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Magistrados de la CC sin acuerdo para declarar la cesantía de Neftaly Aldana

Luis Gonzalez
03 de octubre, 2020

Los magistrados de la Corte de Constitucionalidad (CC), no lograron un acuerdo para declarar la cesantía del abogado Neftaly Aldana. Ello pese a que su familia solicitó su suspensión del cargo.

De manera oficial se informó que a partir del viernes por la noche, los magistrados iniciaron el análisis de la carta remitida por los parientes del magistrado que padece graves problemas de salud.

Luego de cuatro horas de discusión, los magistrados encabezados por Gloria Porras no lograron un punto en común y continuaron analizando el tema este sábado. Sin embargo, de nuevo se informa que los funcionarios tampoco alcanzaron un acuerdo.

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“Se inició Pleno hoy a las tres de la tarde y concluyó nuevamente sin acuerdos. Continuará el lunes a partir de las nueve de la mañana”, informó la Corte de Constitucionalidad.

¿Por qué no aceptan la petición de la familia Aldana?

Se desconocen los motivos por los que algunos magistrados se oponen a declarar la cesantía de Neftaly Aldana, no obstante la condición de salud expuesta por su esposa y dos de sus hijos.

La familia es clara al afirmar que el magistrado ya no puede continuar ejerciendo por el alto riesgo para su salud.

“En cumplimiento de esas recomendaciones (médicas), la familia estima conveniente patentizar nuestra preocupación a los honorables magistrados de la CC, respecto al riesgo que representaría para la vida de mi esposo incorporarse a sus labores en el presente y próximos meses…”, indica la esposa.

“…puesto que el ejercicio de la magistratura obviamente apareja estrés que pudiera ocasionarle una nueva crisis hipertensiva y sufrir un nuevo evento cerebrovascular que puede ser letal y causarle la muerte”.

“Si lo anterior es una realidad dura y difícil de asimilar, pero más doloroso sería que, por negligencia en el cumplimiento de las recomendaciones médicas, Neftaly se incorpore a sus labores, se exponga a situaciones de gran estrés, provocándole posiblemente las consecuencias advertidas por el médico y pierda a mi esposo; nuestros seis hijos a su padre; y nuestros seis nietos a su abuelo”, agrega la afligida esposa del magistrado.

“Consecuentemente, por razones humanitarias, los abajo firmantes, solicitamos que el pleno de magistrados de la CC considere las recomendaciones realizadas por el médico; la realidad que a pesar de la mejoría que presenta mi esposo, que eventualmente puede recuperarse y estar en disposición de incorporarse a sus labores”, enfatiza.

“Como familia es nuestro deseo continuar con el proceso de su recuperación en estricta observancia de las recomendaciones médicas; que se abstengan de prorrogar u otorgar nueva licencia sin goce de salario para mi esposo; y, con base a esa realidad y certificado médico adjunto, conozcan y resuelvan la suspensión de mi esposo, Neftaly Aldana, en el ejercicio de su función como magistrado titular de la Corte de Constitucionalidad”, concluye la esposa.

¿Por qué no debe continuar en el cargo?

El presidente del Centro para la Defensa de la Constitución (Cedecon), Stuardo Ralón, comenta las razones que establece la ley para declarar la cesantía de un magistrado.

“La Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad tienen normas para este tipo de situaciones lamentables. El artículo 161 establece como causales de cesantía cuando un magistrado incurre en una incompatibilidad sobrevenida. En este caso es cuando ya no tiene la capacidad de ejercer las funciones jurisdiccionales”, afirma Ralón.

Artículo 161. Causas de Cesantía. Los Magistrados de la Corte de Constitucionalidad cesan de ejercer su función por renuncia presentada ante la Corte y aceptada por ésta: por expirar el plazo de su designación, salvo el caso indicado en el artículo 157; por incompatibilidad sobrevenida; por motivación de auto de prisión, o por incapacidades propias de los funcionarios judiciales. Será la misma Corte de Constitucionalidad la que conozca y resuelva sobre cualquier causa que requiera la suspensión del magistrado en el ejercicio de su función.

Ralón agrega que debido a la petición de la familia, debe atenderse la solicitud con prontitud.

“Por razones humanitarias debe ser de inmediato para no exponer al magistrado ni a sus familiares a una incertidumbre jurídica o a una situación mediática que le genere estrés al magistrado. Ello porque se podría complicar la salud o incluso en una situación muy delicada, poner en riesgo su vida e integridad”, puntuliza.

Denuncian a magistrados Gloria Porras y Francisco De Mata Vela

Antes del inicio del Pleno de magistrados de la CC, la Fundación contra el Terrorismo presentó una solicitud de antejuicio contra Gloria Porras y Francisco De Mata Vela.

La entidad los señala de abuso de autoridad, incumplimiento de deberes y retardo malicioso. Ello por no atender la situación de salud del magistrado Neftaly Aldana.

Magistrados de la CC sin acuerdo para declarar la cesantía de Neftaly Aldana

Luis Gonzalez
03 de octubre, 2020

Los magistrados de la Corte de Constitucionalidad (CC), no lograron un acuerdo para declarar la cesantía del abogado Neftaly Aldana. Ello pese a que su familia solicitó su suspensión del cargo.

De manera oficial se informó que a partir del viernes por la noche, los magistrados iniciaron el análisis de la carta remitida por los parientes del magistrado que padece graves problemas de salud.

Luego de cuatro horas de discusión, los magistrados encabezados por Gloria Porras no lograron un punto en común y continuaron analizando el tema este sábado. Sin embargo, de nuevo se informa que los funcionarios tampoco alcanzaron un acuerdo.

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“Se inició Pleno hoy a las tres de la tarde y concluyó nuevamente sin acuerdos. Continuará el lunes a partir de las nueve de la mañana”, informó la Corte de Constitucionalidad.

¿Por qué no aceptan la petición de la familia Aldana?

Se desconocen los motivos por los que algunos magistrados se oponen a declarar la cesantía de Neftaly Aldana, no obstante la condición de salud expuesta por su esposa y dos de sus hijos.

La familia es clara al afirmar que el magistrado ya no puede continuar ejerciendo por el alto riesgo para su salud.

“En cumplimiento de esas recomendaciones (médicas), la familia estima conveniente patentizar nuestra preocupación a los honorables magistrados de la CC, respecto al riesgo que representaría para la vida de mi esposo incorporarse a sus labores en el presente y próximos meses…”, indica la esposa.

“…puesto que el ejercicio de la magistratura obviamente apareja estrés que pudiera ocasionarle una nueva crisis hipertensiva y sufrir un nuevo evento cerebrovascular que puede ser letal y causarle la muerte”.

“Si lo anterior es una realidad dura y difícil de asimilar, pero más doloroso sería que, por negligencia en el cumplimiento de las recomendaciones médicas, Neftaly se incorpore a sus labores, se exponga a situaciones de gran estrés, provocándole posiblemente las consecuencias advertidas por el médico y pierda a mi esposo; nuestros seis hijos a su padre; y nuestros seis nietos a su abuelo”, agrega la afligida esposa del magistrado.

“Consecuentemente, por razones humanitarias, los abajo firmantes, solicitamos que el pleno de magistrados de la CC considere las recomendaciones realizadas por el médico; la realidad que a pesar de la mejoría que presenta mi esposo, que eventualmente puede recuperarse y estar en disposición de incorporarse a sus labores”, enfatiza.

“Como familia es nuestro deseo continuar con el proceso de su recuperación en estricta observancia de las recomendaciones médicas; que se abstengan de prorrogar u otorgar nueva licencia sin goce de salario para mi esposo; y, con base a esa realidad y certificado médico adjunto, conozcan y resuelvan la suspensión de mi esposo, Neftaly Aldana, en el ejercicio de su función como magistrado titular de la Corte de Constitucionalidad”, concluye la esposa.

¿Por qué no debe continuar en el cargo?

El presidente del Centro para la Defensa de la Constitución (Cedecon), Stuardo Ralón, comenta las razones que establece la ley para declarar la cesantía de un magistrado.

“La Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad tienen normas para este tipo de situaciones lamentables. El artículo 161 establece como causales de cesantía cuando un magistrado incurre en una incompatibilidad sobrevenida. En este caso es cuando ya no tiene la capacidad de ejercer las funciones jurisdiccionales”, afirma Ralón.

Artículo 161. Causas de Cesantía. Los Magistrados de la Corte de Constitucionalidad cesan de ejercer su función por renuncia presentada ante la Corte y aceptada por ésta: por expirar el plazo de su designación, salvo el caso indicado en el artículo 157; por incompatibilidad sobrevenida; por motivación de auto de prisión, o por incapacidades propias de los funcionarios judiciales. Será la misma Corte de Constitucionalidad la que conozca y resuelva sobre cualquier causa que requiera la suspensión del magistrado en el ejercicio de su función.

Ralón agrega que debido a la petición de la familia, debe atenderse la solicitud con prontitud.

“Por razones humanitarias debe ser de inmediato para no exponer al magistrado ni a sus familiares a una incertidumbre jurídica o a una situación mediática que le genere estrés al magistrado. Ello porque se podría complicar la salud o incluso en una situación muy delicada, poner en riesgo su vida e integridad”, puntuliza.

Denuncian a magistrados Gloria Porras y Francisco De Mata Vela

Antes del inicio del Pleno de magistrados de la CC, la Fundación contra el Terrorismo presentó una solicitud de antejuicio contra Gloria Porras y Francisco De Mata Vela.

La entidad los señala de abuso de autoridad, incumplimiento de deberes y retardo malicioso. Ello por no atender la situación de salud del magistrado Neftaly Aldana.