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CC no suspende frase en ley que permitió la suspensión del partido Semilla

CC no suspendió provisionalmente la frase en la Ley Contra la Delincuencia Organizada.
Ana González
12 de octubre, 2023

Los magistrados de la Corte de Constitucionalidad no suspendieron la frase: "inscripción de personas jurídicas" de la Ley Contra la Delincuencia Organizada, normativa utilizada para buscar la suspensión del partido Movimiento Semilla. La acción fue presentada por nueve abogados constitucionalistas.

  • La resolución establece que "no se decreta la suspensión" y se gira audiencia por quince días al Congreso de la República y al Ministerio Público. Queda esperar entonces la resolución definitiva, que podría tardar varios meses.
  • La decisión tuvo el voto disidente del magistrado Rony Eulalio, quien considera que se tuvo que suspender la frase de forma provisional, pues "atenta al derecho de defensa que ostentan las personas jurídicas".

Panorama general. Nueve abogados presentaron el 3 de octubre una acción de inconstitucionalidad parcial contra la frase “las inscripciones de personas jurídicas” del artículo 82 de la Ley Contra la Delincuencia Organizada, aprobada por el Congreso de la República en 2006. 

  • Los juristas consideran que la frase permite que cualquier juez penal anule la existencia de cualquier persona jurídica (sociedad, asociación, entidad, empresa, agrupación política) sin ser oída y vencida en juicio.  

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  • Los riesgos salieron a luz tras la medida cautelar otorgada por el juez Fredy Orellana, en contra del partido Movimiento Semilla. 

Qué resaltar. La acción no solo busca beneficiar al partido del presidente electo, Bernardo Arévalo, que tras el intento de suspensión ha provocado una grave crisis en el país. También se busca eliminar del orden jurídico un instrumento que podría ser mal utilizado, pues su aplicación puede perjudicar a cualquier persona jurídica, como iglesias, bancos, empresas y entidades públicas sin que concurran los elementos para considerarla parte de una estructura criminal. 

Fisgón histórico. El Congreso de la República aprobó el decreto 21-2006 Ley Contra la Delincuencia Organizada que establece en el artículo 82 la suspensión provisional de las inscripciones de las personas jurídicas.  

  • El decreto detalla que “se podrán suspender provisionalmente con autorización judicial (...) las inscripciones de personas jurídicas, sus patentes, permisos (...) que hayan sido extendidas legalmente, cuando hubieren sido utilizadas para cometer un hecho ilícito”. 

  • La aplicación de ese artículo se registró el 12 de julio de este año cuando el juez Fredy Orellana resolvió, por petición del MP, la suspensión del partido Movimiento Semilla.  Aunque el Registro de Ciudadanos acató la disposición y suspendió a la agrupación, los magistrados del TSE la revirtieron al dar con lugar un recurso de nulidad presentado por el partido, acción que lo mantiene vigente. 

 

 

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    CC no suspendió provisionalmente la frase en la Ley Contra la Delincuencia Organizada.
    Ana González
    12 de octubre, 2023

    Los magistrados de la Corte de Constitucionalidad no suspendieron la frase: "inscripción de personas jurídicas" de la Ley Contra la Delincuencia Organizada, normativa utilizada para buscar la suspensión del partido Movimiento Semilla. La acción fue presentada por nueve abogados constitucionalistas.

    • La resolución establece que "no se decreta la suspensión" y se gira audiencia por quince días al Congreso de la República y al Ministerio Público. Queda esperar entonces la resolución definitiva, que podría tardar varios meses.
    • La decisión tuvo el voto disidente del magistrado Rony Eulalio, quien considera que se tuvo que suspender la frase de forma provisional, pues "atenta al derecho de defensa que ostentan las personas jurídicas".

    Panorama general. Nueve abogados presentaron el 3 de octubre una acción de inconstitucionalidad parcial contra la frase “las inscripciones de personas jurídicas” del artículo 82 de la Ley Contra la Delincuencia Organizada, aprobada por el Congreso de la República en 2006. 

    • Los juristas consideran que la frase permite que cualquier juez penal anule la existencia de cualquier persona jurídica (sociedad, asociación, entidad, empresa, agrupación política) sin ser oída y vencida en juicio.  

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    • Los riesgos salieron a luz tras la medida cautelar otorgada por el juez Fredy Orellana, en contra del partido Movimiento Semilla. 

    Qué resaltar. La acción no solo busca beneficiar al partido del presidente electo, Bernardo Arévalo, que tras el intento de suspensión ha provocado una grave crisis en el país. También se busca eliminar del orden jurídico un instrumento que podría ser mal utilizado, pues su aplicación puede perjudicar a cualquier persona jurídica, como iglesias, bancos, empresas y entidades públicas sin que concurran los elementos para considerarla parte de una estructura criminal. 

    Fisgón histórico. El Congreso de la República aprobó el decreto 21-2006 Ley Contra la Delincuencia Organizada que establece en el artículo 82 la suspensión provisional de las inscripciones de las personas jurídicas.  

    • El decreto detalla que “se podrán suspender provisionalmente con autorización judicial (...) las inscripciones de personas jurídicas, sus patentes, permisos (...) que hayan sido extendidas legalmente, cuando hubieren sido utilizadas para cometer un hecho ilícito”. 

    • La aplicación de ese artículo se registró el 12 de julio de este año cuando el juez Fredy Orellana resolvió, por petición del MP, la suspensión del partido Movimiento Semilla.  Aunque el Registro de Ciudadanos acató la disposición y suspendió a la agrupación, los magistrados del TSE la revirtieron al dar con lugar un recurso de nulidad presentado por el partido, acción que lo mantiene vigente.