudadanos en cuanto a su libertad de locomoción y movilidad, el acceso a servicios de transporte comercial y de las personas, principalmente deben velar por el libre tránsito de cuerpos de socorro y de las fuerzas de seguridad..."