Política
Política
Empresa
Empresa
Investigación y Análisis
Investigación y Análisis
Internacional
Internacional
Opinión
Opinión
Inmobiliaria
Inmobiliaria
Agenda Empresarial
Agenda Empresarial

Requisitos que debe cumplir un colegio para dar clases presenciales en Guatemala

Los nuevos requisitos para las clases presenciales en Guatemala aplican para centros educativos públicos y privados, en todos los niveles. 

Viviana Mutz
15 de febrero, 2022

Las nuevas normas sanitarias para prevenir los contagios del covid-19 en centros educativos en Guatemala que emitió el Ministerio de Salud, establece los requisitos que se deben cumplir para las clases presenciales, pero ya hay dudas para su implementación. 

Los cambios le permiten a los establecimientos públicos y privados funcionar en modalidad híbrida (a distancia y presencial) en municipios en alerta roja, según el acuerdo modificado este jueves.

Deberías leer: Estudiantes podrán recibir clases presenciales aunque exista alerta roja en Guatemala

SUSCRIBITE A NUESTRO NEWSLETTER DE POLÍTICA

Lo anterior, siempre y cuando sea “bajo su estricta responsabilidad y con autorización expresa de los padres de familia”, se lee en la normativa.

Autorización del Mineduc

Según el Acuerdo, nuevamente los centros educativos deben tener una autorización excepcional extendida por el Ministerio de Educación. Para ello deben cumplir con los siguientes requisitos: 

-Revisión de la instalación física del establecimiento

-Infraestructura y servicios básicos

-Vacunación en docentes

-Cumplimiento de protocolos 

-Consentimiento voluntario por escrito de los padres de familia

Medidas en alerta roja

Las medidas que deben cumplir todos los centros educativos, una vez tengan el permiso respectivo, son las siguientes:

Docencia en grupos 

  • Modalidad híbrida o dual (aprendizaje desde casa y presencial)
  • Aforos en aulas limitadas a 6 metros por persona 
  • Garantizando las divisiones en burbujas de cinco estudiantes

Recreos, educación física y actividades culturales 

  • Recreo y educación física al aire libre con aforo de 6 metros por persona y manteniendo la burbuja del aula (grupo máximo de cinco estudiantes).
  • Actividades cívico culturales limitadas a cada grupo de clases  con aforo de 6 metros por persona y manteniendo la burbuja del aula.

Alimentación escolar 

  • Alimentación en el aula o en la zona exterior al aire libre manteniendo un aforo de 6 metros por persona y la burbuja en el aula.
  • Grupos máximos de cinco estudiantes guardando el distanciamiento físico de 1.5 metros entre cada uno.

Transporte escolar

  • Ocupación del 50% de su capacidad de ocupación de asientos y autorizados por la municipalidad y el Ministerio de Salud. 

¿Más obstáculos para dar clases?

Diana Brown, directora ejecutiva de la Asociación de Colegios Privados en Guatemala, dijo que la modificación del acuerdo contiene vacíos y algunos son un "obstáculo" para realizar las clases presenciales.

Según Brown, aunque 348 establecimientos ya tiene el permiso del Mineduc desde 2021, espera que no sean obligados a tramitarlo nuevamente, porque se requirieron de varios meses. "No lo aclara en el acuerdo pero damos por hecho que la autorización sigue siendo válida", añadió.

De tal cuenta, insta a las autoridades en agilizar el proceso y descentralizarlo. 

La experta también cuestionó el nuevo aforo que imponen y que considera contradictorio. "Piden que se respete una distancia de 6 metros por persona y a la vez que las burbujas no sean mayores de 5 personas, pero ello implica trabajar solo con seis personas en una misma aula y que las burbujas sean de tres personas".

Brown cuestionó la medida sobre todo porque en espacios de ocio, entretenimiento y de comercio, funcionan en alerta roja sin exigir más de 1.5 metros de distancia y sin constantes supervisiones, como ocurren con el sector educativo privado.

"El comentario generalizado es que igualmente no podemos abrir y es preocupante", concluyó. 

 

SUSCRIBITE A NUESTRO NEWSLETTER DE POLÍTICA

Requisitos que debe cumplir un colegio para dar clases presenciales en Guatemala

Los nuevos requisitos para las clases presenciales en Guatemala aplican para centros educativos públicos y privados, en todos los niveles. 

Viviana Mutz
15 de febrero, 2022

Las nuevas normas sanitarias para prevenir los contagios del covid-19 en centros educativos en Guatemala que emitió el Ministerio de Salud, establece los requisitos que se deben cumplir para las clases presenciales, pero ya hay dudas para su implementación. 

Los cambios le permiten a los establecimientos públicos y privados funcionar en modalidad híbrida (a distancia y presencial) en municipios en alerta roja, según el acuerdo modificado este jueves.

Deberías leer: Estudiantes podrán recibir clases presenciales aunque exista alerta roja en Guatemala

SUSCRIBITE A NUESTRO NEWSLETTER DE POLÍTICA

Lo anterior, siempre y cuando sea “bajo su estricta responsabilidad y con autorización expresa de los padres de familia”, se lee en la normativa.

Autorización del Mineduc

Según el Acuerdo, nuevamente los centros educativos deben tener una autorización excepcional extendida por el Ministerio de Educación. Para ello deben cumplir con los siguientes requisitos: 

-Revisión de la instalación física del establecimiento

-Infraestructura y servicios básicos

-Vacunación en docentes

-Cumplimiento de protocolos 

-Consentimiento voluntario por escrito de los padres de familia

Medidas en alerta roja

Las medidas que deben cumplir todos los centros educativos, una vez tengan el permiso respectivo, son las siguientes:

Docencia en grupos 

  • Modalidad híbrida o dual (aprendizaje desde casa y presencial)
  • Aforos en aulas limitadas a 6 metros por persona 
  • Garantizando las divisiones en burbujas de cinco estudiantes

Recreos, educación física y actividades culturales 

  • Recreo y educación física al aire libre con aforo de 6 metros por persona y manteniendo la burbuja del aula (grupo máximo de cinco estudiantes).
  • Actividades cívico culturales limitadas a cada grupo de clases  con aforo de 6 metros por persona y manteniendo la burbuja del aula.

Alimentación escolar 

  • Alimentación en el aula o en la zona exterior al aire libre manteniendo un aforo de 6 metros por persona y la burbuja en el aula.
  • Grupos máximos de cinco estudiantes guardando el distanciamiento físico de 1.5 metros entre cada uno.

Transporte escolar

  • Ocupación del 50% de su capacidad de ocupación de asientos y autorizados por la municipalidad y el Ministerio de Salud. 

¿Más obstáculos para dar clases?

Diana Brown, directora ejecutiva de la Asociación de Colegios Privados en Guatemala, dijo que la modificación del acuerdo contiene vacíos y algunos son un "obstáculo" para realizar las clases presenciales.

Según Brown, aunque 348 establecimientos ya tiene el permiso del Mineduc desde 2021, espera que no sean obligados a tramitarlo nuevamente, porque se requirieron de varios meses. "No lo aclara en el acuerdo pero damos por hecho que la autorización sigue siendo válida", añadió.

De tal cuenta, insta a las autoridades en agilizar el proceso y descentralizarlo. 

La experta también cuestionó el nuevo aforo que imponen y que considera contradictorio. "Piden que se respete una distancia de 6 metros por persona y a la vez que las burbujas no sean mayores de 5 personas, pero ello implica trabajar solo con seis personas en una misma aula y que las burbujas sean de tres personas".

Brown cuestionó la medida sobre todo porque en espacios de ocio, entretenimiento y de comercio, funcionan en alerta roja sin exigir más de 1.5 metros de distancia y sin constantes supervisiones, como ocurren con el sector educativo privado.

"El comentario generalizado es que igualmente no podemos abrir y es preocupante", concluyó.