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Estas son las razones de la CSJ para reinstalar a Blanca Stalling

El pleno de magistrados resolvió reinstalarla en el cargo como Vocal VII de la Corte Suprema de Justicia (CSJ). 

Magistrados en el pleno este miércoles 14 de septiembre de 2022. (Foto República: CSJ).
Glenda Sanchez
14 de septiembre, 2022

Después de varias horas de haberse concluido el pleno de magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) la dirección de Comunicación Social del Organismo Judicial (OJ) confirmó oficialmente la reinstalación de Blanca Stalling, quien se encontraba separada del cargo, por estar vinculada a un caso penal del cual se resolvió el sobreseimiento. 

El pleno de magistrados resolvió reinstalarla en el cargo como vocal VII de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y además integrando la Cámara Civil. 

“El pleno de magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) en sesión ordinaria del 14 de septiembre de 2022, resolvió reinstalar a la magistrada Blanca Stalling, quien se encontraba separada del cargo”, confirmó Rudy Esquivel, vocero de la CSJ. 

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De acuerdo al portavoz  la decisión de reinstalar a Stalling, fue luego de analizar la Ley del Organismo Judicial (artículo 70) y la Ley de la Carrera Judicial (numeral “e”, artículo 31). 

Leyes y argumentos 

El portavoz explicó  que el inciso “e” del artículo 31 de la Ley de la Carrera Judicial señala que la suspensión se produce en los casos siguientes: sin goce de salario cuando se haya dictado auto de procesamiento en contra del juez o magistrado, en los casos que se sobreseerá  o cuando se dicta sentencia absolutoria. 

Además indica que: “El mismo numeral establece que el magistrado o juez deberá ser reinstalado en un plazo no mayor de 30 días siguientes a que la resolución se encuentre firme, debiendo además hacer pago de los salarios dejados de percibir durante el plazo de la suspensión”. 

Esquivel señala que también los magistrados sustentaron su resolución en el artículo 71 de la Ley del Organismo Judicial el cual establece: Abandono de funciones, ningún magistrado o juez, propietario o suplente en funciones y ningún funcionario o empleado del OJ, dejará su cargo aunque se le haya admitido la renuncia o cumplido el tiempo de su servicio sino hasta que se presente su sucesor. 

La decisión se tomó con base en las leyes anteriormente citadas. Se decidió instalarla en el cargo como vocal VII de la CSJ integrando la Cámara Civil”, agregó Rudy Esquivel.

Estas son las razones de la CSJ para reinstalar a Blanca Stalling

El pleno de magistrados resolvió reinstalarla en el cargo como Vocal VII de la Corte Suprema de Justicia (CSJ). 

Magistrados en el pleno este miércoles 14 de septiembre de 2022. (Foto República: CSJ).
Glenda Sanchez
14 de septiembre, 2022

Después de varias horas de haberse concluido el pleno de magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) la dirección de Comunicación Social del Organismo Judicial (OJ) confirmó oficialmente la reinstalación de Blanca Stalling, quien se encontraba separada del cargo, por estar vinculada a un caso penal del cual se resolvió el sobreseimiento. 

El pleno de magistrados resolvió reinstalarla en el cargo como vocal VII de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y además integrando la Cámara Civil. 

“El pleno de magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) en sesión ordinaria del 14 de septiembre de 2022, resolvió reinstalar a la magistrada Blanca Stalling, quien se encontraba separada del cargo”, confirmó Rudy Esquivel, vocero de la CSJ. 

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De acuerdo al portavoz  la decisión de reinstalar a Stalling, fue luego de analizar la Ley del Organismo Judicial (artículo 70) y la Ley de la Carrera Judicial (numeral “e”, artículo 31). 

Leyes y argumentos 

El portavoz explicó  que el inciso “e” del artículo 31 de la Ley de la Carrera Judicial señala que la suspensión se produce en los casos siguientes: sin goce de salario cuando se haya dictado auto de procesamiento en contra del juez o magistrado, en los casos que se sobreseerá  o cuando se dicta sentencia absolutoria. 

Además indica que: “El mismo numeral establece que el magistrado o juez deberá ser reinstalado en un plazo no mayor de 30 días siguientes a que la resolución se encuentre firme, debiendo además hacer pago de los salarios dejados de percibir durante el plazo de la suspensión”. 

Esquivel señala que también los magistrados sustentaron su resolución en el artículo 71 de la Ley del Organismo Judicial el cual establece: Abandono de funciones, ningún magistrado o juez, propietario o suplente en funciones y ningún funcionario o empleado del OJ, dejará su cargo aunque se le haya admitido la renuncia o cumplido el tiempo de su servicio sino hasta que se presente su sucesor. 

La decisión se tomó con base en las leyes anteriormente citadas. Se decidió instalarla en el cargo como vocal VII de la CSJ integrando la Cámara Civil”, agregó Rudy Esquivel.